Subvenciones dirigidas a empresas de base tecnológica en Asturias

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Ayudas para fomentar la puesta en marcha y desarrollo de EBT en el Principado de Asturias, con el fin de que los proyectos de investigación y desarrollo tecnológico puedan convertirse en una realidad empresarial que aporte valor añadido al tejido empresarial de la región. 

Fases de proyectos

Fase I. Creación y puesta en marcha de una EBT
Fase II. Desarrollo y crecimiento de la EBT

Actuaciones subvencionables para ETBs en asturias

Fase I Proyectos dirigidos a la creación y puesta de marcha de la EBT, así como a la realización de actividades de I+D+i para el desarrollo de sus productos o servicios.

Fase II Proyectos dirigidos a promover el desarrollo empresarial y crecimiento de la EBT, entendiéndose éste como la realización de actividades dirigidas a la promoción y despliegue comercial de la empresa y de sus productos o servicios, quedando excluida la realización de actividades de I+D+i.

Características de la ayuda

Estas subvenciones serán compatibles con otras ayudas concedidas para el mismo proyecto o actuación cuando dichas medidas de ayuda se refieran a costes subvencionables diferentes, o cuando las medidas de ayuda se correspondan total o parcialmente con los mismos costes subvencionables.

El Plazo de ejecución será en el período comprendido entre la presentación de la solicitud de ayuda en el IDEPA y la fecha de finalización del plazo que se establezca en la resolución de concesión.

El beneficiario podrá subcontratar con terceros la realización de las actuaciones subvencionables en un porcentaje máximo del importe de la actividad subvencionada de hasta el 100%

Ámbito: Asturias

Presupuesto: 1.700.000 €

Plazo de solicitud: Primer procedimiento: desde el día natural siguiente a la publicación del presente extracto en el BOPA, hasta las 14:00 horas del día 26 de abril de 2023, hora peninsular en España. — Segundo procedimiento: desde el cierre del plazo anterior hasta las 14:00 horas del día 15 de septiembre de 2023, hora peninsular en España.

Organismo: Consejería de Industria, Empleo y Promoción económica

Naturaleza de proyecto: I+D+i, Desarrollo empresarial.

Empresas de base tecnológica (EBT), considerando como tales aquellas cuya actividad se centra en la explotación de productos que requieran el uso de tecnologías o conocimientos desarrollados a partir de la actividad investigadora, basando su estrategia de negocio o actividad en el desarrollo de tecnología a través del dominio intensivo del conocimiento científico y técnico.

Ayudas en forma de subvención en concurrencia competitiva con las siguientes intensidades: 

Presupuestos totales de Líneas: 

  • Fase I: 1.400.000,00 €
  • Fase II: 300.000,00 € 

El crédito citado se distribuirá entre los dos procedimientos de selección de la siguiente forma:

  • 150.000,00 € presupuesto subvencionable para la FASE I

  • 60.000,00 € presupuesto subvencionable para la FASE II

Fase I la intensidad de la ayuda será del 70%, si bien el porcentaje de ayuda se podrá incrementar de forma acumulativa, hasta un máximo del 80%

 Fase II En estos proyectos la intensidad de la ayuda será del 50%.

Para los proyectos enmarcados en la Fase I de la EBT:

  • Personal técnico. Gastos de personal dedicados al desarrollo del plan de Creación y puesta en marcha de la EBT. No serán subvencionables las cotizaciones a la Seguridad Social.
  • Materiales. Adquisición de materias primas, suministros y productos similares, de naturaleza consumible que se utilicen para el proyecto
  • Colaboraciones externas. Contratación de universidades, organismos públicos de investigación, centros tecnológicos, o empresas de consultoría/ingeniería especializada, destinados de manera exclusiva al proyecto.
  • Adquisición de patentes. Adquisición de patentes por licencia de fuentes externas, en condiciones de plena competencia, destinadas de manera exclusiva al proyecto.
  • Protección de propiedad industrial. Gastos de registro de propiedad industrial de los resultados del proyecto.
  • Investigadores externos en comisión de servicio. Costes de personal altamente cualificado en comisión de servicio procedente de un organismo de investigación o de una gran empresa, que trabaje en actividades de I+D+i en una función recientemente creada por el beneficiario y que no sustituya a otro personal.
  • Otros gastos EBTs:
    Gastos de constitución de la empresa (impuestos y tasas excluidos).
    Activos Fijos. Costes de adquisición de equipamiento para el I+D+i necesario para la puesta en marcha del proyecto empresarial.
  • Costes indirectos: 15% de los costes directos de personal subvencionables del proyecto, bajo la opción de costes simplificado

Para los proyectos enmarcados en la Fase II de la EBT:

    • Personal técnico. Costes del personal de gestión, comercial y/o internacional dedicado al desarrollo del plan de Desarrollo y crecimiento de la EBT, en la medida en que estén dedicados al mismo. 
    • Protección de propiedad industrial. Gastos de registro de propiedad industrial de los resultados del proyecto.
    • Otros gastos EBTs:
      Actividades de difusión y/o comercialización.
      Colaboraciones externas para el diseño, marca, imagen.