Rehabilitación energética para edificios existentes en municipios de reto demográfico (Programa PREE 5000)

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Mejora de la eficiencia energética y uso de energías renovables en las instalaciones térmicas de calefacción, climatización, refrigeración, ventilación y agua caliente sanitaria.

Actuaciones subvencionables

  • Tipología de actuación 1: Mejora de la envolvente térmica.
  • Tipología de actuación 2: Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas, como:
  1. Sustitución energía convencional por energía solar térmica.
  2. Sustitución de energía convencional por energía geotérmica.
  3. Sustitución de energía convencional por biomasa en las instalaciones térmicas.
  4. Mejora de la eficiencia energética de los subsistemas de generación no incluidos anteriormente, como la bomba de calor.
  5. Mejora de la eficiencia energética de subsistemas de distribución, regulación, control y emisión de las instalaciones térmicas.
  • Tipología de actuación 3: Mejora de las instalaciones de iluminación.

Para poder acogerse al programa, las actuaciones para las que se solicite las ayudas deberán justificar la reducción del 30% del consumo de energía primaria no renovable y alcanzar un salto de una letra en las emisiones de dióxido de carbono con respecto a su situación de partida, mediante el certificado de eficiencia energética del edificio en su estado actual y el alcanzado tras la reforma.

Características de la ayuda

Estas ayudas serán compatibles con cualquier otra ayuda de otros programas o instrumentos de cualesquiera administraciones públicas u organismos o entes públicos, nacionales o internacionales.

No podrán iniciarse los proyectos antes del plazo de solicitud de las ayudas.

 

 

Ámbito: Nacional

Presupuesto: 92.654.407,38 €

Plazo de solicitud: hasta el 31/07/2024 El 28 de diciembre se publicó el Real Decreto 1178/2023 que amplía en plazo de vigencia de este programa hasta 31 de julio de 2024. Las Comunidades Autónomas encargadas de la gestión de los programas tendrán la potestad de publicar las modificaciones de las convocatorias correspondientes para ampliar el plazo de solicitud.

Organismo: Ministerio para Transición ecológica y reto demográfico

Naturaleza de proyecto: Eficiencia energetica

 

  • Las Personas físicas o jurídicas de naturaleza privada o pública que sean propietarias de edificios existentes destinados a cualquier uso.
  • Comunidades de propietarios o las agrupaciones de comunidades de propietarios de edificios residenciales de uso vivienda.
  • Propietarios que, de forma agrupada, reúnan los requisitos establecidos en el artículo 396 del Código Civil y no hubiesen otorgado el título constitutivo de Propiedad Horizontal.
  • Empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de edificios, que acrediten dicha condición.
  • Las empresas de servicios energéticos (ESEs), o proveedores de servicios energéticos.
  • Entidades Locales y el sector público institucional de las administraciones públicas.
  • Las Comunidades de energías renovables y las comunidades ciudadanas de energía.
  • Los ayuntamientos, las diputaciones provinciales o las entidades locales equivalentes y las mancomunidades o agrupaciones de municipios españoles, cabildos y consejos insulares, las administraciones de las comunidades autónomas o de las ciudades de Ceuta y Melilla, y cualesquiera organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes de las referidas administraciones públicas, que podrán actuar en representación de comunidades de propietarios u otros propietarios de edificios.

 

Ayudas en foma de subvención con las siguientes intensidades de ayuda:  

Intensidad Ayuda Bases Opción A

Tipologías de actuación
(% s/coste elegible)

Ayuda
Base

En función del uso del edificio y de acuerdo con
lo establecido en anexo IV, para el tipo de
actuación.
La suma de la ayuda base y la ayuda adicional
no deberá superar, según los casos, el límite
que marque el Reglamento (UE) 651/2014.

Tipo 1. Mejora de la eficiencia
energética de la envolvente térmica

50 %

Tipo 2. Mejora de la eficiencia
energética de las instalaciones
térmicas.

40 %

Tipo 3. Mejora de la eficiencia
energética de las instalaciones de
iluminación.

20 %

Con carácter general se subvencionarán las siguientes actuaciones:

  • Mejora de la envolvente térmica.
  • Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas, como:
    1. Sustitución energía convencional por energía solar térmica.
    2. Sustitución de energía convencional por energía geotérmica.
    3. Sustitución de energía convencional por biomasa en las instalaciones térmicas.
    4. Mejora de la eficiencia energética de los subsistemas de generación no incluidos anteriormente, como la bomba de calor.
    5. Mejora de la eficiencia energética de subsistemas de distribución, regulación, control y emisión de las instalaciones térmicas.
  • Mejora de las instalaciones de iluminación.