Proyectos de I+D+i relacionados con las funciones del CSN

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Subvenciones destinadas a la realización de proyectos de I+D+i en las materias que, referentes a los programas contemplados en el Plan de I+D+i del CSN vigente, se detallen en cada una de las correspondientes convocatorias que se pongan en marcha con posterioridad.

Las subvenciones previstas en esta resolución financiarán, total o parcialmente, las actuaciones de I+D+i. 

Cuando el objetivo de la actuación lo requiera, esta podrá ser desarrollada, de conformidad con la convocatoria:
a) De forma individual, por un único beneficiario,
b) por varios beneficiarios, en alguna de las siguientes formas:
1.º Coordinada, cuando los distintos beneficiarios involucrados en la actuación se relacionen de manera directa e individual con la Administración, tanto en el procedimiento de concesión como posteriormente a la resolución del mismo.
2.º En cooperación.

Características de los proyectos:

Los proyectos que se presenten tendrán un período de ejecución máximo de tres años, contados a partir del día siguiente al de la fecha de notificación a cada interesado de la resolución de la Presidencia del Consejo de Seguridad Nuclear por la que se resuelva la convocatoria.
No obstante lo anterior, la duración de un proyecto podrá prorrogarse hasta un máximo de doce meses, previa solicitud motivada por el responsable del proyecto, que deberá ser aceptada por la Presidencia del Consejo de Seguridad Nuclear o por el órgano en quien delegue, antes de cumplir el plazo de ejecución inicialmente fijado.

Las subvenciones que se convoquen podrán precisar de la constitución de garantías.

Estas subvenciones serán compatibles con la percepción de otras ayudas o subvenciones, cualquiera que sea su naturaleza y la entidad que las conceda, y siempre que conjuntamente no superen el coste total del de la actividad financiada y se refieran a costes financiables diferentes.

Estas ayudas están sujetas al régimen de mínimis.

El procedimiento de concesión de las subvenciones será el de concurrencia competitiva.

Ámbito: Nacional

Presupuesto: 1.500.000 €

Plazo de solicitud: Treinta días naturales a partir del 10 de junio de 2023

Organismo: Consejo de seguridad nuclear

Naturaleza de proyecto: I+D+i

  1. Universidades públicas y privadas y sus institutos universitarios que estén inscritas en el Registro de Universidades, Centros y Títulos.
  2. Fundaciones universitarias de las universidades referidas en el apartado a).
  3. Entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas sin ánimo de lucro y vinculadas o concertadas con el Sistema Nacional de Salud.
  4. Organismos o entidades del sector público de las Comunidades Autónomas.
  5. Organismos o entidades que integran el sector público institucional estatal.
  6. Entidades de derecho privado vinculadas o dependientes de las Administraciones públicas.
  7. Empresas, entendiendo como tales a toda sociedad mercantil, independientemente de su forma jurídica, que de forma habitual ejerza una actividad económica dirigida al mercado.

Según recojan las convocatorias, podrán tener la condición de beneficiario las agrupaciones de personas jurídicas, tanto públicas como privadas, que puedan llevar a cabo proyectos en cooperación. En estos proyectos deberán participar más de uno de los beneficiarios indicados arriba.

Las subvenciones previstas en esta resolución financiarán, total o parcialmente, las actuaciones de I+D+i.

Las subvenciones previstas en las convocatorias podrán tener carácter de un único pago por el total subvencionado y por anticipado, o de pago plurianual y, en este caso, con pago anticipado de cada anualidad, y podrán financiar total o parcialmente el presupuesto solicitado en las propuestas presentadas y seleccionadas.

Las convocatorias podrán establecer un límite o porcentaje máximo de ayuda para cada tipo de actuación y/o beneficiario. Las subvenciones en el ámbito de esta resolución podrán financiar hasta el 100 % de los gastos de la actuación financiada para la realización de actividades no económicas por parte de las entidades. 

Las subvenciones se destinarán a cubrir los costes relacionados con el desarrollo y ejecución de las actividades para las que hayan sido concedidas.

El presupuesto de los proyectos se presentará únicamente en la modalidad de costes marginales, independientemente de la naturaleza jurídica de la entidad beneficiaria.