Proyectos de Digitalización de Pyme DIGITALIZA-CV

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Concesión de subvenciones para el desarrollo de proyectos consistentes en la implantación y puesta en marcha de soluciones innovadoras encaminadas a la digitalización de la actividad de la empresa solicitante, encuadradas en alguna de las siguientes actuaciones:

Actuaciones subvencionables

  • Proyectos de Digitalización de Pyme concretados en la Memoria presentada por las empresas solicitantes.
  • Proyectos de implantación y puesta en marcha de soluciones innovadoras encaminadas a la digitalización de la actividad de la empresa solicitante.
    a) Sistemas de información para la gestión del ciclo de vida de productos y servicios
    b) Adaptación a la industria 4.0, implantación de gemelos digitales, control de procesos productivos, sistemas de captura de datos, mantenimiento preventivo, automatización, y sonorización asociados a producto, servicio y proceso.
    c) Sistemas de planificación de recursos empresariales, comercio electrónico, logística interna y externa, e integración de cadena de valor horizontal y vertical, así como sistemas de información relacionados con proyectos de economía circular.
    d) Sistemas avanzados de seguridad, análisis de datos e inteligencia artificial, relacionados con algún ámbito de los detallados en las anteriores actuaciones.

Actuaciones subvencionables

  • Ayudas sujetas al régimen de Minimis.
  • El presupuesto subvencionable de cada proyecto, calculado como suma de los importes susceptibles de subvención, deberá ser igual o superior a los 15.000 euros.
  • Las inversiones subvencionadas deberán mantenerse inalterables durante los cinco años siguientes al pago de la subvención.

Ámbito: Comunidad de Valencia

Presupuesto: 8.000.000 €

Plazo de solicitud: Desde el 19/01/2023 al 02/03/2023

Organismo: Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial

Naturaleza de proyecto: Digitalización

Pymes con sede social o establecimiento de producción ubicado en la Comunitat Valenciana en el momento de la presentación de la justificación, que desarrollaren actividades encuadradas en alguno de los siguientes epígrafes de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009), aprobada por Real Decreto 475/2007, de 13 de abril (BOE núm. 102, de 28 de abril de 2007):

  • Secciones C, D, E y F-Divisiones 10 a 43
  • Sección H-Divisiones 49 a 53
  • Sección J-Divisiones 58 a 63
  • Sección M-Divisiones 69 a 74

Cuando la actividad principal de la empresa solicitante no esté incluida en la relación anterior, deberá aportar información que permita acreditar el desarrollo de alguna otra actividad incluida en los epígrafes anteriores, así como detalle suficiente sobre su cuantificación y alcance; en caso contrario, no podrá ser beneficiaria de la ayuda.

Ayudas en forma de subvención en concurrencia competitiva con las siguinetes intensidades de ayuda:

La ayuda consistirá en una subvención calculada como un porcentaje sobre los costes subvencionables del proyecto, con una cuantía variable en función del tamaño de empresa:

  • Pequeña empresa: hasta el 40 %
  • Mediana empresa: hasta el 30 %

La cuantía de subvención no podrá superar el importe de 100.000 euros

Adquisición de activos inmateriales.

  • Software relacionado con el desarrollo de los proyectos, incluyendo, si procede, los costes de implantación y puesta en funcionamiento
  • Licencias de software, excluyendo el software de propósito general, como por ejemplo sistemas operativos, aplicaciones de gestión
  • monitorización de redes / sistemas, paquetes de ofimática, correo electrónico, edición y tratamiento de imágenes, salvo en los casos en que este tipo de software forme parte inseparable de otros activos que sean objeto de subvención dentro del proyecto.
  • Desarrollo de aplicaciones a medida.
  • Costes por uso de soluciones y aplicaciones (modalidades XaaS), durante el tiempo de ejecución del proyecto, con las mismas exclusiones que las detalladas para las licencias de software.

Adquisición de activos materiales

  • Inversiones en hardware, sensores, automatismos y equipos de comunicaciones.
  • Adquisición o adaptación de bienes de equipo
  • Los activos deberán quedar instalados en el establecimiento productivo de la empresa beneficiaria en la Comunitat Valenciana.

Servicios externos

  • Costes de servicios de asistencia técnica, consultoría y equivalentes, para el diagnóstico, planificación o definición de los servicios previstos en las actuaciones apoyables.
  • El importe máximo admisible será el que resulte menor de los siguientes: un 15 % del resto de costes subvencionables o 14.500 euros.