Promoción de la Innovación Empresarial. Cheque Innovación Europa

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Objetivo: Promoción de la innovación empresarial -Programa Cheque de Innovación.

Actuaciones subvencionables:

CHEQUE (FINANCIACIÓN DE LA I+D+i):

Serán subvencionables los siguientes CHEQUES cuyo objeto y condiciones particulares se describen en el Anexo I de la convocatoria.

a.1.1. Proyectos de la Unión Europea y otros marcos de colaboración tecnológica internacional.

a.1.2 Gestión y coordinación de proyectos de I+D+i financiados por la Unión Europea.

a.1.3 Realización de acciones de prospección referentes a la participación de la empresa en proyectos de I+D+i.

Características de la ayuda:

  • Ejecución: individual.
  • Presupuesto mínimo financiable: 300 €.
  • Serán subvencionables los costes correspondientes realizados a partir del día 1 de julio de 2023, incluido.
  • Un expediente cheque por cada beneficiario y proyecto de I+D+i.
  • Cada expediente estará vinculado a una sola propuesta, y en el caso de propuestas en dos fases, a una fase.
  • Régimen de concesión directa.
  • Incompatibles con las procedentes de cualquier ayuda del sector público destinadas a los mismos costes subvencionables.
  • El plazo máximo para la realización y justificación de los gastos y/o la inversión será de dos años, a contar desde la notificación de la resolución de concesión.

Ámbito: La Rioja

Presupuesto: 300.000 €

Plazo de solicitud: 29/10/2024 al 13/12/2024

Organismo: Agencia de Desarrollo Económico de la Rioja - ADER

Naturaleza de proyecto: Desarrollo Empresarial - I+D+i

Las empresas personas físicas o jurídicas válidamente constituidas que cuenten con establecimiento operativo en la Comunidad Autónoma de La Rioja, ejerzan la actividad económica para la que se solicita la ayuda en La Rioja, realicen las actuaciones subvencionadas, y no se encuentren expresamente excluidas en este artículo.

Organizaciones públicas o privadas, con centro de trabajo en La Rioja que presten servicios a las empresas, así como agrupaciones empresariales.

Quedan excluidas de la presente convocatoria:

– C.N.A.E. 47. (Comercio al por menor). – C.N.A.E. 95. (Reparación de ordenadores, efectos personales y artículos de uso doméstico).

No se aplicarán estas exclusiones en el supuesto de que la empresa beneficiaria desempeñe estas actividades de forma residual o no principal.

Los proyectos o los resultados de las acciones a subvencionar tendrán como objetivo implantarse y/o explotarse por la empresa solicitante, y esta implantación y/o explotación, deberá ubicarse en centros de trabajo en el territorio de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Subvenciones del 100% del gasto financiable.

Los límites de gasto subvencionable por actuación que se detallan en el apartado 2.c1) de la convocatoria.

Subcontratación: Hasta el 100% del importe de la actividad subvencionada.

Ayudas sujetas al regimen de minimis.

Consultoría y asistencia experta externa u otras acciones para la identificación, definición, presentación y gestión de proyectos de I+D+i.