Nuevos modelos de negocio en la transición energética

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Ayudas para impulsar proyectos de nuevos modelos de negocio que ofrezcan soluciones a los retos planteados por la transición energética, relacionados con la innovación.

Proyectos subvencionables

  • Innovación en la transición energética. Se podrán financiar actuaciones relacionadas con productos, procesos o servicios nuevos o mejorados, que promuevan soluciones innovadoras que sirvan como palanca para la consecución de la transición energética. Las actuaciones a financiar deberán tener una inversión mínima por proyecto de quinientos mil euros (500.000 euros).
  • Descarbonización del sector energético y mejora de la integración de energías renovables.  Las actuaciones a financiar deberán tener una inversión mínima por proyecto de quinientos mil euros (500.000 euros). 
  • Startups para la transición energética. 

Características de la ayuda 

Estas ayudas serán compatibles con otras ayudas concedidas, para la misma actuación, por cualesquiera Administraciones públicas u organismos o entes públicos, nacionales o internacionales.

Los beneficiarios garantizarán en todo momento durante el desarrollo del proyecto el respeto al principio de DNSH.

La garantía deberá estar constituida al momento de la solicitud del anticipo.

El plazo de ejecución del proyecto será de tres meses desde la inscripción del proyecto.

Ámbito: Nacional

Presupuesto: 156.000.000 €

Plazo de solicitud: Desde las 9:00 del 12 de junio de 2023 y finalizará a las 14:00 horas CEST del 1 de agosto de 2023

Organismo: Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

Naturaleza de proyecto: Eficiencia Energética, Renovables, Movilidad y Medio Ambiente - I+D+i

  • Empresas
  • Administraciones Públicas
  • Organismos públicos de investigación.
  • Universidades públicas, sus institutos universitarios, y las universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D+i.
  • Otros centros públicos de I+D.
  • Entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro que realicen y/o gestionen actividades de I+D.
  • Centros tecnológicos de ámbito estatal y centros de apoyo a la innovación tecnológica.
  • Otros centros privados de I+D+i que tengan definida en sus estatutos la I+D+i como actividad principal.
  • Otras organizaciones que presten apoyo a la transferencia tecnológica o desarrollo normativo que integre los nuevos modelos de negocio, o realicen difusión y divulgación tecnológica, científica o regulatoria.
  • Comunidades energéticas.

Ayudas en forma de subvención subvención a fondo perdido en concurrencia competitiva con las siguientes intensidades de ayuda: 

Línea de ayudas Intensidades de ayuda
Pequeña empresaMediana empresaGran empresa
Innovación en la transición energética.45%35%25%
Colaboración efectiva o la amplia difusión de los resultados. 60%50%40%
Descarbonización del sector energético y mejora de la integración de energías renovables. 60%50%40%

Cuantías máximas 

  • Hasta 0,8 millones de euros, para las empresas establecidas en zonas no asistidas.
  • Hasta 1,2 millones de euros en el caso de empresas establecidas en zonas asistidas.
  • Hasta 1,6 millones de euros en el caso de empresas establecidas en zonas asistidas que cumplan las condiciones del artículo 107

ensiempre que no superen el 100% y vayan destinados a cubrir los gastos de los proyectos subvencionables. 

    • Costes de personal en la medida que estén dedicados a la actuación.
    • Costes de materiales, instrumentos y equipos: incluidos software y aplicaciones informáticas, en la medida y durante el período en que se utilicen para el proyecto.
    • Costes de investigación contractual, conocimientos y patentes adquiridos u obtenidos por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia.
    • Otros costes como materiales, suministros y similares, directamente derivados del proyecto.
    • Gastos generales y otros gastos de explotación adicionales.

    El período de ejecución de las actuaciones se determinará en la resolución de concesión definitiva y, en todo caso, estará comprendido entre la fecha de registro de la solicitud de la ayuda por parte de la entidad beneficiaria y el 30 de junio de 2026, y será determinado en función de la planificación temporal del proyecto presentado.