Novedades en los
impuestos por transmisiones

cambios en la forma de tributar el impuesto por transmisiones

Hasta la reforma de octubre de 2021, este tributo se calculaba multiplicando el valor catastral del suelo en la fecha de la transmisión por el número de años de permanencia del mismo en el patrimonio del transmitente y por tipo de gravamen fijado por el Ayuntamiento, con un máximo del 30%.

Actualmente, los contribuyentes tienen la opción de tributar por la plusvalía real, justificada por sus propios medios, con nuevos supuestos  en los que los Ayuntamientos tienen nuevas competencias para que realicen las correspondientes comprobaciones. Es decir, no estarán sujetas a tributación las operaciones donde no haya aumento de valor.

Los Ayuntamientos han ido adaptando sus ordenanzas fiscales a la nueva regulación y tendremos que ver cómo resolverán una serie de incertidumbres sobre cómo afectará la publicación del nuevo valor de referencia y cómo desarrollarán los ayuntamientos sus comprobaciones con los escasos medios de los que disponen. También habrá que tener en cuenta cómo se va a ir desenvolviendo el tema de la eficacia temporal de la declaración de inconstitucionalidad en las llamadas «situaciones consolidadas».

Desde Euro-Funding analizamos la tributación asociada a los inmuebles y las actividades económicas que se realizan en ellos para determinar las posibilidades de reducción de diferentes impuestos.

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