Financiación del cálculo de la huella de carbono

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Objetivo: Financiar parcialmente el proceso de cálculo de la huella de carbono y de elaboración de planes de reducción de emisiones de GEI y de proyectos de absorción de CO2 para su posterior inscripción en el registro de huella de carbono del Principado de Asturias.

Actividades subvencionables:

Sección A:

A) Cálculo de la huella de carbono y elaboración de un plan de reducción en los términos del artículo 6 del Decreto de huella de carbono para su inscripción en el Registro de huella de carbono para la reducción, absorción y compensación de emisiones de gases de efecto invernadero del Principado de Asturias. El cálculo de la huella de carbono se referirá, como máximo, a uno de los dos años naturales inmediatamente anteriores a la fecha de publicación de la resolución de convocatoria.

B) Verificación de la información de la huella de carbono objeto de inscripción, en los términos del artículo 7.2 del Decreto de huella de carbono.

Sección B:

Elaboración de un proyecto de absorción de CO2, concretamente aquellos proyectos destinados a repoblaciones forestales con cambio de uso de suelo y actuaciones en zonas forestales incendiadas para el restablecimiento de la masa forestal existente.

Los proyectos de absorción deben cumplir con los siguientes requisitos:

  • Estar ubicados en territorio del Principado de Asturias.
  • Unidad mínima de actuación 1 ha.
  • Permanencia del proyecto mínimo 30 años.
  • Antigüedad puesta en marcha posterior a la campaña de plantación 2012-2013.
  • Plan de gestión en el que se indiquen las actuaciones previstas.
  • En el caso de repoblaciones forestales con cambio de uso de suelo: que no haya sido bosque en los 10 años anteriores a la plantación.
  • En el caso de proyectos de absorción para preinscripción, se acompañarán de un compromiso de ejecución en el que se acredite que la actuación se llevará a cabo en el plazo máximo desde la fecha de preinscripción en el registro.

Características de la ayuda:

  • Concurrencia competitiva.
  • Plazo de justificación: A más tardar el 31 de octubre 2024.
  • Compatibles con la obtención concurrente de subvenciones o ayudas otorgadas por otras Administraciones Públicas.

Ámbito: Asturias

Presupuesto: 100.000€

Plazo de solicitud: del 04/04/2024 al 02/05/2024

Organismo: Consejería de Transición Ecológica, Industria y Desarrollo Económico

Naturaleza de proyecto: Eficiencia Energética, Renovables, Movilidad y Medio Ambiente - Sostenibilidad y Economía Circular

Personas físicas que desarrollen una actividad económica, así como las personas jurídicas de derecho privado, todas ellas con personalidad jurídica propia y suficiente capacidad de obrar, que tengan alguno de sus centros de actividad radicados en la Comunidad Autónoma Principado de Asturias y materialicen el proyecto objeto de ayuda en el ámbito territorial de la misma.

Subvenciones.

Cuantía máxima de las subvenciones:

Sección A hasta un máximo de 5.000 €, distribuidos de la siguiente manera:

El 80% de los gastos correspondientes al cálculo de la huella de carbono, elaboración del informe de huella de carbono y la redacción de un plan de reducción de huella de carbono, siempre que la cuantía resultante no exceda de 3.000 €.

El 80% de los gastos correspondientes a la verificación de la información de la huella de carbono objeto de inscripción, siempre que la cuantía resultante no exceda de 2.000 €.

Sección B hasta un máximo de 4.000 €, distribuidos de la siguiente manera:

El 80% de los gastos correspondientes a la elaboración de un proyecto de absorción de CO2, siempre que la cuantía resultante no exceda de 1.600 €.

El 80% de los gastos correspondientes a la elaboración de un instrumento de gestión forestal, siempre que la cuantía resultante no exceda de 1.600 €. c. El 80% de los gastos correspondientes a la certificación forestal sostenible, siempre que la cuantía resultante no exceda de 800 €.

Ayudas sujetas al régimen de minimis.

Se podrá subcontratar total o parcialmente la actividad subvencionada.

Serán susceptibles de subvención los gastos facturados y pagados entre el 1 de enero del año inmediatamente anterior a la convocatoria y el 31 de octubre del año en que se convoquen las ayudas.

a) Gastos de consultoría externa para la realización del informe de huella de carbono y elaboración del plan de reducción de huella.

b) Gastos de verificación de la información de la huella de carbono por organismos acreditados.

c) Gastos de consultoría externa para la elaboración del proyecto de absorción de CO2 y de su documentación complementaria.

d) Gastos de consultoría externa para la elaboración del instrumento de gestión forestal.

e) Gastos para la Certificación forestal sostenible.