Ayudas para la competitividad y la sostenibilidad de las pymes industriales

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  • El objeto de la presente resolución es convocar anticipadamente para el ejercicio 2022, ayudas en régimen de concurrencia competitiva para apoyar la realización de proyectos de inversión que supongan la mejora de la competitividad industrial de las pymes de la Comunidad Valenciana
  • Serán subvencionables los proyectos de inversión que supongan la mejora de la competitividad industrial de las pymes de la Comunidad Valenciana, mediante la creación de un nuevo establecimiento industrial, la ampliación, mejora o modernización de un establecimiento existente, así como la diversificación de la producción o cambios esenciales en los procesos productivos existentes en un establecimiento, a excepción de la implantación de equipos de eficiencia energética o sistemas de recuperación o gestión energética.

 

Ámbito: Comunidad de Valencia

Presupuesto: 200.000 €

Plazo de solicitud: Desde el 16/01/2023 al 03/03/2023

Organismo: Consejería de Economía sostenible, Sectores productivos, Comercio y Trabajo, Comunidad de Valencia

Naturaleza de proyecto: Desarrollo Empresarial - Eficiencia Energética, Renovables,

  • Podrán ser beneficiarias de estas ayudas, las pequeñas y medianas empresas privadas, que desarrollen o vayan a desarrollar en la Comunidad Valenciana una actividad industrial productiva vinculada directamente a los sectores industriales objeto de esta convocatoria.
  • Se considerarán como pequeñas y medianas a las empresas que empleen a menos de 250 personas y que, además, o bien tengan un volumen de negocio anual no superior a 50.000.000 de euros, o bien un balance general no superior a 43.000.000 de euros
  • Se entenderá por empresa privada a toda entidad que realice una actividad económica independientemente de su forma jurídica, que no forme parte del sector público, que tenga personalidad jurídica propia y diferenciada
  • La ayuda consistirá en una subvención del 35 % del total de los gastos considerados como subvencionables, si bien con el límite superior de que la ayuda total minimis concedida a una única empresa no podrá ser superior a 200.000 euros
  • Costes externos de adquisición de maquinaria, aparatos, equipos y otros activos materiales directamente vinculados a la producción, a condición de que sean necesarios para la implantación, mejora o modernización de las líneas de producción
  • Costes de mejoras en maquinaria, aparatos, equipos y otros activos materiales preexistentes en el inventario de la empresa, siempre que estén vinculados a la producción industrial, y consistan en cambios de componentes esenciales que supongan un avance sustancial en la eficiencia energética de la misma, en sus capacidades productivas, en la seguridad industrial de la empresa o en la seguridad laboral de las personas trabajadoras que las utilizan
  • Costes externos de adquisición, diseño a medida, implantación o puesta en funcionamiento de activos inmateriales, como patentes, marcas, modelos de utilidad y licencias de fabricación, diseños industriales o de producto, así como el software, las aplicaciones o los desarrollos e innovaciones industriales realizadas por terceros para la empresa beneficiaria, siempre que estén vinculados directamente a la producción industrial
  • Costes imprescindibles para el registro, obtención, validación y defensa de patentes, marcas, modelos de utilidad, diseños y desarrollos industriales y otros conocimientos técnicos, generados por la empresa beneficiaria
  • Costes externos incurridos para obtener la certificación u otras formas de homologación o normalización de productos.
  • Costes de contratación externa de ingeniería industrial siempre que sean claramente necesarios para la ejecución del proyecto de inversión
  • Gastos de la auditoría para la elaboración del informe de revisión de la documentación justificativa de la subvención, por empresa auditora externa inscrita como ejerciente en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas, hasta un importe máximo subvencionable de 600 euros