Vehículo Eléctrico y Descarbonización del Sector Automoción. Desarrollo e Innovación
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Objetivo: Apoyar a la industria de la automoción gallega dentro del Plan de Apoyo a la Descarbonización y Transición al Vehículo Eléctrico del Sector de la Automoción de Galicia, mediante el apoyo de la:
Línea 1: Desarrollo e innovación (código de procedimiento IG300J): Proyectos de desarrollo experimental y proyectos de innovación en materia de organización y procesos.
Prioridad 1A: Transición digital e inteligente.
Prioridad 2A: Transición Verde.
La gestión completa de las línea 1 le corresponderá a IGAPE.
Características de la ayuda:
- Ejecución: Finalizará el 31 de octubre de 2026.
- Presupuesto subvencionable mínimo: 100.000 €.
- Concurrencia no competitiva.
- Incompatibles con otras ayudas o subvenciones públicas para los mismos costes subvencionados.
- Cofinanciada por la Unión Europea en el marco del Programa Galicia FEDER 2021-2027.
- Principio de DNSH.
Ámbito: Galicia
Presupuesto: 2.000.000 €
Plazo de solicitud: Del 22/01/2025 al 30/04/2025
Organismo: Instituto Gallego de Promoción Económica - IGAPE
Naturaleza de proyecto: Eficiencia Energética, Renovables, Movilidad y Medio Ambiente - I+D+i - Sostenibilidad y Economía Circular
BENEFICIARIO
Empresas del sector de automoción con un centro de trabajo en Galicia en el que se desarrolle el proyecto subvencionado.
Se considerarán industrias de automoción aquellas cuya actividad principal se desarrolle en los CNAE 29 y 30.
TIPO Y CUANTÍA DE LA FINANCIACIÓN
Subvención.
Intensidad de ayuda:
Gran empresa | Mediana empresa | Pequeña empresa | |
Desarrollo experimental (línea 1.1º) | 25% (*) | 35% | 45% |
Innovación de organización y procesos (línea 1.2º) | 15 % (**) | 50% | 50% |
(*) Solo para proyectos de colaboración con pymes que asuman un mínimo del 10% de los costes subvencionables.
(**) Solo para proyectos de colaboración efectiva con pymes que asuman un mínimo del 30% de los cuestes subvencionables.
Adicionalmente, se podrán incrementar en un 15 % los porcentajes aplicables a la línea de desarrollo experimental.
GASTOS FINANCIABLES
Costes de personal.
Podrán imputarse contrato laboral, personal autónomo socio de la empresa y personal autónomo económicamente dependiente, según lo establecido en la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo. Las entidades beneficiarias deberán detallar y certificar la dedicación horaria al proyecto de cada trabajador.
El coste hora individual máximo financiable será de 65€.
Costes de instrumental y materia.
Costes de investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia.
Costes indirectos.