Proyectos de reindustrialización
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Objetivo: Reindustrializar y mantener la actividad industrial en situación de dificultad en Cataluña.
Actuaciones subvencionables
- Proyectos de reindustrialización que contribuyan a volver a poner en marcha o continuar la actividad de centros productivos objeto de cierre o deslocalización.
- Mantenimiento de la actividad industrial en situación de dificultad.
Requisitos de las distintas actuaciones
A) – Proyectos de cierre o deslocalización iniciados durante los dos últimos años a contar desde la publicación de la convocatoria a la que se presente la solicitud:
- Debe haber un expediente de regulación de empleo presentado por la empresa que cierra. El acuerdo del expediente de regulación de empleo entre la empresa afectada por el cierre y los representantes de las personas trabajadoras de la empresa tiene que recoger la voluntad de trabajar para la reindustrialización de las instalaciones y el mantenimiento del mayor número posible de puestos de trabajo mediante la búsqueda activa de un nuevo proyecto.
- Debe constituirse una comisión, mesa o grupo de trabajo para la reindustrialización integrada al menos por personas representantes de la empresa objeto del cierre o deslocalización, la Generalitat de Catalunya, el ayuntamiento o los ayuntamientos afectados y por los representantes de las personas trabajadoras de la empresa afectada por el cierre o la deslocalización.
- El proceso de cierre de la actividad tiene que afectar a un mínimo de 100 puestos de trabajo o a la totalidad del personal de la empresa, siempre que se llegue a un mínimo de 50 puestos de trabajo.
Para proyectos de cierre o deslocalización anteriores, donde las instalaciones hayan quedado cerradas y las personas trabajadoras despedidas en el procedimiento de regulación de empleo, se podrán aceptar proyectos en los que la persona solicitante adecue y ponga en funcionamiento las instalaciones, siempre y cuando se cumplan las condiciones siguientes:
– La empresa que haya cerrado hubiera presentado un expediente de regulación de empleo.
– El proceso de cierre de la actividad hubiera afectado a un mínimo de 50 puestos de trabajo.
– El ayuntamiento hubiera concedido, en el momento de presentar la solicitud de ayuda, la compatibilidad urbanística con los usos previstos para la nueva actividad.
Los proyectos de reindustrialización deberán mantener o recuperar un mínimo de 20 puestos de trabajo
B) – Proyectos de adquisición de empresas industriales en concurso de acreedores o en situación de dificultad y que, en ambos casos, hayan comunicado esta circunstancia al Departamento de Empresa y Trabajo con anterioridad a la finalización del período de presentación de solicitudes de esta ayuda. Esta comunicación necesaria para dar publicidad y transparencia al proceso deberá realizarse mediante la presentación del formulario habilitado en las bases reguladoras.
Será necesario, además, que esta comunicación se realice al menos dos meses antes de que se adjudique la unidad productiva a la empresa solicitante de la ayuda, cuando sea consecuencia de un proceso concursal o de la compraventa en escritura pública de la transmisión empresarial de la unidad en situación de dificultad.
Los proyectos de adquisición de empresas industriales en concurso de acreedores o situación de dificultad deberán mantener un mínimo de diez puestos de trabajo o al menos el 50% de los puestos de trabajo afectados y susceptibles de ser incorporados a la actividad industrial de la persona beneficiaria.
Por centros productivos se entienden todos aquellos que desarrollen proyectos industriales que tengan el código de la clasificación catalana de actividad económica (CCAE) 10, 11 o del 13 al 32, ambos incluidos, y 38.
Características de la ayuda:
- Periodo ejecución: Desde los 3 meses anteriores a la presentación de la solicitud y hasta un máximo de 24 meses posteriores a contar desde la fecha de presentación de la solicitud de la ayuda.
- Concurrencia no competitiva.
- Incompatibles con cualquier otra ayuda o subvención a fondo perdido otorgada con fondos propios.
Ámbito: Cataluña
Presupuesto: 5.000.000 €
Plazo de solicitud: Del 08/01/2025 al 01/10/2025
Organismo: Departamento de empresa y trabajo
Naturaleza de proyecto: Inversión Industrial Productiva
BENEFICIARIO
Empresas industriales con código de clasificación catalana de actividad económica 10, 11, del 13 al 32, ambos incluidos, y 38 que tengan sede operativa en Cataluña, o bien que sean de nueva implantación en Cataluña.
Se considera que una empresa es de nueva implantación cuando el proyecto presentado es para tener operativo su primer centro productivo en Cataluña.
TIPO Y CUANTÍA DE LA FINANCIACIÓN
Subvención.
Según tipo de proyectos:
1- Ayudas a proyectos de reindustrialización: Hasta un máximo de 2.250.000,00 euros.
2- Ayudas al mantenimiento de actividad industrial en situación de dificultad: Hasta un máximo de 350.000,00 euros.
El importe de la ayuda se calculará:
1- Ayudas a proyectos de reindustrialización:
Activos fijos, hasta el 25% del valor de los activos fijos productivos de la compra del centro productivo objeto del cierre o deslocalización y las inversiones necesarias para la adecuación de los espacios y reanudación de la actividad (IVA excluido).
Costes laborales: 7.500,00 euros por puesto de trabajo que se mantenga del centro objeto del cierre.
2- Ayudas al mantenimiento de actividad industrial en situación de dificultad:
Activos fijos, hasta el 30% del valor de los activos fijos productivos de la compra de la unidad productiva.
En caso de transmisión de compañías mediante adquisición del 100% de las acciones, se tendrá en cuenta el precio escriturado en la compraventa por el valor exclusivo de los activos fijos productivos.
No se otorgará ayuda a las inversiones posteriores a la compra de la unidad productiva, ni a cualquier otro gasto pagado implícitamente en la compra de la unidad productiva en situación de dificultad, tales como asunción de deudas con el personal, administraciones públicas o terceros, pasivos laborales, cuentas a cobrar, existencias y cualquier otro activo circulante.
Costes laborales: 7.500,00 euros por cada puesto de trabajo que se subrogue de la unidad productiva que se adquiera.
Se pueden subcontratar hasta un máximo del 50% del importe de la actividad que constituye el objeto de la ayuda.
A partir de su concesión, el pago de la ayuda se tramita mediante un anticipo del 100% del importe otorgado, para el que se exigen garantías del 50% del importe del anticipo.
Ayudas sujetas a regimen de minimis.
GASTOS FINANCIABLES
1- Ayudas a proyectos de reindustrialización.
Inversión en activos fijos del establecimiento productivo objeto del cierre.
Los activos fijos objeto de ayuda deberán incluirse en el activo de la empresa y permanecer en el establecimiento al menos durante tres años desde la fecha de finalización del proyecto.
Durante este periodo, la empresa beneficiaria no podrá aplicar ninguna medida que suponga el cese de la actividad.
Los gastos de ingeniería o instalación solo serán objeto de ayuda si se activan en el balance de la compañía y si son imprescindibles para el buen funcionamiento de los activos fijos objeto de la inversión.
La contratación de los puestos de trabajo afectados por el por el proyecto de reindustrialización, que deberán mantenerse al menos durante tres años desde su contratación.
2- Ayudas al mantenimiento de actividad industrial en situación de dificultad.
Adquisición de los activos fijos productivos de la unidad productiva en situación de dificultad, que deberán mantenerse al menos dos años desde su adquisición.
La subrogación de los puestos de trabajo de la unidad productiva en situación concursal o situación de dificultad, que deberán mantenerse al menos durante dos años desde su contratación.