Proyectos de Ahorro y Eficiencia Energética en las Empresas

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Objetivo: Realización de proyectos de ahorro y eficiencia energética en las empresas gallegas.

Proyectos subvencionables

Proyectos con ratios de ahorro energético anual iguales o superiores a los indicados en la siguiente tabla para cada línea:

Denominación de la línea

Proyectos subvencionables

PAPEME – Proyectos de ahorro y eficiencia 
energética en pymes.

Proyectos que justifiquen ratios de ahorro energético iguales o superiores a 0,2 kWh/€ de ahorro energético de energía final y de energía primaria por euro de inversión elegible.

PAGE – Proyectos de ahorro y eficiencia 
energética en grandes empresas.

Proyectos que justifiquen ratios de ahorro energético iguales o superiores a 0,3 kWh/€ de ahorro energético de energía final y de energía primaria por euro de inversión elegible.

PAE – Proyectos de ahorro y eficiencia 
energética en pymes o grandes empresas 
que reduzcan las emisiones de GEI en, por lo 
menos, un 30%.

Proyectos que justifiquen ratios de ahorro energético iguales o superiores a 0,1 kWh/€ de ahorro energético de energía final y de energía primaria por euro de inversión elegible y que, además, reduzcan por lo menos un 30 % las emisiones de GEI.. 

PAP – Proyectos de ahorro y eficiencia 
energética en infraestructuras públicas 

Proyectos que justifiquen ratios de ahorro energético iguales o superiores a 0,2 kWh/€ de ahorro energético de energía final y de energía primaria por euro de inversión elegible.

Inversiones subvencionables

Elaboración de los proyectos técnicos, dirección facultativa y obra civil relacionados con las actuaciones, el precio de los equipos, su montaje y puesta en marcha, así como los sistemas de monitorización, contabilización y telegestión y las auditorías.

Características de la ayuda:

  • Plazo ejecución: desde presentación solicitud hasta el 15/06/2026.
  • Presupuesto mínimo: 15.000 € y 200.000€ en empresas con actividad de transformación y comercialización de productos de la pesca y de la acuicultura.
  • Efecto incentivador.
  • Concurrencia no competitiva.
  • incompatibles con otras ayudas.
  • Cada empresa podrá presentar una o más solicitudes. Cada solicitud contemplará un único proyecto técnico que puede constar de una sola actuación o de varias actuaciones.
  • Cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional en el marco del programa Galicia FEDER 2021-2027.
  • Principio de DNSH.

Ámbito: Galicia

Presupuesto: 7.500.000 €

Plazo de solicitud: Del 17/01/2025 al 15/09/2025

Organismo: Agencia Instituto Energético de Galicia - Inega

Naturaleza de proyecto: Eficiencia Energética, Renovables, Movilidad y Medio Ambiente

Empresas legalmente constituidas y autónomos que tengan domicilio social o algún centro de trabajo en Galicia.

Las empresas de servicios energéticos que gestionen total o parcialmente instalaciones consumidoras de energía y que el objeto de estos contratos de servicios sea la consecución de ahorro económico derivado de un menor consumo de energía. Los centros de consumo en los que se actúe deben estar situados en Galicia y corresponder a empresas incluidas en el ámbito de actuación de las presentes bases.

Subvenciones.

Solicitudes acogidas al Reglamento (UE) 2023/2831 de minimis (empresas con actividad de transformación y comercialización de productos de la pesca y de la acuicultura): 35 % del coste subvencionable de la actuación.

Solicitudes acogidas al Reglamento (UE) 651/2014 (Reglamento general de exención por categorías), destinadas a medidas de eficiencia energética en edificios: 20 % del coste subvencionable de la actuación.

Solicitudes acogidas al Reglamento (UE) 651/2014 (Reglamento general de exención por categorías), destinadas a medidas de eficiencia energética distintas de las de los edificios:  35 % del coste subvencionable de la actuación.

Para todas las solicitudes la intensidad de la ayuda se incrementará un 20 % en el caso de ayudas concedidas a pequeñas empresas y un 10 % en el caso de medianas empresas.

Ayuda máxima por expediente de 300.000,00 euros, en el caso de acogerse al Reglamento (UE) 2023/2831 de minimis, y de 1.000.000,00 de euros en el caso de acogerse al Reglamento (UE) 651/2014 (Reglamento general de exención por categorías).

Ayuda máxima por entidad beneficiaria en el conjunto de la convocatoria será de 2.000.000,00 de euros.

Ayudas sujeta al régimen de minimis.

Subcontratación: hasta el 100 % de la actuación que se subvenciona.

Elaboración de los proyectos técnicos, dirección facultativa y obra civil relacionados con las actuaciones, el precio de los equipos, su montaje y puesta en marcha, así como los sistemas de monitorización, contabilización y telegestión y las auditorías.