Programa Transferencia Tecnológica

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Objetivo: facilitar la maduración de tecnología, mediante proyectos de Investigación y Desarrollo, con vista a la aplicación práctica de esa tecnología desde el tejido empresarial y mejorar las capacidades de las infraestructuras tecnológicas que posibilitan el desarrollo de I+D+i con orientación a su despliegue en empresas de Bizkaia.

Líneas de actuación

  • Línea 1: Proyectos de investigación y desarrollo.
    • Actuaciones que se enmarquen íntegramente en una o varias de las siguientes categorías: investigación fundamental, investigación industrial, desarrollo experimental y estudios de viabilidad, priorizando los proyectos desarrollados en niveles de madurez tecnológica (TRL) altos y con actividades de transferencia de tecnología a empresas para su explotación comercial así como proyectos que desarrollen en los ámbitos que se señalan en la estrategia de especialización inteligente RIS3.
    • Se impulsará particularmente los proyectos en los que se produzca colaboración efectiva con dos o más empresas con domicilio social y fiscal en Bizkaia.
  • Línea 2: Dotación de infraestructuras de investigación y para pruebas y experimentación.
    • Adquisición, instalación, puesta en marcha y actualización de infraestructuras de investigación o de infraestructuras para pruebas y experimentación.

Características de la ayuda:

  • Concurrencia competitiva.
  • Efecto incentivador.
  • Plazo de ejecución: hasta 30 de junio de 2027.
  • Plazo de justificación: hasta 30 de julio de 2027.
  • Subcontratación: hasta el 50% del importe de la actividad subvencionada.
  • Compatible con cualquier otra ayuda a excepción de las concedidas por la Diputación Foral de Bizkaia para la misma finalidad.

Ámbito: País Vasco

Presupuesto: 2.600.000 €

Plazo de solicitud: Del 13/11/2024 al 30/04/2025

Organismo: Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural

Naturaleza de proyecto: Desarrollo Empresarial - I+D+i

Agentes Científico-Tecnológicos privados integrados en la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación, con al menos un centro de trabajo en el Territorio Histórico de Bizkaia y encuadrados en alguna de las siguientes categorías:

  1. Centros de Investigación Básica y de Excelencia.
  2. Centros Tecnológicos Multifocalizados.
  3. Centros Tecnológicos Sectoriales.
  4. Centros de Investigación Cooperativa (CIC).

Subvenciones.

Las ayudas otorgadas por entidad no superarán los 200.000 euros ni se concederán ayudas inferiores a 25.000 euros.

Línea 1

  1. Gastos internos del personal (investigador, técnico y demás personal auxiliar) de la entidad solicitante destinado al proyecto.
  2. Costes del instrumental y material.
  3. Costes de investigación contractual, conocimientos y patentes adquiridos u obtenidos por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia, así como los costes de consultoría y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva al proyecto.
  4. Gastos generales y otros gastos de explotación adicionales, incluidos los costes de material, suministros y productos similares, que se deriven directamente del proyecto.

Línea 2

  1. Costes de adquisición de los activos fijos materiales e inmateriales que integren la infraestructura. Serán subvencionables los medios físicos (equipos y sus modificaciones, adiciones, accesorios o aparatos auxiliares), las licencias permanentes de software de carácter especializado destinado exclusivamente a la investigación y que posibilite la utilización adecuada del equipamiento adquirido, la adquisición de activos inmateriales vinculados exclusivamente a generación de conocimiento en la infraestructura y las instalaciones para albergar los medios físicos, incluida la obra civil de edificación, remodelación o mejora de edificios y el mobiliario.
  2. Inversiones de activos materiales adquiridos mediante la modalidad de leasing, siempre y cuando el contrato incluya un compromiso para la adquisición final del bien.