«Programa Innova Invest» de ICEX
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Objetivo
Promocionar inversión es en España de empresas extranjeras con un alto componente innovador, favoreciendo su integración con el tejido productivo e investigador nacional, y que supongan una contribución a la mejora de la competitividad y productividad de la economía española.
Mantener un sistema de contabilidad separada que permita el registro diferenciado de todas las transacciones relacionadas con el proyecto objeto de subvención mediante la utilización de un código contable específico dedicado a tal efecto.
Comunicar a ICEX la solicitud y la obtención de otras ayudas para la ejecución de las actividades financiadas.
Aceptar su inclusión en un listado de empresas beneficiarias que se publicará en páginas web de ICEX e Invest in Spain.
Características de la ayuda:
- Duración máxima de 24 meses.
- Efecto incentivador.
- concurrencia competitiva.
- La realización de los proyectos subvencionables tendrá lugar una vez solicitada la subvención, entre el 1 de marzo de 2025 y el 31 de diciembre de 2026.
- incompatible con la de cualesquiera otras que, para la misma finalidad.
- Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).
Ámbito: Nacional
Presupuesto: 4.000.000 €
Plazo de solicitud: Desde el 10/02/2025 al 10/04/2025
Organismo: Ministerio de Industria, Comercio y Turismo
Naturaleza de proyecto: Internacionalización - I+D+i - Inversión Industrial Productiva
BENEFICIARIO
Empresas que cumplan los siguientes requisitos:
- Ejercer una actividad económica, cualquiera que sea su forma jurídica
- Estar válidamente constituidas en España en el momento de la concesión de la subvención
- Contar con una participación extranjera de al menos el 50 % de su capital social.
- No tener contraída una deuda con ICEX
- No encontrarse en situación de «empresa en crisis»
- Cumplir con la normativa vigente en materia de inversiones extranjeras.
- Cumplir con la normativa vigente en materia de igualdad de trato y oportunidades entre hombres y mujeres en el empleo y la ocupación.
- No tener deudas por reintegro de ayudas o préstamos con la Administración, o estar sujeta a una orden de recuperación pendiente tras una Decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
- Aceptar la cesión de datos entre las Administraciones Públicas implicadas para dar cumplimiento a lo previsto en la normativa europea que es de aplicación
TIPO Y CUANTÍA DE LA FINANCIACIÓN
Subvenciones.
Límite máximo de ayuda por beneficiario no podrá ser superior a 800.000 euros.
Importe mínimo del conjunto de los conceptos subvencionables incluidos en cada solicitud deberá ser, al menos, de 500.000 euros elegibles.
Porcentajes de intensidad máximos, en función del tamaño de la empresa y la tipología del proyecto.
Pequeñas empresas | Medianas empresas | Grandes empresas | |
Investigación Industrial | 70% | 60% | 50% |
Desarrollo Experimental | 45% | 35% | 25% |
No será preciso constituir ninguna garantía por los beneficiarios.
GASTOS FINANCIABLES
- Costes de personal: investigadores, técnicos y demás personal auxiliar, en la medida en que estén dedicados al proyecto.
- Costes del instrumental y material, en la medida y durante el período en que se utilicen para el proyecto
- Costes de edificios y terrenos, en la medida y durante el período en que se utilicen para el proyecto
- Costes de investigación contractual, conocimientos y patentes adquiridos u obtenidos por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia, así como los costes de consultoría y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva al proyecto
- Gastos generales y otros gastos de explotación adicionales, incluidos los costes de material, suministros y productos similares, que se deriven directamente del proyecto.