Programa Gauzatu Industria. Creación y Desarrollo de PYMEs de base Tecnológica y/o Innovadoras
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Objetivo: Impulsar la creación y desarrollo de Pymes de base tecnológica y/o innovadoras que cumplan los siguientes criterios:
- Operar en sectores industriales de alta tecnología.
- Contar con altos niveles de inversión en I+D+i.
- Convertir el conocimiento tecnológico en nuevos productos o procesos para su introducción en el mercado.
Características de la ayuda:
- Ejecución: 24 meses desde el inicio de ejecución de las inversiones
- Presupuesto mínimo 120.000,00 euros y conlleve, a su vez, mantenimiento y/o generación de empleo, en un período máximo de 24 meses desde el inicio de las inversiones
- Compatibles en cuanto no superen en su conjunto el límite establecido en los artículos 8 de los Reglamentos Generales de Exención mencionados en el artículo 3.1 de esta Orden.
Ámbito: País Vasco
Presupuesto: 28.000.000 €
Plazo de solicitud: 02/01/2024 al 21/03/2024
Organismo: Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente
Naturaleza de proyecto: Desarrollo Empresarial - I+D+i - Inversión Industrial Productiva
BENEFICIARIO
Pymes que cumplan con la característica de ser industriales extractivas, transformadoras, productivas y de servicios conexos ligados al producto-proceso industrial y aquellas cuya actividad principal sea la convergencia e integración de los sistemas de protección ante ciberataques para entornos IT/OT (Information Technology / Operational Technology) en empresas industriales (registradas en el catálogo de ciberseguridad del Centro Vasco de Seguridad-BCSC), que se consideren de base tecnológica y/o innovadora.
Las Pymes deberán disponer de un centro productivo, o varios, en los que se localizarán las inversiones susceptibles de apoyo, dentro del territorio de la Comunidad Autónoma del País Vasco y mantenerlas durante un mínimo de tres años.
TIPO Y CUANTÍA DE LA FINANCIACIÓN
Ayudas en forma de anticipos reintegrables hasta el 35 % de la inversión subvencionable.
Los anticipos se limitarán a un máximo de 200.000,00 euros por empleo generado, y un máximo de 150.000,00 euros cuando se trate de mantenimiento de empleo. En ningún caso, se podrá superar la cantidad de 1.500.000,00 euros.
Categoría empresa | Tecnología | Innovadoras |
Pequeña | 35% | 30% |
Mediana | 30% | 25% |
Para subvenciones de importe superior a 30.000 euros, la acreditación del nivel de cumplimiento de los plazos de pago establecidos en Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
GASTOS FINANCIABLES
- Adquisición de activos fijos que se incorporen al activo de la empresa (ver articulo 10 convocatoria).