Cómo prepararse para las entrevistas del EIC Accelerator
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El Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial ha aprobado 76 millones de euros destinados a 161 nuevos proyectos de I+D+I empresarial y propone nuevas medidas de mejora en algunas de sus líneas de financiación.
Además de las nuevas ayudas, el Consejo de Administración ha aprobado la ampliación de plazos de amortización para las ayudas de I+D y de innovación LIC y LICA, con el objeto de mejorar las condiciones de amortización de las ayudas CDTI para proyectos de I+D+I. En concreto:
El objetivo de esta medida es disminuir para las empresas la carga semestral de amortización correspondiente a la parte reembolsable de la ayuda, controlando los límites de intensidad asociados a cada línea de ayuda.
Con el fin de no penalizar a las PYMES que, por causa de la situación de excepcionalidad provocada por la emergencia sanitaria, se enfrentan a dificultades transitorias de liquidez, el Consejo de Administración ha aprobado eximir a las pymes beneficiarias de ayudas en forma de préstamo del CDTI del pago de los intereses de demora sobre las cuotas de principal comprendidas entre el 1 de abril de 2021 y el 31 de diciembre de 2021, siempre que el pago de la amortización correspondiente se realice en un plazo máximo de 15 meses desde su vencimiento. Esta medida se acoge al vigente Marco Nacional Temporal relativo a las medidas de ayuda a empresas y autónomos consistentes en subvenciones directas, anticipos reembolsables, ventajas fiscales, garantías de préstamos y bonificaciones de tipos de interés en préstamos destinadas a respaldar la economía en el contexto actual COVID-19 y, en particular, a su punto 3.1 por el que se permite otorgar ventajas de pago a las empresas con un determinado límite (1.800.000 euros).
Esta medida estará sujeta a las siguientes condiciones:
Respecto a los requisitos de los apartados 2, 4, 6 (en lo que respecta a la situación de crisis) y 10, la sociedad deberá presentar una declaración responsable manifestando el cumplimiento de estas condiciones, con independencia de que el CDTI pueda verificar su veracidad en cualquier momento.
El Director General del CDTI comunicará a los solicitantes si pueden acogerse a esta medida, así como las condiciones de la misma. Se podrá revocar la ventaja de pago otorgada en caso de incumplimiento de los requisitos para ser beneficiario o del resto de obligaciones contractuales con el CDTI, en particular, las de pago del préstamo.
El CDTI suministrará a la Base de Datos Nacional de Subvenciones la información pertinente sobre cada ayuda individual concedida al amparo de este régimen, en el plazo de doce meses desde el momento de su concesión y en los términos previstos en el artículo 20 de la Ley General de Subvenciones.
Las pymes que cumplan los requisitos puedan solicitar acogerse a esta medida desde el 5 de abril de 2021 hasta el 15 de diciembre de 2021.
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