Línea Directa de Expansión (LICA)

  1. Inicio
  2. |
  3. Subvenciones y créditos
  4. |
  5. Línea Directa de Expansión (LICA)

Objetivo: Potenciar la innovación en determinadas regiones españolas más desfavorecidas y/o que atraviesan especiales dificultades económicas, a través de la mejora de capacidades de empresas que propongan proyectos de inversión tecnológicamente innovadores que faciliten su crecimiento.

Actuaciones subvencionables:

Inversión inicial, entendiendo como tal, la inversión en activos materiales e inmateriales relacionada con al menos uno de los objetivos siguientes:

Creación de un nuevo establecimiento.

    • Ampliación de la capacidad de un establecimiento existente;
    • Diversificación de la producción de un establecimiento en productos o servicios que anteriormente no se producían o prestaban en el mismo.
    • Transformación fundamental del proceso global de producción del producto o productos o de la prestación global del servicio o servicios afectados por la inversión en el establecimiento.

Inversión inicial que crea una nueva actividad económica, entendiendo como tal, la inversión en activos materiales e inmateriales relacionada con al menos uno de los siguientes objetivos:

  • La creación de un nuevo establecimiento.
  • La diversificación de la actividad de un establecimiento, siempre y cuando la nueva actividad no sea una actividad idéntica ni similar a la realizada previamente en el establecimiento.
  •  

 Características de la ayuda:

  • Duración mínima de 9 meses y máxima de 24 meses.
  • Efecto incentivador.
  • Presupuesto mínimo de 175.000 euros y máximo de 30.000.000 euros.
  • Aportar una contribución financiera mínima del 25% de los costes elegibles, bien a través de sus propios recursos, bien mediante financiación externa exenta, que cubra el porcentaje de inversión no financiado por el CDTI.
  • La inversión debe mantenerse en el lugar de desarrollo del proyecto al menos durante cinco años, o durante tres años en el caso de las PYME.
  • Incompatible con cualquier otra ayuda que tenga por objeto la financiación del mismo proyecto, ya sea directa o indirecta, pública o privada.
  • Fondos CDTI y/o con Fondos Europeos (Fondos FEDER, MRR y otros).
  • Los proyectos cofinanciados con Fondos FEDER 21-27, deberán de cumplir con el principio de DNSH.

Ámbito: Nacional

Presupuesto: 0 €

Plazo de solicitud: Todo el año.

Organismo: Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial - CDTI

Naturaleza de proyecto: Inversión Industrial Productiva - Desarrollo Empresarial - I+D+i

Empresas que vayan a realizar un proyecto de inversión en las regiones asistidas según el Mapa de Ayudas Regionales para España 2022-2027.

Pymes (zonas “c”):  Aragón (se excluye Zaragoza capital), Asturias, Islas Baleares, Cantabria, Castilla y León, Cataluña (parcialmente), Comunidad de Madrid (parcialmente), Comunidad Valenciana, Galicia, Murcia, Navarra (parcialmente), La Rioja y País Vasco (parcialmente). Pymes y grandes empresas (zonas “a”): Canarias, Andalucía, Extremadura, Castilla-La Mancha, Ciudad de Ceuta y Ciudad de Melilla.

Ayuda parcialmente reembolsable de hasta el 75% del presupuesto total aprobado.

Tipo de interés: Fijo e igual al Euribor a 1 año + 0,75%.

Periodo amortización: 9 años, con 1 año de carencia de capital a contar desde la fecha de finalización prevista del proyecto.

CDTI podrá requerir la constitución de garantías para la devolución de la ayuda cuando el análisis económico financiero de la empresa así lo requiera.

No se aceptará la subrogación en la titularidad de la solicitud por parte de otra entidad distinta al solicitante desde la fecha de la presentación de la solicitud hasta la formalización del contrato de préstamo.

Anticipo del 50% de la ayuda concedida, sin garantías financieras adicionales a las acordadas por el Consejo de Administración en la aprobación del proyecto, podrá ser incrementado hasta el 75% siempre que aporte avales de entidades de crédito.

Intensidad máxima según regiones asistidas:

REGIONES ASISTIDAS

GRAN 
EMPRESA

MEDIANA 
EMPRESA

PEQUEÑA 
EMPRESA

Islas Canarias

50%

60%

70%

Andalucía (excepto provincias* de Almería, Cádiz y Córdoba)
Extremadura
Castilla-La Mancha 
Ciudad de Ceuta
Ciudad de Melilla

30%

40%

50%

Provincias de Almería*, Cádiz* y Córdoba*

40%

50%

60%

Región de Murcia 

N.A


35%

45%

Cantabria 
Galicia
Castilla y León (excepto provincias* de Soria, Salamanca y Zamora)
Comunidad Valenciana 
Islas Baleares 
La Rioja
Principado de Asturias
Aragón (excepto la provincia de Teruel* y excluida Zaragoza capital)
Cataluña (parcialmente)
Comunidad de Madrid (parcialmente)
Comunidad Foral de Navarra (parcialmente), País Vasco (parcialmente).

N.A


25%

35%

Provincia de Salamanca*

N.A

35%

45%

Provincia de Zamora*
Provincia de Soria*
Provincia de Teruel*

N.A

30%

40%

Para zonas “parcialmente” asistidas: consultar el Mapa Español de Ayudas Estatales de Finalidad Regional en vigor (municipios, distritos y secciones censales). Si hay discrepancia entre código y nombre de municipio en el Mapa de Ayudas, se seleccionará el nombre como municipio asistido.
*Estas provincias tienen una intensidad de ayuda máxima diferente a la de su CCA.

TRAMOS NO REEMBOLSABLES (TNR) APLICABLE

REGIONES ASISTIDAS

GRAN 
EMPRESA

MEDIANA 
EMPRESA

PEQUEÑA 
EMPRESA

CDTI

FEDER

CDTI

FEDER

CDTI

FEDER

Islas Canarias

10%

20%

10%

25%

10%

25%

Andalucía
Extremadura
Castilla-La Mancha 
Ciudad de Ceuta
Ciudad de Melilla 

10%

20%

10%

25%

10%

25%

Región de Murcia
Cantabria 
Galicia
Castilla y León 
Comunidad Valenciana 
Islas Baleares 
La Rioja
Principado de Asturias
Aragón (excluida Zaragoza capital)
Cataluña (parcialmente)
Comunidad de Madrid (parcialmente)
Comunidad Foral de Navarra (parcialmente)
País Vasco (parcialmente) 

N.A

10%

15%

10%

20%

Para zonas “parcialmente” asistidas: consultar el Mapa Español de Ayudas Estatales de Finalidad Regional en vigor (municipios, distritos y secciones censales).
Si hay discrepancia entre código y nombre de municipio en el Mapa de Ayudas, se seleccionará el nombre como municipio asistido para esta línea de ayuda.

Inversiones elegibles:

La adquisición de activos fijos nuevos que supongan una innovación tecnológica y mejora de capacidades productivas en la empresa.

La inversión podrá materializarse en activos fijos nuevos materiales e inmateriales:

  • «Activos materiales»: activos consistentes en instalaciones, maquinaria y equipos.
  • «Activos inmateriales»: activos que no tienen una materialización física o financiera, como las patentes, licencias, conocimientos técnicos u otros derechos de propiedad intelectual o industrial.

Las restricciones en las inversiones elegibles pueden consultarse en la ficha de detalle del instrumento.