Inversiones Materiales o Inmateriales en Transformación, Comercialización y Desarrollo de Productos Agrarios
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Objetivo: Fomento de la integración de entidades asociativas agroalimentarias de carácter supraautonómico por la realización de inversiones materiales o inmateriales en transformación, comercialización y desarrollo de productos agrarios contemplados en el anexo I del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) o del algodón, exceptuados los productos de la pesca.
Inversiones subvencionables.
Proyectos de inversiones materiales o inmateriales en transformación, comercialización o desarrollo de los productos agrícolas contemplados en el anexo I del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) o del algodón, exceptuados los productos de la pesca.
Las inversiones deberán ajustarse a alguna de las siguientes finalidades:
- Mejora del valor añadido de los productos y su posicionamiento en los mercados.
- Mejora de los procesos de transformación y/o comercialización.
- Desarrollo de productos, procesos o tecnologías.
- Incorporación de energías alternativas en la industria agroalimentaria: renovables y nuevos combustibles, la incorporación de la cogeneración, la mejora de la eficiencia energética, la valorización de residuos y materiales de origen agrícola, y la reducción de las emisiones al medio natural (aire, agua, suelo).
Características de la ayuda:
- Presupuesto: inferior a 100.000 euros.
- Efecto incentivador.
- Financiado por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).
- Concurrencia competitiva.
- Incompatibilidad con otras ayudas.
Ámbito: Nacional
Presupuesto: 33.333.333 €
Plazo de solicitud: Del 02/05/2025 al 29/05/2025
Organismo: Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Naturaleza de proyecto: Desarrollo Empresarial - Inversión Industrial Productiva
BENEFICIARIO
Entidades asociativas prioritarias, reconocidas de acuerdo con el Real Decreto 550/2014, de 27 de junio.
Entidades mercantiles participadas mayoritariamente (más del 50 %del capital social) por una Entidad Asociativa Prioritaria en los sectores para los que ha sido reconocida la Entidad Asociativa Prioritaria.
TIPO Y CUANTÍA DE LA FINANCIACIÓN
Subvenciones.
Entidad asociativa prioritaria: 65% de los gastos subvencionables.
Entidad mercantil participada mayoritariamente (más del 50% del capital social) por una o varias entidades asociativas prioritaria: 50% de los gastos subvencionables. El porcentaje de ayuda final será el proporcional a dicho 50% que corresponda a la participación total de las entidades asociativas prioritarias en la entidad mercantil.
Límite de ayuda máximo por proyecto de inversión es de 5.000.000 de euros.
GASTOS FINANCIABLES
1-Inversiones tangibles.
2-Inversiones intangibles.
3-Hasta un máximo del 4% de los gastos subvencionables, los gastos generales vinculados, a los apartados anteriores siendo:
- Honorarios de arquitectos, ingenieros y asesores.
- Honorarios relativos al asesoramiento sobre la sostenibilidad económica y medioambiental, incluidos los estudios de viabilidad.
- Evaluación de impacto ambiental.
4-Elaboración y colocación de un cartel y/o placa informativa.