Inversiones en transformación, comercialización o desarrollo de productos agrícolas (Focal)

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Ayudas destinadas a inversiones en transformación, comercialización o desarrollo de productos agrícolas y al fomento de la calidad agroalimentaria (Focal)

Actuaciones subvencionables

  • Inversiones en procesos de transformación de productos agrícolas: inversiones en los procesos de transformación de materias primas agrícolas.

    Inversiones en procesos de comercialización de productos agrícolas: inversiones en los procesos de exposición y/o venta directa del producto terminado, siempre y cuando se produzcan en la propia industria agroalimentaria.

    Inversiones ligadas al conjunto de las instalaciones o que afecten al funcionamiento general de la industria agroalimentaria.

Características de las ayudas

Estas ayudas sí son compatibles con otros fondos nacionales y autonómicos destinados a la misma inversión, siempre que la ayuda pública total no supere los límites establecidos en la normativa europea.

El solicitante no llevaría a cabo el proyecto de inversión, o lo llevaría a cabo de una manera limitada o diferente, si no dispusiera de la presente ayuda

No se concederán ampliaciones en el plazo de ejecución y justificación de la inversión si no se ha ejecutado, al menos, el 50% del presupuesto subvencionable inicialmente aprobado

Ámbito: Castilla-la Mancha

Presupuesto: 22.000.000 €

Plazo de solicitud: desde el 01/12/2022 al 30/12/2022

Organismo: Ministerio de Industria, Comercio y Turismo

Naturaleza de proyecto: Desarrollo Empresarial

Personas físicas o jurídicas titulares de industrias agroalimentarias localizadas o que se vayan a localizar en Castilla-La Mancha y dedicadas a la transformación y/o comercialización de productos agrícolas.

Ayudas en forma de subvención en concurrencia competitiva con las siguientes intensidades de ayuda. Porcentaje de ayuda base según las características del solicitante (tamaño de empresa), en concreto:  

Tamaño empresa solicitante

Carácter asociativo

Intensidad de ayuda con respecto al
presupuesto subvencionable

Pyme

Reconocidas como Eapir o Pyme integrante de una Eapir o de una EAP

30%

Reconocidas como APPaa o integrante de una APPaa

25%

Resto de Pymes

15%

No Pyme

Reconocidas como Eapir o integrante
de una Eapir o de una EAP

Pr. final Anexo I TFUE 30%
Pr. final no Anexo I TFUE 25%

Resto no Pymes

5%

  • Los gastos de construcción, adquisición o mejora de bienes inmuebles, excepto la compra de terrenos.
  • Los gastos de compra de nueva maquinaria y equipos, siempre y cuando se instalen en el establecimiento objeto de subvención.
  • Los costes generales serán: honorarios de arquitectos, ingenieros y asesores, honorarios relativos al asesoramiento sobre la sostenibilidad económica y medioambiental del proyecto.
  • Las siguientes inversiones intangibles: adquisición o desarrollo de programas informáticos y adquisiciones de patentes, licencias, derechos de autor y marcas registradas.