Inversiones en Tecnologías Forestales

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Objetivo: Ayudas a las inversiones en tecnologías forestales, procesamiento, movilización y comercialización de productos forestales (código de procedimiento IN500A) y realizar su convocatoria para el año 2025 en régimen de concurrencia competitiva.

Inversiones subvencionables

Línea 1: Gestión forestal activa

  • Procesadoras, taladoras y otros equipos de tala destinados a la realización de talas intermedias (clareos y claras), así como sus adaptaciones e implementos, que deberán instalarse en equipos propiedad del solicitante.
  • Autocargadores y tractocargadores completos, así como sus adaptaciones e implementos, que deberán instalarse en equipos propiedad del solicitante.

Línea 2. Madera y biomasa

  • Acondicionamiento e instalaciones en parques intermedios de madera en rollo o biomasa.
  • Autocargadores, arrastradores forestales y tractocargadores completos, así como sus adaptaciones e implementos, que deberán instalarse en equipos propiedad del solicitante.
  • Procesadoras, taladoras y otros equipos de tala, así como sus adaptaciones e implementos, que deberán instalarse en equipos propiedad del solicitante.
  • Maquinaria específica, aperos e implementos que permitan un aprovechamiento comercial de la biomasa forestal en el monte, astilladoras con capacidad de recogida, empacadoras, cosechadoras o procesadoras de biomasa.

Línea 3. Castaña y resina

  • Maquinaria específica, equipos, aperos e implementos que permitan un aprovechamiento comercial de la castaña o de la resina en el monte.
  • Acondicionamiento e instalaciones de parques intermedios de almacenamiento y/o clasificación.
  • Bienes de equipo e instalaciones en empresas de recogida, manejo, clasificación, acondicionamiento y comercialización de castaña o resina.

Línea 4. Valor añadido en la primera transformación de la madera

  • Equipos portátiles para la clasificación estructural de madera por métodos no destructivos, siempre que dispongan de documentación/estudios para el análisis de las especies empleadas por la empresa.
  • Maquinaria e instalaciones de primera transformación destinadas a la clasificación automática de la madera estructural mediante aspectos visuales o indirectos.
  • Maquinaria e instalaciones de primera transformación destinadas a la clasificación automática por calidad tanto de la materia prima (troncos) como de productos aserrados intermedios o finales, mediante la aplicación de escáneres de imagen, dimensionales, rayos X y otros tipos.
  • Maquinaria e instalaciones de primera transformación destinadas a la obtención de productos de mayor valor añadido basados en la madera aserrada y que permitan abrir nuevas líneas de negocio.
  • Acondicionamiento, maquinaria e instalaciones de primera transformación para el procesamiento de la biomasa forestal y la transformación de la madera.

Línea 5. Medición, trazabilidad y caracterización de la madera objeto de aprovechamiento

  • Equipos de medición de inventario forestal de carácter digital o analógico, sensores Lidar terrestre y vehículos aéreos no tripulados y sus accesorios.
  • Básculas sensorizadas para parques o cargaderos intermedios de madera.
  • Equipos portátiles de ultrasonidos (MST, MTG, PLG…), resistógrafos, penetrómetros, lupas binoculares, higrómetros, estufas o balanzas de laboratorio de precisión.

Características de la ayuda

Cada persona solicitante solo podrá presentar una solicitud de ayuda y dicha solicitud solo podrá dirigirse a una única línea de ayudas.

Estas ayudas serán compatibles con otras que no tengan fondos de la Unión Europea hasta el máximo de ayuda global.

El plazo máximo para presentar la justificación de las actividades subvencionadas finalizará el 15 de octubre de 2025 para la primera anualidad, y para la segunda, el 30 de junio de 2026.

Ámbito: Galicia

Presupuesto: 10.000.000 €

Plazo de solicitud: Del 27/02/2025 al 26/03/2025

Organismo: Agencia Gallega de la Industria Forestal - Xera

Naturaleza de proyecto: Desarrollo Empresarial - Inversión Industrial Productiva

Microempresas, pequeñas y medianas empresas (pyme) del sector forestal radicadas en Galicia en relación con las inversiones realizadas en zonas rurales.

Ayudas en forma de subvención en concurrrencia competitiva con las siguientes intensidades de ayuda.

  • Las inversiones se subvencionarán con una ayuda de un 40 % de los gastos elegibles.
  • La ayuda máxima se limitará por solicitante a los 200.000 euros para las líneas 1 y 4; 50.000 euros para la línea 5 y 160.000 euros para las líneas 2 y 3.

Serán elegibles los costes ligados al funcionamiento de los aparatos y equipos descritos, tanto los costes de suscripción a software (se admitirá solo el gasto del período de suscripción durante el período de ejecución de la ayudas) como de las licencias de software para el uso de la solución objeto de las actuaciones realizadas.

Se podrán subvencionar inversiones financiadas mediante arrendamiento financiero (leasing) o cualquier otra figura análoga, subvencionándose, en este caso, únicamente el importe correspondiente a la opción de compra. La opción de compra deberá realizarse en el plazo de ejecución de la inversión.

Buscador de ayudas

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