Inversiones en Infraestructuras de Regadíos con Objetivos Ambientales

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Objetivo: Fomentar la modernización de infraestructuras y sistemas de regadíos con objetivos ambientales en la Comunidad de Madrid.

Los proyectos de modernización de regadíos deberán incluir, al menos, dos de las siguientes medidas para contribuir al cumplimiento de los objetivos medioambientales:

  • Incorporación de herramientas para la monitorización por sensores del contenido de humedad del suelo.
  • Inclusión de sistemas comunes/colectivos de monitorización automática para el control y seguimiento del contenido de nutrientes, principalmente nitrógeno y potasio, así como otros iones potencialmente contaminantes de las masas de agua (nitratos y fosfatos).
  • Adecuación de balsas para protección de fauna silvestre.
  • Incorporación de acciones concretas de divulgación y formación en buenas prácticas agrícolas dirigidas a los miembros de las comunidades de usuarios del agua.
  • Ejecución de estructuras vegetales de conservación destinadas a la retención y regulación de aguas y/o control de escorrentía, absorción de nutrientes y protección frente a la erosión del suelo.

Actuaciones subvencionables

a) Mejora de las estructuras hidráulicas existentes.

b) Modificación del sistema de bombeo, transporte y distribución.

c) Cambio del sistema de aplicación de agua.

d) Instalación o mejora de la red de drenaje.

e) Mejora de la capacidad de regulación, almacenamiento y control del agua de riego.

f) Sistemas de medición y control de las extracciones y del uso de agua.

g) Mejora en la gestión del agua.

h) Instalación o mejora de tecnologías de la información y comunicación (TIC).

i) Actuaciones en sistemas de depuración. Obras de reutilización de aguas regeneradas o desaladas.

j) Implantación y mejora de las instalaciones eléctricas vinculadas a los sistemas de riego.

k) Implantación y mejora de instalaciones de suministro energético basadas en energías renovables.

l) Mejora de la eficiencia energética de las infraestructuras hídricas.

m) Actuaciones de reducción, mejora o compensación de los efectos ambientales causados por las operaciones.

Características de la ayuda:

  • Plazo máximo de ejecución y justificación de las inversiones y gastos de la convocatoria 2024: 1/04/2025.
  • Concurrencia competitiva.
  • Incompatibles con cualquier otra ayuda que para el mismo objeto y finalidad haya sido concedida por la Comunidad de Madrid u otras administraciones públicas o entes públicos o privados, nacionales o internacionales y, en general con cualquier tipo de ayudas con fondos procedentes de la Unión Europea.
  • Fondo europeo agrícola de desarrollo rural (FEADER), por la administración general del estado y por la comunidad de Madrid.

Ámbito: Madrid

Presupuesto: 500.000 €

Plazo de solicitud: Del 12/11/2024 al 25/11/2024

Organismo: Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior

Naturaleza de proyecto: Eficiencia Energética, Renovables, Movilidad y Medio Ambiente - Inversión Industrial Productiva - Sostenibilidad y Economía Circular

Comunidades de regantes reconocidas por el organismo de cuenca.

Subvenciones de capital del 80% de la inversión subvencionable en el caso de los grandes regadíos y del 90% en el caso de los pequeños regadíos.

a) Construcción o mejora de bienes inmuebles, incluidas instalaciones. Sólo serán subvencionables cuando se realicen por contrata.

b) Compra de nueva maquinaria, equipos e instalaciones (incluidas Tecnologías de información y comunicación y hardware). En particular, será subvencionable el equipamiento de medición volumétrica de consumo de agua.

c) Adquisición o desarrollo de programas informáticos (software) y adquisición de patentes, licencias, derechos de autor o marcas registradas.

e) Costes de asistencia técnica (arquitectos, ingenieros, asesores) vinculados a las actuaciones subvencionables: estudios previos, proyectos, direcciones de obra, estudios de impacto ambiental, etc. Estos gastos solo serán subvencionables hasta un máximo, por el conjunto de todos ellos, del 12% de la inversión total auxiliable definida en los apartados a, b y c de este punto. Individualmente estos trabajos serán subvencionables hasta los siguientes topes: 1.o Proyectos de ejecución: hasta el 4%. 2.o Direcciones de obra, incluyendo en su caso, certificaciones parciales, final, así como proyectos modificados y proyecto “as built”: hasta el 4%. 3.o Resto de trabajos, tales como estudios previos, de la viabilidad, anteproyectos, memorias técnicas, estudios de impacto ambiental, dirección ambiental, coordinación de seguridad y salud, etc.: hasta el 2% cada uno de ellos.

f) Tasa de la licencia urbanística municipal.