Inversión Industrial en Cantabria (Crece1)
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Objetivo: La línea de subvenciones CRECE 1 tiene como finalidad apoyar las inversiones en el sector industrial encaminadas a incrementar la productividad y competitividad de las microempresas mediante la adquisición de nuevos activos.
Características de las inversiones:
- Deberán estar facturadas y pagadas íntegramente con carácter previo a la presentación de la solicitud.
- Además, se establecen los siguientes importes mínimos y máximos de inversión subvencionable:
- El importe total de la inversión subvencionable suma de los importes de los conceptos de inversión subvencionables debe estar comprendido entre 3.000 y 50.000 euros.
- Se establece un importe mínimo para cada concepto de inversión de 500 euros por unidad, entendiendo por unidad un conjunto homogéneo funcional y no sus elementos o partes.
- Las inversiones deberán realizarse y estar ubicadas en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Deberán mantenerse y aplicarse al desarrollo de la actividad empresarial por un plazo mínimo de 3 años siguientes al pago final a la persona beneficiaria.
- Podrán ser presentadas hasta dos solicitudes de ayuda por microempresa solicitante y año natural de presentación.
- Se admite el arrendamiento financiero («leasing») para bienes de equipo, instalaciones, y maquinaria.
Características de la ayuda:
- Plazo de presentación de solicitudes:
- Para las inversiones realizadas después del 14/02/2025, las solicitudes de subvención deberán presentarse en el plazo de seis meses contado a partir del día siguiente al completo pago de los gastos subvencionables al proveedor o proveedores.
- En el caso de inversiones realizadas entre el 1 de julio de 2024 y el 13/02/2025, el plazo de presentación será hasta el 14/06/2025.
- La percepción de una subvención estará sujeta a las siguientes reglas de compatibilidad:
- Para la misma inversión subvencionada:
- Será incompatible con cualquiera otra subvención, ayuda, ingreso o recurso procedente de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria o de su sector público institucional.
- Será compatible con cualquier otra subvención, ayuda, ingreso o recurso procedente de otras Administraciones o entes, públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, siempre que el importe total de las ayudas no supere el límite fijado en la normativa aplicable, indicado en la siguiente letra, ni tampoco el coste de la inversión subvencionada, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.
- Para otras ayudas concedidas a la misma microempresa será de aplicación el régimen de mínimis.
- Para la misma inversión subvencionada:
- Concesión directa. El procedimiento se iniciará a solicitud de las empresas interesadas.
Ámbito: Cantabria
Presupuesto: 7.800.000 €
Plazo de solicitud: Del 14/02/2025 al 14/06/2025
Organismo: Gobierno de Cantabria, Consejería de Industria, Turismo, Innovación, Transporte y Comercio
Naturaleza de proyecto: Inversión Industrial Productiva
BENEFICIARIO
Microempresa, cualquiera que sea su forma jurídica, que esté válidamente constituida en el momento de presentar la solicitud, sea titular de un establecimiento en Cantabria que desarrolle alguna de las actividades económicas relacionadas en el artículo 5 de las bases, esté dada de alta en el epígrafe correspondiente del impuesto sobre actividades económicas y en la Seguridad Social y disponga de las autorizaciones que la normativa nacional y comunitaria le exija para su actividad industrial.
Asimismo, podrán tener la condición de persona beneficiaria las fundaciones, siempre que realicen una actividad mercantil en las condiciones exigidas para la microempresa, debiendo estar inscritas en el Registro de Fundaciones.
La concurrencia de las citadas circunstancias se apreciará de oficio por el órgano instructor.
TIPO Y CUANTÍA DE LA FINANCIACIÓN
Subvención.
El importe de la ayuda será del 40% de la inversión subvencionable.
Y podrá ascender al 45% de la inversión subvencionable si se realiza en:
- Comarcas del Besaya y Campoo: Cartes, Los Corrales de Buelna, Miengo, Polanco, Reocín, San Felices de Buelna, Santillana, Suances, Torrelavega, Campoo de Yuso, Hermandad de Campoo de Suso, Campoo de Enmedio, Las Rozas de Valdearroyo, Pesquera, Reinosa, Santiurde de Reinosa, San Miguel de Aguayo, Valdeolea, Valdeprado del Río y Valderredible.
- Municipios en riesgo de despoblamiento, riesgo grave de despoblamiento o con tratamiento especial y diferenciado, de acuerdo con la relación aprobada y publicada al efecto por la Comunidad Autónoma de Cantabria.
GASTOS FINANCIABLES
Los activos nuevos siguientes:
- Bienes de equipo, máquinas y herramientas;
- Instalaciones y servicios auxiliares;
- Informática («software» y «hardware») y comunicaciones (excluidos teléfonos móviles o fijos y tablets), así como elementos de transporte interior.