Inversión en Grandes Empresas Industriales
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Objetivo: Fomentar la inversión en las grandes empresas industriales de Navarra, con el fin de reforzar el crecimiento sostenible, la competitividad y la creación de empleo en las mismas.
Actuaciones subvencionables:
a) Creación de un nuevo establecimiento.
b) Diversificación de la actividad de un establecimiento, siempre y cuando la nueva actividad no sea una actividad idéntica o similar a la realizada anteriormente en el establecimiento (conforme a la definición 50 del artículo 2 del RGEC.
c) Adquisición de activos pertenecientes a un establecimiento, siempre y cuando la nueva actividad a realizar utilizando activos adquiridos no sea la misma o similar (conforme a la definición 50) del artículo 2 del RGEC a la realizada en el establecimiento con anterioridad a la adquisición, y se cumplan las siguientes condiciones.
d) Mejora de la eficiencia de los procesos industriales.
e) Incorporación de actividades industriales de otras plantas productivas de fuera de Navarra.
Características de la ayuda:
- Plazo ejecución: entre la fecha de solicitud de las ayudas y el 31 de mayo de 2026.
- Presupuesto mínimo: 300.000 €
- Concurrencia competitiva.
- Efecto incentivador.
- Compatibles, para los mismos gastos, con otras subvenciones de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.
Ámbito: Navarra
Presupuesto: 2.000.000 €
Plazo de solicitud: Del 29/01/2025 al 28/03/2025
Organismo: Comunidad Floral de Navarra
Naturaleza de proyecto: Desarrollo Empresarial - Inversión Industrial Productiva
BENEFICIARIO
Gran empresa con establecimiento en Navarra o tener previsto tenerlo.
TIPO Y CUANTÍA DE LA FINANCIACIÓN
Subvención del 10% del presupuesto subvencionable del proyecto de inversión con un límite de 200.000 € por proyecto de inversión
Cada empresa podrá solicitar ayuda para un proyecto de inversión por establecimiento, siendo el máximo de ayuda que pueda recibir en total una empresa de 200.000 euros.
Ayudas de minimis.
GASTOS FINANCIABLES
Activos materiales e inmateriales que cumplan las siguientes condiciones:
a) Adquisición de terrenos para uso industrial, por un importe que no exceda del 10% del presupuesto subvencionable del proyecto.
b) Adquisición, construcción o mejora de bienes inmuebles e instalaciones generales.
c) Adquisición de maquinaria y bienes de equipo e instalaciones anexas.
d) Adquisición de activos inmateriales: patentes, licencias, conocimientos técnicos u otros derechos de propiedad intelectual. En el caso de los proyectos de inversión tipo A, el coste subvencionable de los activos inmateriales estará limitado al 50% del coste subvencionable del proyecto.
e) Otros costes vinculados a los de las letras b), c) y d), como los soportados por la obtención de licencias de obra, de actividad y de apertura, o los honorarios de empresas de arquitectura, ingeniería o consultoría, con el límite del 20% del coste de aquellos.