Proyectos de Innovación en Procesos u Organización
- Inicio
- |
- Subvenciones y créditos
- |
- Proyectos de Innovación en Procesos u Organización
Concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva correspondiente a la Línea de Subvención «Programa de Apoyo a la I+D+i Empresarial» para la tipología de «Proyectos de Innovación en Procesos u Organización»:
- Serán proyectos que tengan como objetivo introducir mejoras sustanciales en los procesos o en la organización de una PYME a través de la aplicación de un método de producción o suministro nuevo o significativamente mejorado, incluidos cambios significativos en cuanto a técnicas, equipos o programas informáticos o en la aplicación de un nuevo método organizativo a las prácticas comerciales, la organización del centro de trabajo o las relaciones exteriores de una empresa.
- No se considerarán subvencionables los proyectos consistentes en cambios o mejoras de importancia menor, los cambios periódicos de carácter estacional u otros cambios cíclicos y el comercio de productos nuevos o significativamente mejorados. Tampoco se incluyen los cambios basados en métodos organizativos ya empleados en la empresa, los cambios en la estrategia de gestión, las fusiones y adquisiciones.
El presupuesto máximo de los proyectos será de 600.000 euros.
Ámbito: Andalucía
Presupuesto: 600.000 €
Plazo de solicitud: desde el 15/09/2022 al 15/10/2022
Organismo: Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía
Naturaleza de proyecto: I+D+i
BENEFICIARIO
Los proyectos habrán de ser presentados por una empresa que tenga la consideración de PYME.
TIPO Y CUANTÍA DE LA FINANCIACIÓN
Los proyectos que resulten subvencionados recibirán el siguiente porcentaje de subvención sobre el total de la inversión determinada como subvencionable: 30% para Mediana Empresa, y 35% para Pequeña Empresa.
GASTOS FINANCIABLES
Con carácter general:
- Gastos de personal relacionados con el personal investigador, el personal técnico y demás personal auxiliar, en la medida en que estén dedicados al proyecto subvencionado y se haya incurrido en ellos efectivamente. Sólo serán subvencionables aquellos gastos del personal relacionado con el proyecto subvencionado y que la entidad no llevaría a cabo si no realizara el mismo.
- Costes del instrumental y material de nueva adquisición, en la medida y durante el período en que se utilicen para el proyecto.
- Los costes de investigación contractual, conocimientos y patentes adquiridos u obtenidos por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia, así como los costes de consultoría y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva al proyecto.
- Los gastos generales suplementarios directamente derivados del proyecto y que sean necesarios para su ejecución, incluyendo entre estos los costes indirectos, con los requisitos y límites de la Orden HFP/1979/2016, de 29 de diciembre.
- Otros gastos de explotación adicionales, no mencionados en los apartados anteriores, incluidos los costes de material, suministros y productos similares, que se deriven directamente del proyecto.
La duración máxima de los proyectos será de dos (2) años a partir de la fecha de presentación de la solicitud.