Infraestructuras Eléctricas, Gasísticas, Hidráulicas y de Conectividad Teruel

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Objetivo: Favorecer la ejecución de infraestructuras eléctricas, gasísticas, hidráulicas y de conectividad inalámbrica en la provincia de Teruel, que promuevan directa o indirectamente la creación de renta y riqueza, sean generadoras de empleo y contribuyan a la fijación de población.

Actuaciones subvencionables

Las inversiones correspondientes a la ejecución de infraestructuras eléctricas, gasísticas, hidráulicas y de conectividad inalámbrica, que correspondan a nuevas conexiones o mejora y renovación de los existentes, y que se ubiquen en la provincia de Teruel.

Características de la ayuda:

  • Ejecución: 1 de enero de 2023 hasta el 31 de octubre de 2025.
  • Concurrencia competitiva.
  • Compatibles con otras ayudas o ingresos para la misma finalidad procedentes de otras administraciones públicas o entidades privadas.
  • Justificación de las ayudas deberá realizarse como fecha límite el 31 de octubre del 2025.

Ámbito: Aragón

Presupuesto: 1.000.000 €

Plazo de solicitud: Del 18/12/2024 al 10/01/2025

Organismo: Instituto Aragonés De Fomento (IAF)

Naturaleza de proyecto: Digitalización - Inversión Industrial Productiva - Eficiencia Energética, Renovables, Movilidad y Medio Ambiente

Empresas (grandes y pymes), autónomos y las entidades y administraciones públicas de la provincia de Teruel.

Subvenciones.

Porcentajes ayuda

Hasta el 20% para grandes empresas.

Hasta el 30% medianas empresas.

Hasta el 40% autónomas, microempresas y empresas de pequeño tamaño. 5.

Si el beneficiario es una entidad o administración pública el porcentaje de ayuda podrá ser hasta el 100% de la inversión.

Importe de cada subvención no podrá ser inferior a 20.000 euros ni superar los 200.000 euros en el caso de empresas y los 250.000 euros en el caso de administraciones y entidades públicas.

Ayudas acogidas al régimen de minimis.

Gastos de redacción de proyecto, dirección de obra y coordinación de seguridad y salud, licencias y autorizaciones hasta un máximo del 10% del presupuesto de ejecución material de la inversión total, y siempre que sean indispensables para la adecuada preparación o ejecución de la misma.