Iniciativas de Desarrollo Empresarial en el Medio Rural

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Objetivo: Impulsar iniciativas de desarrollo empresarial en el medio rural de Aragón, con especial incidencia en los municipios de menos de 5.000 habitantes.

Líneas de ayuda:

  1. Línea de ayuda a empresas establecidas en el medio rural.
  2. Línea de ayuda a iniciativas emprendedoras.

Será condición imprescindible que las actuaciones objeto de la subvención incluyan un proyecto de inversión.

Características de la ayuda:

  • Presupuesto mínimo financiable: 30.000€ linea 1 y 30.000 € línea 2.
  • Actuaciones subvencionables: Efectuadas y pagadas en el periodo incluido entre el 01/01/2024 y el 31/12/2024, ambos inclusive.
  • Efecto incentivador.
  • Concurrencia competitiva.
  • Compatibles con la percepción de otras subvenciones, ayudas o ingresos para la misma finalidad. La suma de las mismas no podrá superar con carácter general el 80% del coste subvencionable.

Ámbito: Aragón

Presupuesto: 750.000 €

Plazo de solicitud: Del 19/11/2024 al 02/12/2024

Organismo: Departamento Vicepresidencia Del Gobierno Y Departamento De Presidencia, Economía Y Justicia

Naturaleza de proyecto: Desarrollo Empresarial - I+D+i - Inversión Industrial Productiva

Empresarios autónomos. Personas físicas establecidas en el medio rural de la Comunidad Autónoma de Aragón que realicen de forma habitual, personal, directa y por cuenta propia una actividad económica o profesional a título lucrativo, dé o no ocupación a trabajadores por cuenta ajena.

Pequeñas empresas establecidas en el medio rural de la Comunidad Autónoma de Aragón, legalmente constituidas, con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar.

Cada solicitante presentará un único proyecto.

En el caso de empresarios autónomos únicamente podrán ser beneficiarios aquellos que den ocupación al menos a un trabajador.

Requisitos:

Personas físicas deberán tener el centro de trabajo en un municipio del medio rural de Aragón y en el caso de las pequeñas empresas deberán tener, al menos un centro de trabajo en funcionamiento en el medio rural.

Estar de alta, en el momento de presentar la solicitud de subvención, en el Régimen que legalmente le corresponda, en el Impuesto sobre Actividades Económicas, y en la Seguridad Social, así como estar inscrita en el Registro Mercantil en su caso.

Subvenciones del 80% en el caso de la línea de ayudas a iniciativas emprendedoras y del 70% para ayuda a empresas establecidas en el medio rural con un máximo de 50.000 € para ambas líneas

Ayuda sujeta al régimen de minimis.

Subcontratación: máximo del 50% del importe de la actividad subvencionada.

Anticipo: Garantía igual al pago anticipado incrementado en máximo del 20%.

Línea de ayuda a empresas establecidas en el medio rural.

Gastos e inversiones subvencionables que estén destinados a la mejora, acondicionamiento, reforma, adaptación, equipamiento, modernización y/o digitalización de la actividad empresarial y que se deriven de los siguientes conceptos:

Activos materiales: activos correspondientes a instalaciones, instrumental de laboratorio e investigación, maquinaria y equipos, mobiliario y otros activos fijos relacionados directamente con la actividad económica principal del beneficiario objeto de subvención y que deberán ser utilizados o entrar en funcionamiento por primera vez

Instalación de los activos descritos en el punto anterior, incluyendo todos los trabajos y servicios necesarios para su correcta puesta en funcionamiento y operatividad en el contexto de la actividad empresarial.

Obras relacionadas con la ubicación de activos subvencionados. En caso de que fueran necesarios trabajos de preparación, planificación, diseño, redacción y dirección facultativa en la obra el importe máximo subvencionable será del 6% del total de la inversión aprobada para esta partida.

Activos inmateriales vinculados a la transferencia de tecnología mediante la adquisición de derechos de patentes, otros activos como licencias, “know how” o conocimientos técnicos no patentados, de inversión inmaterial de adquisición de tecnologías asociadas al proyecto o que tengan como finalidad el aumento de la capacidad productiva, fomenten la innovación y el diseño, y/o supongan una cooperación efectiva entre entidades.

Activos materiales e inmateriales para el desarrollo, implantación y puesta en marcha de soluciones de digitalización, sostenibilidad y eficiencia energética o proyectos de I+D+i.

Gastos de desarrollo de producto y/o prototipos o mínimos productos viables.

Adecuación y equipamiento de oficinas y zonas de trabajo.

Gastos corrientes directamente relacionados el desarrollo de la actividad empresarial: actividades de formación y capacitación para el personal propio, costes por uso o alquiler de activos materiales o inmateriales, gastos derivados de la recepción de un servicio de asesoramiento especializado e individualizado y dirigido a favorecer el crecimiento de la actividad empresarial, apertura  de nuevas líneas de negocio, impulsar su transformación digital, la innovación, así  como fomentar la integración de energías renovables y principios de economía circular en sus operaciones.

Costes indirectos: 10% de la cuantía total objeto de subvención y con otras limitaciones.

Línea de ayuda a iniciativas emprendedoras.

Gastos e inversiones subvencionables que estén destinados a la mejora, acondicionamiento, reforma, adaptación, equipamiento, modernización y/o digitalización de la actividad empresarial y que se deriven de los siguientes conceptos:

Activos materiales: : activos correspondientes a instalaciones, instrumental de laboratorio e investigación, maquinaria y equipos, mobiliario y otros activos fijos relacionados directamente con la actividad económica principal del beneficiario objeto de subvención y que deberán ser utilizados o entrar en funcionamiento por primera vez

Instalación de los activos descritos en el punto anterior, incluyendo todos los trabajos y servicios necesarios para su correcta puesta en funcionamiento y operatividad en el contexto de la actividad empresarial.

Obras relacionadas con la ubicación de activos subvencionados. En caso de que fueran necesarios trabajos de preparación, planificación, diseño, redacción y dirección facultativa en la obra el importe máximo subvencionable será del 6% del total de la inversión aprobada para esta partida.

Activos inmateriales vinculados a la transferencia de tecnología mediante la adquisición de derechos de patentes, otros activos como licencias, “know how” o conocimientos técnicos no patentados, de inversión inmaterial de adquisición de tecnologías asociadas al proyecto o que tengan como finalidad el aumento de la capacidad productiva, fomenten la innovación y el diseño, y/o supongan una cooperación efectiva entre entidades.

Activos materiales e inmateriales para el desarrollo, implantación y puesta en marcha de soluciones de digitalización, sostenibilidad y eficiencia energética o proyectos de I+D+i.

Gastos de desarrollo de producto y/o prototipos o mínimos productos viables.

Adecuación y equipamiento de oficinas y zonas de trabajo.

Gastos relacionados con el personal.

Gastos corrientes directamente relacionados el desarrollo de la actividad empresarial: Creación de página web y soluciones de e-commerce, actividades de formación y capacitación para el personal propio, costes por uso o alquiler de activos materiales o inmateriales, gastos derivados de la recepción de un servicio de asesoramiento especializado e individualizado y dirigido a favorecer el crecimiento de la actividad empresarial, apertura  de nuevas líneas de negocio, impulsar su transformación digital, la innovación, así  como fomentar la integración de energías renovables y principios de economía circular en sus operaciones, gastos de constitución de la empresa, costes de alquiler de instalaciones donde se ubique el centro de trabajo y gastos de material fungible.

Para cada una de las partidas se establecen limites

Costes indirectos 10% de la cuantía total objeto de subvención y con otras limitaciones.

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