Implementación de Actuaciones de Descarbonización en el Sector Industrial

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Objetivo: Contribuir a alcanzar los objetivos previstos en el citado Reglamento, que están alineados con el Plan Energético de Navarra Horizonte 2030, a través de la promoción de actuaciones de descarbonización en PYMEs y grandes empresas del sector industrial.

Actuaciones subvencionables

Eficiencia energética:

Inversiones en sustitución o mejora de equipos e instalaciones que reduzcan el consumo de energía final y las emisiones de CO2.

Implantación o mejora de sistemas de gestión energética que reduzcan el consumo de energía final y las emisiones de CO2.

Autoconsumo eléctrico: Implantación de instalaciones de generación de electricidad de tecnología fotovoltaica destinadas al autoconsumo según lo establecido en el Real Decreto 244/2019. 

Tipos de actuaciones en función del plazo de ejecución:

Tipo 1:  Actuaciones cuyo plazo  de  ejecución  deberá  estar  comprendido entre el 1 de enero del 2025 y el 30 de septiembre de 2025.

Tipo 2: Actuaciones  cuyo  plazo  de  ejecución  deberá  estar  comprendido entre el 1 de enero del 2025 y el 15 de septiembre de 2026 y para las que no se solicita abono parcial de la ayuda en 2025 correspondiente al importe de la inversión facturada y  pagada en 2025.

Tipo 3: Actuaciones  cuyo  plazo  de  ejecución  deberá  estar  comprendido entre el 1 de enero del 2025 y el 15 de septiembre de 2026 y para las que sí se solicita abono parcial de la ayuda en 2025 correspondiente al importe de la inversión facturada y pagada hasta el 30 de septiembre de 2025.

Características de la ayuda:

  • Plazo de ejecución:
    • Inicio: Ayudas enmarcadas en el régimen de minimis será el 1 de enero de 2025 y 0 ayudas enmarcadas en el Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, el inicio de la actuación subvencionada será en cualquier caso posterior a la fecha de la solicitud de la ayuda.
    • Final: dependerá de la tipología de proyecto. Tipo 1: 30 de septiembre de 2025. Tipo 2 y 3: 15 de septiembre de 2026.
  • Concurrencia competitiva.
  • Incompatibles, para los mismos gastos, con otras subvenciones de la Administración de  la Comunidad  Foral de Navarra.

Ámbito: Navarra

Presupuesto: 3.500.000 €

Plazo de solicitud: Del 04/02/2025 al 03/04/2025

Organismo: Departamento de Industria y de Transición Ecológica y Digital Empresarial

Naturaleza de proyecto: Eficiencia Energética, Renovables, Movilidad y Medio Ambiente

PYMEs o grandes empresas con los siguientes CNAE.

  • Extracción de minerales metálicos.
  • Otras industrias extractivas.
  • Actividades de apoyo a la industria extractiva.
  • Industria de la alimentación.
  • Fabricación de bebidas.
  • Industria textil.
  • Confección de prendas de vestir.
  • Industria del cuero y del calzado.
  • Industria de la madera y corcho, excepto muebles, cestería y espartería.
  • Industria del papel.
  • Artes gráficas y reproducción de soportes grabados.
  • Coquerías y refino de petróleo.
  • Industria química.
  • Fabricación de productos farmacéuticos.
  • Fabricación de productos de caucho y plásticos.
  • Fabricación de otros productos minerales no metálicos.
  • Metalurgia; Fabricación de hierro, acero y ferroaleaciones.
  • Fabricación de productos metálicos, excepto maquinaria y equipo.  
  • Fabricación de productos informáticos, electrónicos y ópticos.  
  • Fabricación de material y equipo eléctrico.
  • Fabricación de maquinaria y equipo n.c.o.p.
  • Fabricación de vehículos a motor, remolques y semirremolques.  
  • Fabricación de otro material de transporte.  
  • Fabricación de muebles.
  • Otras industrias manufactureras.
  • Reparación e instalación de maquinaria y equipo. 
  • Suministro de energía eléctrica, gas, vapor y aire acondicionado.  
  • Captación, depuración y distribución de agua.  
  • Recogida y tratamiento de aguas residuales.  
  • Recogida, tratamiento y eliminación de residuos; valorización.  
  • Actividades de descontaminación y otros servicios de gestión de residuos.

Subvención.

Actuaciones de eficiencia energética:

-Ayudas  acogidas al Régimen de mínimis: 50% del gasto subvencionable y hasta un máximo de ayuda de 300.000 euros.

-Ayudas acogidas a régimen del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014:

Tamaño de la empresa

Porcentaje de ayuda (%)

Cuantía máxima de ayuda (€)


Pequeña empresa


50


Mediana empresa

40

300.000

Gran empresa

30


Actuaciones de autoconsumo eléctrico

-Ayudas acogidas al Régimen de minimis: 25% del gasto subvencionable y hasta un máximo de ayuda de 200.000 euros.

-Ayudas acogidas a régimen del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014:

Tamaño de la empresa

Porcentaje de ayuda (%)

Cuantía máxima de ayuda (€)


Pequeña empresa


25


Mediana empresa

20

200.000

Gran empresa

15

Eficiencia energética:

  • Inversiones en  sustitución  o  mejora  de  equipos  e  instalaciones  que  reduzcan  el consumo de energía final y las emisiones de CO2.
  • Implantación o mejora de sistemas de gestión energética que reduzcan el consumo de energía final y las emisiones de CO2.

Autoconsumo eléctrico: Sólo serán subvencionables los gastos relacionados con los trabajos necesarios para la conexión de la instalación de generación con la red de distribución.