Hub Aeronáutico Net Zero Jerez

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Objetivo: desarrollo de un ecosistema industrial en Jerez especializado en la aeronáutica sostenible, a través de proyectos y capacidades industriales generadoras de empleo de alta cualificación.

Ámbito territorial

Término municipal de Jerez de la Frontera (Cádiz) o municipios contiguos exclusivamente para el caso de actividades aeronáuticas que requieran de infraestructuras específicas.

Tipología de proyectos

A.1.1. Diversificación económica, modernización y reconversión mediante inversiones productivas y de tecnologías y logística avanzada.

– 1.1. Proyectos de desarrollo y certificación de aeronaves eléctricas.

– 1.2. Proyectos de operaciones y servicios para el mantenimiento, reparación y revisión de aeronaves (MRO), priorizando las basadas en procesos digitales y sostenibles, nuevos, ampliados o mejorados, y con diferente alcance, aplicadas a diferentes tipos de aeronaves, entre las que se encuentran los aviones comerciales, avionetas o aviones de pequeño tamaño, drones, helicópteros, u otras de uso recreativo.

– 1.3. Instalaciones dedicadas a los Sistemas Aéreos No Tripulados (UAS/UAVs), incluyendo la fabricación, ensamblaje y pruebas de estos sistemas, contribuyendo al crecimiento de la industria aeroespacial en la región.

– 1.4. Inversiones necesarias para el desarrollo de actividades aeronáuticas de alto valor añadido para el territorio y la especialización aeronáutica, entre las que se incluyen simuladores de vuelo u operaciones aeronáuticas.

B.1. Inversiones en la creación de nuevas empresas o aceleración de empresas para la innovación, incluso a través de viveros de empresas y servicios de consultoría, que conduzcan a la creación de empleo.

– 2.1. Adquisición servicios de aceleración de empresas para la innovación en materia aeronáutica y aviación sostenible.

– 2.2. Asesoramiento a nuevas empresas, para facilitar su transición digital o la entrada de nuevas tecnologías que les permita mejorar la competitividad en materia de industria, tecnología y servicios industriales del sector aeronáutico.

– 2.3. Proyectos de certificación aeronáutica y laboratorios, que conlleven una reducción de la huella de carbono.

B.2. Refuerzo de las capacidades para el desarrollo tecnológico y la especialización inteligente a través de procesos de innovación, investigación y desarrollo.

– 3.1. Proyectos de innovación en los productos enmarcados en la iniciativa europea «Clean Aviation».

– 3.2. Proyectos de innovación en materia de aviación sostenible, así como en equipos de salvamento y seguridad. Los dirigidos proyectos de innovación aplicada a nuevos materiales y tecnologías avanzadas.

– 3.3. Proyectos de desarrollo de nuevos combustibles, materiales, incluidos materiales ecológicos o recuperados, o energía para la aviación.

– 3.4. Desarrollo de tecnologías digitales e innovación de tecnología profunda o tecnologías limpias y eficientes en el uso de los recursos en el sector aeronáutico.

– 3.5. Implantación y puesta en marcha de laboratorio de tecnologías avanzadas para la aviación sostenible del futuro.

– 3.6. Infraestructuras de desarrollo, entendida como establecimientos productivos o centros operativos y aplicación de tecnologías de materiales avanzados, con el objetivo es impulsar la innovación y la aplicación de estos materiales en la industria aeronáutica, pudiendo estar en relación con otros sectores de transición justa en la provincia como el sector naval.

C.2. Infraestructura para los combustibles alternativos.

– 4.1. Proyectos de inversión en infraestructura de recarga o repostaje no abierta al acceso de usuarios diferentes del beneficiario o beneficiarios de la ayuda, incluidos los proyectos de generación y uso de «hidrógeno renovable» para las actividades del hub aeronáutico y otras actividades logísticas, de movilidad o industriales.

– 4.2. Proyectos de inversión en infraestructura de recarga o repostaje abierta al acceso de usuarios diferentes del beneficiario o beneficiarios de la ayuda, incluidos los proyectos de generación y uso de «hidrógeno renovable» para las actividades del hub aeronáutico y otras actividades logísticas, de movilidad o industriales.

Características de la ayuda:

  • Plazo ejecución: se establecerá en cada resolución de concesión de los correspondientes incentivos, en función del calendario incluido en la memoria aportada.
  • Presupuesto financiable: en función del % de la ayuda conociendo que la subvención mínima a solicitar en cada tipología.
  • Concurrencia competitiva.
  • Efecto incentivador.
  • Fondo de Transición Justa de España 2021-2027.
  • Sujeto al principio de DNSH.

Ámbito: Andalucía

Presupuesto: 17.330.180 €

Plazo de solicitud: Del 05/05/2025 al 04/09/2025

Organismo: Gobierno de Andalucía. Consejería de Industria, Energía y Minas

Naturaleza de proyecto: Desarrollo Empresarial - Eficiencia Energética, Renovables, Movilidad y Medio Ambiente - I+D+i - Inversión Industrial Productiva

a) Personas físicas y jurídicas privadas, con o sin ánimo de lucro, que tengan la consideración de empresa siempre que la actuación para la que se solicite el incentivo se destine a la actividad económica.

b) Clústeres, asociaciones o agrupaciones empresariales, que tengan alguna de las formas jurídicas legalmente válidas para el desarrollo de sus actividades.

Para las personas físicas y jurídicas privadas, con o sin ánimo de lucro, sus actividades, en relación con el objeto incentivado y el ecosistema industrial que se impulsa, se deberán encuadrar en los códigos CNAE 2009 detallados en el Anexo IV.

Las personas físicas y jurídicas privadas, con o sin ánimo de lucro, deberán tener la consideración microempresa, pequeña o mediana empresa (PYME) de deberán tener la consideración de microempresa, pequeña o mediana empresa (PYME).

Subvención.

Posibilidad de acogerse a régimen de minimis.

Tipología de proyectos

Encuadramiento en caso de aplicación del Reglamento (UE) núm. 651/2014 por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles (RGEC)

Intensidad de incentivo y cuantía mínima de la subvención

Desglose de categorías de ayuda

Subcategorías de ayuda incluidas

Medianas empresas

Pequeñas empresas, micropymes y autónomos

«A.1.1. Diversificación económica, modernización y reconversión mediante inversiones productivas y de tecnologías y logística avanzada»

Ayudas regionales a la inversión (artículo 14 RGEC)

Inversiones en activos materiales e inmateriales.

60 %

(cuantía mínima 100.000 €)

70 %

(cuantía mínima 100.000 €)

«B.1. Inversiones en la creación de nuevas empresas o aceleración de empresas para la innovación, incluso a través de viveros de empresas y servicios de consultoría, que conduzcan a la creación de empleo»

Reglamento de Minimis

Aceleración de sturtups

 

100 %

Reglamento Minimis

(cuantía mínima 10.000 €)

Impulso a nuevas empresas y certificaciones aeronáuticas

80 %

Reglamento Minimis

(cuantía mínima 10.000 €)

«B.2. Refuerzo de las capacidades para el desarrollo tecnológico y la especialización inteligente a través de procesos de innovación, investigación y desarrollo»

Ayudas a proyectos de investigación y desarrollo (Artículo 25 RGEC).

Investigación industrial

75 %

(cuantía mínima 100.000 €)

80 %

(cuantía mínima 100.000 €)

Desarrollo experimental

50 %

(cuantía mínima 100.000 €)

60 %

(cuantía mínima 100.000 €)

Estudios de viabilidad

60 %

(cuantía mínima 30.000 €)

70 %

(cuantía mínima 30.000 €)

Ayudas a la innovación en favor de las pymes (Artículo 28 RGEC).

Obtención, validación y defensa de patentes y otros activos inmateriales

50 %

(cuantía mínima 30.000 €)

Envío en comisión de servicio de personal altamente cualificado procedente de un organismo de investigación y difusión de conocimientos o una gran empresa.

50 %

(cuantía mínima 10.000 €)

Servicios de asesoramiento y apoyo en materia de innovación, incluidos los servicios prestados por organismos de investigación y difusión de conocimientos, infraestructuras de investigación, infraestructuras de ensayo y experimentación o agrupaciones empresariales innovadoras.

50 %  ó 100 %

(100% siempre que el importe total de las ayudas para estos servicios no sea superior a 220.000 € por empresa en cualquier período de 3 años)

(cuantía mínima 30.000 €)

«C.2. Infraestructura para los combustibles alternativos»

Ayudas a la inversión para la protección del medio ambiente, incluida la descarbonización (artículo 136 RGEC)

Proyectos de protección del medioambiente y descarbonización.

65 %

(cuantía mínima 100.000 €)

75 %

(cuantía mínima 100.000 €)

Para las tipologías de proyectos «A.1.1. Diversificación económica, modernización y reconversión mediante inversiones productivas y de tecnologías y logística avanzada»  y y «C.2. Infraestructura para los combustibles alternativos».

  1. Conceptos de inversión en activos materiales:
    1. Urbanización, traídas y acometidas de servicios de acuerdo a las condiciones establecidas en las bases reguladoras.
    2. Naves y construcciones de acuerdo a las condiciones establecidas en las bases reguladoras.
    3. Infraestructura eléctrica y de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, TIC, ligadas al establecimiento, incluidos los equipos informáticos o de infraestructura de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, TIC.
    4. Instalaciones para la traída y acometida de servicios, no ligadas a una nave o construcción.
    5. Obra civil necesaria para saneamiento y otros conceptos, incluidas las necesarias para las instalaciones y equipos.
    6. Bienes de equipo. En el caso de los elementos de transporte, solo serán objeto de incentivo los elementos de transporte interior del recinto de la empresa o entidad beneficiaria.
    7. Instalaciones, incluidas las instalaciones auxiliares.
    8. Otras inversiones en activos fijos materiales, no incluidas en los apartados anteriores, que sean necesarias para el proyecto, incluidos hangares para albergar actividades aeronáuticas y otras que sean objeto de los incentivos.
  2. Conceptos de inversión en activos inmateriales, incluidos los de investigación contractual, conocimientos, adquisición y tratamiento de software o patentes.
  3. El importe de las cuotas satisfechas hasta la fecha final de justificación, en el caso de arrendamiento financiero de activos materiales, siempre y cuando a la fecha fin de ejecución no se hubiera ejercitado aún la opción de compra, que necesariamente habrá que incluirse en el contrato de arrendamiento financiero.
  4. Otros conceptos de gastos asociados a las actuaciones incentivadas:

– Planificación, ingeniería y dirección facultativa. Incluye los trabajos de planificación, ingeniería de proyecto y dirección facultativa de los proyectos, así como los estudios de seguridad, medioambientales y todos aquellos que tengan especial relevancia para la realización del proyecto de inversión.

 – La realización del informe de la persona auditora aportado con la cuenta justificativa del incentivo con un límite máximo de 2.500 euros (IVA excluido).

Estos conceptos solo podrán ser incentivables bajo régimen de minimis.

Para las tipologías de proyectos «B.1. Inversiones en la creación de nuevas empresas o aceleración de empresas para la innovación, incluso a través de viveros de empresas y servicios de consultoría, que conduzcan a la creación de empleo», «B.2. Refuerzo de las capacidades para el desarrollo tecnológico y la especialización inteligente a través de procesos de innovación, investigación y desarrollo».

  1. Costes de instrumental y material, en la medida y durante el período en que se utilicen para un proyecto de innovación en materia de procesos y organización o en proyectos de investigación industrial, desarrollo experimental o estudios de viabilidad en proyectos de investigación y desarrollo.
  2. Conceptos de inversión en activos inmateriales, incluidos los de investigación contractual, conocimientos, adquisición y tratamiento de software o patentes.
  3. Gastos de explotación, incluidos los costes de material, instrumental, suministros y productos similares, que se deriven directamente de proyectos de investigación industrial o de desarrollo experimental.
  4. Los costes de estudios de viabilidad.
  5. Costes de personal y administrativos, directos e indirectos, y costes de servicios prestados por personal o entidades externas.
  6. Costes de consultoría prestados por consultores externos, con el presupuesto mínimo establecido en la correspondiente convocatoria, relativos a:
    1. Servicios de asesoramiento y apoyo en materia de innovación.
    2. Servicios para el apoyo a la gestión empresarial.
    3. Servicios que conlleven diagnósticos de situación e implantación de planes estratégicos.
    4. Servicios de diseño.
    5. Servicios de certificación de sistemas de gestión, procesos o productos.
    6. Servicios de consultoría y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva al proyecto.
  7. Otros conceptos de gastos asociados a las actuaciones incentivadas:
    1. Planificación, ingeniería y dirección facultativa. Incluye los trabajos de planificación, ingeniería de proyecto y dirección facultativa de los proyectos, así como los estudios de seguridad, medioambientales y todos aquellos que tengan especial relevancia para la realización del proyecto de inversión.
    2. La realización del informe de la persona auditora aportado con la cuenta justificativa del incentivo con un límite máximo de 2.500 euros (IVA excluido).
    3. Gasto del informe de calificación de actividades o dictamen emitido por una entidad de certificación acreditada por ENAC.
    4. Gasto del informe de certificación de proyectos de investigación y desarrollo, o en su caso de innovación, emitido por una entidad de certificación acreditada por ENAC.

Estos conceptos solamente podrán ser incentivables bajo la aplicación del régimen de minimis.