Herramientas Tecnológicas Ejecución de Planes de Desarrollo de Audiencias para la Cultura
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Ámbito: Cataluña
Presupuesto: 140.000 €
Plazo de solicitud: Del 21/02/2025 al 12/03/2025
Organismo: Instituto Catalán de las Empresas Culturales
Naturaleza de proyecto: Desarrollo Empresarial - Digitalización
BENEFICIARIO
Empresas privadas, tanto si son personas físicas como jurídicas, y las entidades privadas sin ánimo de lucro que lleven a cabo su actividad en los ámbitos: artes escénicas (danza, teatro y circo), las artes visuales, el audiovisual, el libro, la música, los videojuegos y la cultura digital.
TIPO Y CUANTÍA DE LA FINANCIACIÓN
Subvención.
Máximo el 50% de los gastos subvencionables.
GASTOS FINANCIABLES
- Gastos de implementación (compra de licencias o servicios de implementación) de sistemas informáticos para la gestión de las relaciones con los públicos (marketing relacional), como puede ser un sistema de CRM (customer relationship management) o un sistema de gestión de la relación con el usuario o cliente y las herramientas de aprendizaje automático, entre otros.
- Gastos de implementación (compra de licencias o servicios de implementación) de herramientas que transformen la información en conocimiento de valor de los usuarios culturales y que permitan a las organizaciones tomar decisiones, por ejemplo, la inteligencia empresarial.
- Gastos de implementación de herramientas tecnológicas para la realización de encuestas a los usuarios culturales.
- Gastos para incorporar mejoras en la web o desarrollar aplicaciones para interactuar con los públicos y recoger sus opiniones.
- Gastos para la implementación de análisis de públicos y de estrategias de mapeo de comunidades o de segmentación de públicos.
- Gastos para la implementación de herramientas de marketing para realizar campañas según los distintos segmentos de públicos.
- Gastos de personal dedicado a las tareas expuestas en las letras anteriores. La adecuación y la cuantía de los gastos que se imputen serán objeto de valoración del órgano instructor con el asesoramiento de la comisión establecida en la base 8, y este podrá determinar una cuantía diferente a la declarada por la persona solicitante teniendo en cuenta la coherencia con el coste total de la actividad a subvencionar.
No serán subvencionables los sistemas de venta de entradas ni la adquisición o mejora de equipamientos o herramientas tecnológicas para usos exclusivamente administrativos del solicitante o que no se destinen a la ejecución de planes de desarrollo de audiencias.