Reutilización y reciclaje de residuos industriales

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Objetivo: Fomentar la ejecución de proyectos de prevención, de preparación para la reutilización y de reciclaje de residuos industriales y de proyectos de I+D aplicados al campo de la prevención, preparación para la reutilización y reciclaje de residuos industriales.

Actuaciones subvencionables

Clase A. Proyectos de prevención, de preparación para la reutilización y de reciclaje de residuos industriales.

A1. Prevención de los residuos en el mismo proceso productivo

A2. Preparación para la reutilización, el reciclaje de los residuos generados para la finalidad original o la economía general y la separación eficiente de los residuos que permita su valorización posterior.

A3. Modificación de procesos para poder admitir materiales reciclados como materia prima del proceso.

Las actuaciones en que se reduzca el volumen de residuos por procesos de extracción del agua contenida serán subvencionables como proyectos de clase A2

Clase B. Proyectos de investigación industrial y de desarrollo aplicados al campo de la prevención, de la preparación para la reutilización y del reciclaje de residuos industriales

B1. Proyectos de I+D de prevención, de reciclaje en origen de los residuos industriales y de diseño e implantación de tecnologías más limpias, de manera que se permita reducir los residuos industriales en los procesos de fabricación.

B2. Proyectos de I+D de diseño de prototipos y proyectos piloto o ensayos experimentales para la mejora de los procesos productivos, orientados a la reducción de los residuos industriales que se generan.

B3. Proyectos de I+D en los procesos de fabricación para sustituir materias primas con residuos o materiales reciclados, o para la investigación de residuos o materiales reciclados que se puedan convertir en materias primas del proceso.

Características de la ayuda:

  • Pazo ejecución: 36 meses desde la solicitud de concesión.
  • Concurrencia competitiva.
  • Efecto incentivador de la ayuda.

 

Ámbito: Cataluña

Presupuesto: 3.000.000 €

Plazo de solicitud: Del 09/11/2024 al 08/01/2025

Organismo: Agencia de Residuos de Cataluña

Naturaleza de proyecto: Eficiencia Energética, Renovables, Movilidad y Medio Ambiente - I+D+i - Sostenibilidad y Economía Circular

Empresas y agrupaciones de empresas con establecimiento operativo en Cataluña y el centro productivo objeto de la actuación debe estar ubicado en Cataluña.

Pueden participar empresas de fuera de Cataluña siempre que tengan establecimiento operativo en Cataluña.

Un mismo beneficiario puede presentar proyectos que se acojan a las diferentes clases que establecen estas bases reguladoras.

Subvención con in importe máximo de 120.000 € para aquellos proyectos que reducen residuos o incorporan material reciclado procedente de residuos peligrosos y 100.000 € para aquellos proyectos que reducen residuos o incorporan material reciclado procedente de residuos no peligrosos.

Importe máximo de las subvenciones se determinará en función de la inversión o del coste de las acciones que se deban llevar a cabo:

T

S

D

I+D

En caso de pymes

En caso de colaboración efectiva de varias empresas 

A1

30%

5%-10%


+10%


A2

30%

5%-10%


+10%


A3

25%

5%-10%


+10%


B1



25%

+10%

+15%

B2



25%

+10%

+15%

B3



25%

+10%

+15%

T = tipo de proyecto; S = superación de normas de la Unión Europea o aumento del nivel de protección ambiental en ausencia de normas de la Unión Europea; D = adaptación anticipada a futuras normas de la Unión Europea; I+D = investigación industrial y desarrollo experimental.

Un mismo beneficiario percibirá un máximo global de 120.000,00 € para todas las actuaciones presentadas.

Subcontratación: hasta el 50% de la actividad.

Clase A:

Inversiones en activos materiales e inmateriales.

Superación de normas de la Unión Europea o aumento del nivel de protección ambiental en ausencia de normas de la Unión Europea, de acuerdo con el artículo 47 del Reglamento (UE) n.º 651/201 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, de acuerdo con la redacción que hace la modificación que contiene el Reglamento (UE) 2023/1315 de la Comisión, de 23 de junio de 2023, son subvencionables los costes de inversión suplementarios necesarios para conseguir un nivel de protección ambiental superior al que exigen las normas de la Unión Europea correspondientes, sin tener en cuenta los beneficios y costes de explotación. Se deben poder identificar fácilmente los costes relativos a la inversión en protección ambiental (estos serán los subvencionables) respecto del total de la inversión.

En el caso de ayudas a la inversión a pymes, los activos inmateriales se deben incluir en la empresa durante al menos tres años.

Adaptación anticipada a futuras normas de la Unión Europea, de acuerdo con el artículo 47 del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, de acuerdo con la redacción que hace la modificación que contiene el Reglamento (UE) 2023/1315 de la Comisión, de 23 de junio de 2023, son subvencionables los costes de inversión suplementarios necesarios para conseguir el nivel de protección medioambiental exigido por la norma de la Unión Europea comparado con el nivel actual de protección medioambiental exigido antes de la entrada en vigor de esta norma.

Clase B:

  • Costes de personal (investigadores, técnicos y resto de personal auxiliar, en la medida que esté dedicado al proyecto de investigación).
  • Costes de instrumental y material, en la medida en que se utilicen para el proyecto de investigación y para la duración de este proyecto. Serán los costes de amortización que correspondan a la duración del proyecto de investigación.
  • Costes de edificios y terrenos, en la medida en que se utilicen para el proyecto de investigación y para la duración de este proyecto. En el caso de los edificios serán los costes de amortización correspondientes a la duración del proyecto de investigación. En cuanto a los terrenos serán los costes de transferencia comercial o los costes de capital.
  • Costes de investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas a precios de mercado, siempre que la operación se haya llevado a cabo en condiciones de plena competencia y sin que haya ningún elemento de colusión, así como los costes de consultoría y servicios equivalentes destinados exclusivamente a la actividad de investigación.
  • Gastos generales suplementarios directamente derivados del proyecto de investigación, incluyendo los gastos de material, suministros y productos similares.
  • Costes del estudio de viabilidad de la implantación y la explotación comercial de los resultados del proyecto de investigación y desarrollo.