Digitalización Industria 4.0
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Ayudas a la digitalización Industria 4.0.
Características de los proyectos
Los proyectos podrán ser de dos modalidades:
a) Proyectos colectivos, en los que un grupo de empresas (opcionalmente coordinadas por un organismo intermedio colaborador) aborda una de las siguientes tipologías de proyecto:
1º. Proponen utilizar e implantar un determinado sistema en sus interacciones digitales.
2º. Proponen la implantación de un sistema de digitalización, de algún proceso o de gestión integral, específicamente diseñado o desarrollado para su ámbito de actividad.
b) Proyectos individuales en los que una pyme aborda una de las siguientes tipologías de proyecto:
1º. Desarrollo de una interfaz digital para sus interacciones de negocio, o adopción/implantación de una solución de interacción ya existente con sus clientes o proveedores.
2º. Sistemas de inteligencia artificial, machine learning y toma de decisiones autónomas, interconexión de elementos físicos y virtuales, tratamiento de datos captados (inteligencia de negocio, bigdata y similares) y ciberseguridad.
3º. Implementación de sistemas encaminados a la digitalización de procesos concretos o de gestión integral (ERP, CRM y similares).
Además, los proyectos se encuadrarán en tres tipos distintos en función del importe total subvencionable:
- Tipo 1: proyectos con un importe subvencionable de menos de 50.000,00 €.
- Tipo 2: proyectos con un importe subvencionable de entre 50.000,00 € y 120.000,00 €.
- Tipo 3: proyectos con un importe subvencionable de más de 120.000,00 €.
Los proyectos de la modalidad a) tendrán preferencia sobre los de la modalidad b). El Igape podrá reclasificar los proyectos entre modalidades y tipos en caso de que la clasificación propuesta por la empresa no sea correcta.
El gasto subvencionable mínimo de los proyectos deberá ser de 12.000,00 € para los proyectos individuales y de 10.000,00 € por participante para los proyectos colectivos.
El procedimiento de concesión de estas subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia competitiva.
Estas ayudas son incompatibles con otras ayudas o subvenciones públicas para el mismo proyecto.
Ámbito: Galicia
Presupuesto: 5.000.000 €
Plazo de solicitud: Un mes contado desde las 8.00 horas del 06/06/2023
Organismo: Instituto Gallego de Promoción Económica - IGAPE
Naturaleza de proyecto: Digitalización
BENEFICIARIO
Pequeñas y medianas empresas (pymes). Las pymes podrán solicitar ayudas a la tipología de proyectos individuales.
Para poder solicitar las ayudas a la tipología de proyectos colectivos los interesados deberán previamente constituir una agrupación provista de al menos dos pymes con centro de trabajo en Galicia. Se deberán hacer constar expresamente en un documento los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación, que tendrán igualmente la consideración de personas beneficiarias. En cualquiera caso, se nombrará a un representante único de la agrupación (en adelante, el líder), único interlocutor con la Administración hasta la resolución de concesión. Una vez concedidas las ayudas individuales a cada pyme, cada una de ellas será independiente para la tramitación de la justificación y liquidación de su ayuda. En caso de que el proyecto de las pymes esté coordinado por un organismo intermedio, este no formará parte de la agrupación.
TIPO Y CUANTÍA DE LA FINANCIACIÓN
La subvención será del 35 % de las inversiones materiales e inmateriales subvencionables para las pequeñas empresas, y del 25 % para las medianas.
La subvención será del 50 % de los gastos de servicios de consultoría subvencionables para ambas categorías de empresa, pequeñas y medianas. Los gastos del organismo intermedio, de existir, tendrán la consideración de colaboraciones externas.
GASTOS FINANCIABLES
a) Inversiones materiales y/o inmateriales nuevas adquiridas en propiedad (que para ser subvencionables deben contabilizarse en una cuenta contable del grupo 2) que sean necesarios para el desarrollo del proyecto.
b) Servicios de consultoría externa de carácter tecnológico u organizativo (para ser subvencionables debe contabilizarse en una cuenta contable del grupo 6): asistencia técnica y consultoría directamente relacionada con la ejecución del proyecto.
c) En los proyectos de la modalidad de Proyectos colectivos, si se opta por contar con un organismo intermedio, este podrá facturar a las pymes participantes en concepto de gastos de coordinación del proyecto, hasta un máximo de 1.500,00 € (excluido IVA) por cada pyme beneficiaria participante en el proyecto, hasta un importe total máximo de 5.000,00 € por proyecto (excluido IVA). Ese importe se considerará gasto subvencionable de consultoría externa y se dividirá entre todas las pymes participantes.
d) En los proyectos de las modalidades individuales y colectivos, con importe subvencionable superior a 50.000,00 € y que sean coordinados por un hub de innovación digital, de los seleccionados al amparo de la Estrategia gallega de HID, hasta un máximo de 5.000,00 € en concepto de esta coordinación.
El plazo de ejecución de los proyectos de digitalización Industria 4.0 no podrá superar el 30 de junio de 2024. Las inversiones y gastos subvencionables no podrán haber comenzado antes de la presentación de la solicitud de ayuda en el Igape.