Creación y Consolidación de Empresas Innovadoras de Base Tecnológica

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Objetivo: Fomentar la presencia de nuevas empresas innovadoras en Navarra, contribuyendo a la diversificación del tejido empresarial, al desarrollo económico y social y a la generación de empleo en Navarra.

Las ayudas se destinarán a la creación, inicio de actividad y consolidación de empresas innovadoras de base tecnológica cuya estrategia de negocio se base en el desarrollo y el uso intensivo de tecnologías y sus actividades empresariales requieran la utilización de las mismas.

Actuaciones subvencionables:

Actuaciones realizadas por las EIBTs, dentro del marco de su plan de negocio, directamente relacionadas con el desarrollo de su actividad principal y que posibiliten su crecimiento y consolidación.

Características de la ayuda:

  • Ejecución: 1 de noviembre de 2023 y el 30 de septiembre de 2025.
  • Concurrencia competitiva.
  • Compatibles, para los mismos gastos, con otras.
  • En el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-Financiado por la Unión Europea – Next Generation EU.

Ámbito: Navarra

Presupuesto: 685.000 €

Plazo de solicitud: Del 24/01/2025 al 24/02/2025

Organismo: Departamento de Industria y Transición Ecológica y Digital Empresarial

Naturaleza de proyecto: Desarrollo Empresarial - I+D+i

Empresas.

  • Personas físicas (empresarias o empresarios individuales).
  • Empresas societarias (sociedades mercantiles y cooperativas).
  • Sociedades sin personalidad jurídica (sociedades irregulares).

Subvención.

a) Para las EIBT creadas a partir del 1 de enero de 2023: 75% de los gastos subvencionables.

b) Para las EIBT creadas entre el 1 de enero de 2020 y el 31 de diciembre de 2022: 55% de los gastos subvencionables.

c) Para las EIBT creadas entre el 1 de diciembre de 2014 y el 31 diciembre de 2019: 35% de los gastos subvencionables.

Los porcentajes se incrementarán en 5 puntos porcentuales en el caso de que el porcentaje de mujeres en plantilla de la empresa supere el 40%.

Importe máximo de la ayuda por solicitante no podrá superar los 100.000 euros. En el caso de las entidades que tuvieron la oportunidad de ser beneficiarias en la convocatoria de 2024 porque cumplían, en el momento de la solicitud, el punto 2.3 de la base 2 de sus bases reguladoras, el límite será de 50.000 euros.

Ayudas de minimis.

a) Gastos de personal contratado.

b) Formación vinculada exclusivamente al desarrollo de la  actividad  principal  de  la empresa.

c) Asistencia a ferias como expositor y los viajes asociados.

d) Realización de maquetas o prototipos.

e) Cuotas abonadas por servicios prestados por viveros, incubadoras, parques científicos u otras entidades de alojamiento de start-ups.

f) Cuota de alquiler de locales.

g) Consultoría y asistencia técnica externa relacionados con el desarrollo de la actividad principal de la empresa.

h) Gastos de solicitud, concesión y registro de patentes, modelos de utilidad y marcas comerciales.