Ayudas «Ekintzaile»
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Objetivo: Apoyar nuevos proyectos empresariales innovadores y/o de base tecnológica, o industriales y/o de servicios conexos ligados al producto-proceso industrial, tutelados por un «Business Innovation Center» (BIC) de los existentes en la CAE, en las fases de maduración de la idea y de puesta en marcha de la empresa en la Comunidad Autónoma de Euskadi.
Tipos de ayuda:
Línea 1: Ayuda de acompañamiento, a la persona o equipo promotor o empresa, en el proceso de maduración de la idea y elaboración del Plan de Empresa, hasta la puesta en marcha. Esta ayuda tendrá la consideración de subvención a fondo perdido.
Línea 2: Ayuda destinada a las nuevas empresas generadas por los proyectos de emprendimiento de la Línea 1 para facilitar su acceso a la financiación de las inversiones necesarias para llevar a cabo el Plan de Empresa definido.
Características de la ayuda:
- Concesión sucesiva de las solicitudes correctamente recibidas.
- El agotamiento de los fondos destinados al Programa implicará la terminación del mismo.
- Ayudas compatibles con otros ingresos públicos o privados, o con otras formas de financiación comunitaria.
Ámbito: País Vasco
Presupuesto: 1.700.000 €
Plazo de solicitud: Del 16/05/2025 al 11/12/2025
Organismo: Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial - SPRI
Naturaleza de proyecto: Desarrollo Empresarial - I+D+i
BENEFICIARIO
Línea 1: Ayuda de Acompañamiento.
Personas físicas empadronadas en la Comunidad Autónoma de Euskadi.
Personas jurídicas constituidas a partir del 1 de enero de 2023, o sin actividad económica posterior al 1 de enero de 2023, con al menos un centro de actividad ubicado en la Comunidad Autónoma de Euskadi; debiendo en ambos casos ser portadoras de una idea de proyecto empresarial innovador y/o de base tecnológica, o industrial y/o de servicios conexos ligados al producto-proceso industrial que se pretenda iniciar en la Comunidad Autónoma de Euskadi.
Línea 2:Ayuda destinada a facilitar el acceso a la financiación.
Únicamente las personas jurídicas que se comprometan a materializar su Plan de Empresa en la Comunidad Autónoma de Euskadi.
Requisitos:
- Que sean de nueva creación, entendida como tal, toda empresa constituida con posterioridad al 1 de enero de 2024, inclusive.
- Que prevean la generación de al menos 3 empleos en el plazo de 3 años.
- Que tengan la condición de PYME.
- Que figuren de alta en el correspondiente epígrafe industrial del Impuesto de Actividades Económicas de Euskadi.
- Que provengan de un proceso de emprendimiento, en el sentido de haber resultado beneficiaria de la Línea 1 en cualquiera de sus convocatorias (esta convocatoria incluida).
TIPO Y CUANTÍA DE LA FINANCIACIÓN
Subvención a fondo perdido excepto las ayudas de la línea 2 que se articularán en las operaciones de préstamo que formalicen las entidades beneficiarias en el marco del Convenio de colaboración suscrito entre SPRI, Luzaro Establecimiento Financiero de Crédito y la Administración de CAE.
Línea 1: Acompañamiento se consideran hasta el 100% con un importe máximo de hasta 30.000 euros.
Línea 2:Apoyo financiación el 20% del préstamo concedido para la financiación de las inversiones presentadas.
Y los intereses devengados en el período comprendido entre la fecha de formalización del préstamo y la finalización del trimestre natural en curso, así como los intereses generados en cada trimestre a lo largo de los 8 trimestres naturales siguientes.
Características de los préstamos:
Importe mínimo: 40.000 euros.
Importe máximo: 180.000 euros.
Tipo de interés: Euribor a seis meses + 1,25%.
Plazo de amortización: 7 años.
Carencia: 2 años.
Cuotas: trimestrales, a fin de cada trimestre natural.
Garantías: compromiso de ejecución del Proyecto Empresarial.
Comisión de Apertura y Estudio: exento.
Disposición: en la medida que autorice la entidad colaboradora en función de la materialización del proyecto.
Subcontratación: hasta el 100% del importe de la actividad subvencionada.
Ayudas sujetas a régimen de minimis.
Subcontratación o contratación de terceros podrá alcanzar hasta el 100 % del importe de la actividad subvencionada.
GASTOS FINANCIABLES
Línea 1: Acompañamiento siempre que superen la cantidad mínima de 100 euros.
– Formación empresarial y específica.
– Gastos por consultoría y asistencia técnica externa.
– Estudios de prospección y documentación.
– Asistencia a ferias, viajes de prospección comercial.
– Realización de maquetas y prototipos.
– Otros complementarios o accesorios a los anteriores.
Los gastos de maquetas y prototipos, en general, no podrán superar el 25 % del presupuesto total aprobado y tendran que ser devengados con posterioridad a la solicitud de la ayuda y durante el plazo máximo de 18 meses desde la misma.
Línea 2 : Acceso financiación:Las inversiones deberán corresponder a elementos del activo fijo nuevos. A su vez, deberán ser autofinanciadas con capital social dinerario de la persona jurídica en un mínimo del 30 % mediante aportación dineraria de capital suscrito y desembolsado.
Inversiones a financiar:
Inmovilizado material, excepto terrenos y edificaciones.
– Reformas y acondicionamiento de locales.
– Maquinaria.
– Bienes de equipo.
– Utillaje.
– Vehículos industriales.
– Instalaciones técnicas.
– Mobiliario.
– Otras inversiones en activos fijos materiales.
Inmovilizado intangible.
– Aplicaciones informáticas.
– Propiedad industrial.
– Propiedad intelectual, y cánones de incentivos administrativos o franquicias
Las inversiones en inmovilizado intangible, tendrán la consideración de elegibles solo en los casos que existan inversiones en Inmovilizado material.