Ayudas al Emprendimiento e Innovación

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Objetivo: Impulso a la realización de actuaciones dirigidas a la promoción de proyectos que se lleven a cabo dentro del ámbito territorial del municipio de Gijón.

Líneas de actuación:

Línea I. Aceleración de proyectos. Programa financiación para la generación de iniciativas empresariales innovadoras en las áreas de especialización con altas expectativas de crecimiento y generación de empleo en las áreas de especialización del municipio.

Línea II. Innovación abierta. Impulso de la innovación abierta a través de la financiación de proyectos en colaboración entre pequeñas empresas y empresas tractoras para aportarles soluciones a través del planteamiento de retos que sean de especial interés para la modernización del tejido empresarial y supongan un efecto dinamizador en la actividad económica del municipio y en la consolidación del ecosistema local de innovación.

Línea III. Crecimiento empresarial. Apoyo financiero para la elaboración e implementación de planes de consolidación y crecimiento.

La línea I será incompatible con la línea II y la III en en el mismo plazo de solicitud; las líneas II y III son compatibles entre sí.

Características de la ayuda:

  • Plazo de presentación, se establecen dos:
    • 19/03/2025 hasta 07/04/2025.
    • 1/09/2025 hasta 20/09/2025.
  • Plazo ejecución, los proyectos deberán iniciarse a lo largo del año 2025. LINEA I: entre 3 y 6 meses. LINEA II: mínimo de 6 y un máximo de 9 meses. LÍNEA III. Entre 2 y 6 meses.
  • Concurrencia competitiva.
  • Compatibilidad de subvenciones.

Ámbito: Asturias

Presupuesto: 930.000 €

Plazo de solicitud: Del 19/03/2025 al 07/04/2025

Organismo: Ayuntamientos De Gijón

Naturaleza de proyecto: Desarrollo Empresarial - I+D+i

Línea I. Aceleración de proyectos:

  • Personas físicas mayores de edad, empadronadas en Gijón, que no hayan ejercido una actividad económica por cuenta propia en el último año natural desde la fecha de solicitud.
  • Trabajadores autónomos/as (empresarios individuales) mayores de edad, con domicilio social y centro de trabajo en el municipio de Gijón.
  • Empresas que tengan domicilio social, domicilio fiscal y centro de trabajo en el municipio de Gijón.

Línea II. Innovación abierta.

  • Empresarios individuales o Autónomos.
  • Pequeñas empresas exclusivamente con sede social, domicilio fiscal y centro de trabajo en el municipio de Gijón.

Si bien únicamente podrán ser beneficiarios autónomos individuales, micropymes y pequeñas empresas, los proyectos deberán contar necesariamente con la participación de al menos una empresa tractora.

Línea III. Crecimiento empresarial.

  • Autónomos individuales, micropymes y pequeñas empresas que tengan domicilio social, domicilio fiscal y centro de trabajo en el municipio de Gijón.

Subvenciones.

Línea I. Aceleración de proyectos.

  • Tramo 1 (de 60 a 80 puntos): Para estos proyectos la ayuda será de 4.000 euros.
  • Tramo 2 (de 81 a 100 puntos): Para estos proyectos la ayuda será de 6.000 euros

Solicitudes por autónomos (empresarios/as individuales) y empresas cuyo proyecto se desarrolle únicamente en la fase de validación:

  • Tramo 1 (de 60 a 80 puntos): será de 2.000 euros.
  • Tramo 2 (de 81 a 100 puntos): será de 3.000 euros.

Ayuda máxima será de 6.000,00 €.

Línea II. Innovación abierta

La puntuación obtenida por el proyecto determinará la intensidad de la ayuda. Puntuación mínima de 60 puntos para acceder a la subvención.

  • Tramo 1 (de 60 a 79 puntos): será del 75% del presupuesto elegible.
  • Tramo 2 (de 80 a 100 puntos): será del 80% del presupuesto elegible.

Proyectos presentados por autónomos y micropymes, la intensidad de la ayuda se incrementará un 5%.

Ayuda máxima será de 34.000,00 euros.

En todo caso, los gastos elegibles presentados no podrán ser superiores a 40.000,00 euros.

Línea III. Crecimiento empresarial

Puntuación mínima 60 puntos

  • La intensidad será del 80% del presupuesto elegible.

Ayuda máxima 18.000 euros.

 

Sujeta al Régimen de minimis.

Existe subcontratación cuando se incluyan gasto en la partida de costes externos.

Línea I

  • Horas de trabajo que cada beneficiario/a haya acreditado en el desarrollo de su proyecto a lo largo de la duración del mismo.
  • Facturas de servicios prestados. 
  • Recibos justificativos del pago de Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
  • Gastos de amortización de vienes inventariables.
  • Suministros y materiales fungibles.
  • Gastos de alquiler y arrendamientos.
  • Licencias de Software, suscripciones y servicios digitales.
  • Gastos de publicidad, difusión y relaciones públicas.
  • Servicios de profesionales externos.
  • Formación y capacitación.
  • Gastos de viajes y desplazamientos.
  • Derechos de Propiedad Industrial.
  • Costes de aval financiero necesario para obtener el anticipo de la subvención.
  • Otros gastos

Línea II

  • Gastos de personal: no podrá ser superior al 80% de los gastos elegibles.
  • Material Inventariable.
  • Gastos de Aprovisionamiento.
  • Costes Externos.
  • Otros gastos generales.

Línea III

  • Gastos derivados de la contratación de servicios de consultoría y asistencia técnica.
  • Licencias de Software, Suscripciones y Servicios digitales.
  • Derechos de Propiedad Industrial.
  • Gastos de índole jurídica o financiera.
  • Gastos de publicidad, difusión y relaciones públicas.
  • Gastos de formación y capacitación específica.
  • Gastos de certificación y gastos de consultoría externa para el asesoramiento en materia de Innovación en procesos y organización de la producción y gestión empresarial.
  • Costes de aval financiero necesario para obtener el anticipo de la subvención.
  • Otros gastos generales.