Ayudas a Grupos Operativos de la Asociación Europea para la Innovación (AEI)

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Objetivo:  Impulsar la creación y funcionamiento de grupos operativos que contribuyan al objetivo de avanzar hacia una agricultura sostenible resolviendo problemas y necesidades concretas de las explotaciones agrarias y forestales y de las empresas agroalimentarias para mejorar su competitividad.

Cooperación a los grupos operativos de la Asociación Europea para la Innovación (AEI).

Ámbitos de actuación:

Ámbito 1: Explotaciones agrarias y aprovechamientos forestales.

Ámbito 2. Protección del medio ambiente.

Ámbito 3. Aumento del valor añadido y gestión eficiente de inputs en la industrialización de productos agroalimentarios y su comercialización.

Ámbito 4. Suministro sostenible de biomasa procedente de los sectores agroindustrial y forestal para la producción de energía.

Actividades subvencionables:

a) Redacción del proyecto o memoria, incluida la asistencia técnica, el asesoramiento o el apoyo externo para la preparación de la documentación de la solicitud de la subvención.

b) Ejecución del proyecto de cooperación.

c) Contratación de personal técnico especializado, los gastos de personal propio y gastos materiales.

d) Actividades de dinamización, divulgación y comunicación para hacer visible el proyecto que vaya a ser realizado por el grupo operativo.

Características de la ayuda:

  • Concurrencia competitiva.
  • Incompatible con las de cualesquiera otras que, para la misma finalidad.
  • Para la presente convocatoria sólo podrá presentarse una solicitud por grupo operativo constituido y cada solicitud incluirá un solo proyecto.
  • Fondos FEADER y por el MAPA.

Ámbito: Aragón

Presupuesto: 2.500.000 €

Plazo de solicitud: Del 21/03/2025 al 21/04/2025

Organismo: Departamento De Agricultura, Ganadería Y Alimentación

Naturaleza de proyecto: Desarrollo Empresarial

Grupos operativos (GO) de nueva creación que se constituyan con personalidad jurídica propia, formados por dos o más personas físicas o jurídicas siempre que al menos dos de ellas no tengan claras dependencias orgánicas, funcionales o económicas entre sí, y que justifiquen su vinculación con los ámbitos de actuación.  No se establece un número máximo de miembros del grupo.

El representante legal asumirá la coordinación del grupo.

Cuando el grupo carezca de personalidad jurídica serán beneficiarios los propios miembros del grupo, que podrán ser personas físicas o jurídicas. Se limita el número de personas beneficiarias a 5.

Grupos operativos formados por productores agrarios y forestales y sus agrupaciones y asociaciones, las cooperativas agrarias y sus asociaciones o federaciones, las empresas e industrias del sector agroalimentario y forestal y sus asociaciones, los centros de investigación y los centros tecnológicos o de transferencia, las entidades de asesoramiento, las comunidades de regantes, los artesanos alimentarios, las universidades, las organizaciones profesionales agrarias, organizaciones no gubernamentales (ONG), las administraciones públicas, otras entidades cuyos estatutos tengan en cuenta la realización de acciones de investigación y desarrollo tecnológico, y otros agentes del sector agroalimentario, forestal y rural.

Los miembros del grupo operativo que sean centros tecnológicos, de investigación o universidades se admitirá su participación si los centros están ubicados fuera de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Solo serán elegibles las actuaciones realizadas en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Ayudas en forma de subvencion.

El importe máximo subvencionable del proyecto se limita a un máximo de 150.000 euros para los cuatro ámbitos de actuación con un mínimo subvencionable de 30.000 €

Subvención del 80% del gasto elegible pagado y correctamente justificado por el beneficiario con un máximo de 150.000 euros para los cuatro ámbitos de actuación.

  1. Gastos de creación del grupo correspondientes a la redacción del proyecto o memoria incluida la asistencia técnica, el asesoramiento o el apoyo externo para la preparación de la convocatoria con un límite del 5 % de los gastos totales elegibles y hasta un máximo elegible de 5.000 euros.
  2. Gastos de ejecución del proyecto, siempre que se hayan efectuado con posterioridad a la fecha de solicitud de la ayuda y hayan sido pagados con anterioridad a la finalización del período de justificación.

– Gastos derivados de la contratación con centros tecnológicos, de investigación y universidades.

– Gastos de la contratación de personal técnico especializado para la ejecución del proyecto.

– Gastos de personal propio de la entidad, el límite del 30% del gasto elegible total del grupo y 40% de su trabajo mensual.

– Gastos derivados del desarrollo de prototipos en el marco de un proyecto de cooperación tecnológica.

– Gastos derivados de la realización de pruebas piloto.

– Gastos derivados de la adquisición de material fungible de laboratorio.

– Desarrollo y mantenimiento de las aplicaciones informáticas desarrolladas para la ejecución del proyecto.

– Alquiler de equipos, instalaciones, fincas, así como la contratación de servicios necesarios para la realización del proyecto.

– Gastos de dinamización y coordinación del grupo operativo.

– Gastos de divulgación y comunicación de los resultados del proyecto.

– Gastos de elaboración y colocación de un cartel o placa informativa en cumplimiento de las normas establecidas en materia de información y publicidad

– El Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) cuando no sea recuperable.

– Los gastos necesarios para la compra de materias primas agrícolas, ganaderas o foréstales.

– Labores agrícolas, insumos o compensaciones económicas al cultivador considerados innovadores para la consecución de los objetivos del proyecto.

Gasto consecuencia de la redacción del proyecto o memoria incluida la asistencia técnica, el asesoramiento o el apoyo externo para la preparación de la convocatoria con un límite del 5 % de los gastos totales elegibles y hasta un máximo elegible de 5.000 euros.