Apoyo a la Financiación de las Empresas
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Objetivo: Subvenciones destinadas a facilitar a las empresas el acceso a préstamos bancarios, mediante la bonificación de intereses y/o la subvención de los costes de estudio y de comisión del aval.
Programa:
Préstamos formalizados a partir del 1 de enero de 2025.
- a) Subprograma 1: Préstamos para inversiones.
- b) Subprograma 2: Préstamos de apoyo a circulante.
Requisitos:
- Los proyectos deben ser viables desde el punto de vista técnico, económico y financiero.
- Las inversiones financiadas, en su caso, deberán realizarse a partir del 1 de enero de 2025 en centros de trabajo de La Rioja. Consistirán en la adquisición de activos fijos y deberán estar vinculadas a la actividad empresarial del solicitante.
Características de la ayuda:
- Concurrencia competitiva.
- Compatibles con cualesquiera otras ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad.
Ámbito: La Rioja
Presupuesto: 3.000.000 €
Plazo de solicitud: Del 17/04/2025 al 12/12/2025
Organismo: Consejería de Economía, Innovación, Empresa y Trabajo Autónomo
Naturaleza de proyecto: Desarrollo Empresarial
BENEFICIARIO
PYME personas físicas o jurídicas válidamente constituidas que cuenten con establecimiento operativo en la Comunidad Autónoma de La Rioja, ejerzan la actividad económica para la que se solicita la ayuda en La Rioja, realicen, en su caso, las inversiones subvencionadas, y no se encuentren expresamente excluidas.
Empresas.
TIPO Y CUANTÍA DE LA FINANCIACIÓN
Préstamos formalizados a partir del 1 de enero de 2025 (Capítulo III de la Orden Reguladora): 3.000.000,00 euros.
Subprograma 1. Préstamos para inversiones: 2.000.000,00 euros
Subprograma 2. Préstamos para circulante: 1.000.000,00 euros
Concesión directa.
Ayudas de minimis
GASTOS FINANCIABLES
Programa Préstamos formalizados a partir del 1 de enero de 2025.
Subprograma 1. Préstamos para inversiones y Subprograma 2. Préstamos para circulante: costes de estudio límite 0,75%y de comisión de aval prestado por Sociedad de Garantía Recíproca con un límite del 1,50%, así como la bonificación de un punto del tipo de interés de la operación financiera formalizada salvo en los siguientes supuesto que se bonificara 2 puntos
- Préstamos de inversiones en los que el proyecto inversor se asiente en un municipio o núcleo de población diferenciado de la Comunidad Autónoma de La Rioja de menos de 250 habitantes de acuerdo con los datos del último padrón municipal publicado por el Instituto Nacional de Estadística.
- Préstamos para circulante, siempre que la empresa beneficiaria tenga tanto el domicilio fiscal como el social en un municipio o núcleo de población diferenciado de la Comunidad Autónoma de La Rioja de menos de 250 habitantes de acuerdo con los datos del último padrón municipal publicado por el Instituto Nacional de Estadística.
Subprograma 1. Préstamos para inversiones. Límite mínimo y máximo de los préstamos:
- Microcréditos a emprendedores: 6.000 y 60.000 euros, respectivamente.
- Apoyo financiero en el medio rural: 6.000 y 200.000 euros, respectivamente.
- Proyectos de inversión y expansión de empresas: 6.000 y 1.000.000 euros, respectivamente.
- Autónomos y microempresas: 6.000 y 200.000 euros, respectivamente.
- Apoyo financiero a la I+D+i: 6.000 y 1.000.000 euros, respectivamente.
- Comercio exterior: 6.000 y 100.000 euros, respectivamente.
- Eficiencia energética y sostenibilidad: 6.000 y 1.000.000 euros, respectivamente.
- Digitalización: 6.000 y 200.000 euros, respectivamente.
Subprograma 2. Préstamos para circulante. Límite mínimo y máximo de los préstamos será de 6.000 y 600.000 euros, respectivamente.