Proyectos de I+D. Nuclis de I+D

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Objetivo: Proyectos de I+D liderados por una empresa catalana, que tengan como objetivo el progreso de la tecnología.

Características de la ayuda:

  • Ejecución individual o en cooperación:
    • Individuales de una empresa con establecimiento operativo en Cataluña.
    • Cooperación entre empresas, con un mínimo de dos empresas con establecimiento operativo en Cataluña.
    • Cooperación entre empresas y desarrolladores de tecnología con acreditación TECNIO, con un mínimo de una empresa con establecimiento operativo en Cataluña y un desarrollador de tecnología con acreditación TECNIO. En caso de que participen varios desarrolladores de tecnología, estos deberán ser autónomos entre ellos y no estar vinculados.

Se podrá contar con la participación de socios internacionales para todos los proyectos. Un proyecto individual que cuente con la participación de un socio internacional se considerará un proyecto en cooperación.

  • Presupuesto financiable: En función del tipo de proyecto, la suma del gasto de las empresas participantes más el gasto de los desarrolladores tecnológicos con la acreditación TECNIO participantes será como mínimo de 120.000,00 euros. En los proyectos en cooperación, ninguno de los participantes podrá participar en más del 70% del gasto subvencionable aceptado.

Presupuesto del socio internacional: no se considera subvencionable y no podrá superar el 70% del presupuesto financiable del proyecto.

Presupuesto financiable de los acreditados TECNIO: hasta el 50% del gasto subvencionable aceptado del proyecto.

  • Plazo ejecución: 30 meses desde la presentación de la solicitud
  • Efecto incentivador.
  • Concurrencia competitiva.
  • ACCIÓ, Agencia para la competitividad de la empresa.

Ámbito: Cataluña

Presupuesto: 6.500.000 €

Plazo de solicitud: Desde el día siguiente publicación extracto en el DOGC hasta 22/05/2025

Organismo: Agencia para la competitividad de la empresa - ACCIÓ

Naturaleza de proyecto: Desarrollo Empresarial - I+D+i

Empresas que tengan establecimiento operativo en Cataluña y como mínimo dos años de vida en la fecha de solicitud de la ayuda.

Desarrolladores de tecnología que tengan una acreditación vigente TECNIO, y que participan en los proyectos cooperando con la empresa o las empresas.

Las actividades objeto de ayuda deberán llevarse a cabo en Cataluña.

Subvención hasta un importe máximo de 250.000 € por proyecto y la ayuda máxima a desarrolladores TECNIO será de 100.000 €.

Intensidad máxima de la ayuda

Tipología

Pequeña empresa

(punto 8 del anexo 5)

Mediana empresa

(punto 8 del anexo 5)

Gran empresa

(punto 9 del anexo 5)

Desarrollador

de tecnología acreditado

TECNIO

Actividades de investigación

industrial

70%

60%

50%

100%

Actividades de

desarrollo experimental

45%

35%

25%

100%

Auditoría

100%

100%

100%

100%

Ayudas sujetas a régimen de minimis.

Anticipo:

Línea 1: Empresa: 60% de la ayuda y Desarrollador tecnológico: 80% de la ayuda sin garantías.

  • Gastos de personal contratado en la medida en que se destinen a tareas de carácter técnico del proyecto: personal investigador, técnico y auxiliar.

Quedan excluidos los contratos de formación y/o prácticas, y el personal vinculado a las tareas administrativas y de gestión del proyecto.

Empresas: dedicación de personal propio deberá estar entre el 10% y el 80% de la jornada laboral para cada uno de los trabajadores.

Desarrolladores de tecnología acreditados TECNIO:  dedicación de hasta el 100% de la jornada laboral para cada trabajador.

  • Gastos de colaboraciones externas: sólo si el solicitante es una empresa

a) Gastos de investigación o desarrollo tecnológico contractual.

b) Contratación externa para tareas de ingeniería o diseño.

c) Ensayos y pruebas de laboratorio.

La suma de los gastos de la partida de colaboraciones externas no podrá superar el 50% del presupuesto subvencionable de la/s empresa/s participante/s en el proyecto.

  • Otros gastos vinculados a la actividad:

En ningún caso se considerarán subvencionables los gastos de adquisición de activos materiales o inmateriales, ni los de construcción, compra o alquiler de los espacios habituales donde se lleve a cabo el proyecto.

  • Gastos indirectos. Se podrá imputar en concepto de gasto indirecto un 7% de los gastos directos de personal subvencionables.
  • Gasto de realización, por parte de un auditor de cuentas, máximo aceptado por este concepto será de 1.500,00 euros por justificación realizada (máximo una justificación por proyecto y empresa y, si procede, desarrollador de tecnología acreditado TECNIO).