Tratamientos Innovadores en la Gestión de Deyecciones Ganaderas

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Objetivo: Subvencionar el desarrollo y la validación en Cataluña de tratamientos piloto innovadores en la gestión de las deyecciones ganaderas, llevadas a cabo en explotaciones ganaderas, en entidades de investigación y desarrollo tecnológico, o en empresas de fertilizantes.

Actuaciones subvencionables

Protocolo, desarrollo y/o implementación de un tratamiento piloto de deyecciones ganaderas en una granja o en una entidad de investigación y desarrollo tecnológico. El protocolo debe encargarse a una entidad con capacidad técnica suficiente en este ámbito. Se consideran entidades con capacidad técnica suficiente los centros tecnológicos, centros de investigación, universidades, centros de innovación o cualquier otra entidad cuyos estatutos incluyan la realización de acciones de investigación y desarrollo tecnológico.

Desarrollo de nuevas líneas piloto de tratamiento de deyecciones en instalaciones de empresas de fertilizantes.

Características de la ayuda:

  • Concurrencia competitiva.
  • Plazo de ejecución y justificación: hasta 15/07/2026.
  • Efecto incentivador.
  • Compatible, de acuerdo con el artículo 8 del Reglamento (UE) 651/2014, con otras, siempre que se refieran a costes subvencionables identificables distintos.

Ámbito: Cataluña

Presupuesto:3.000.000 €

Plazo de solicitud: Del 09/04/2025 al 09/06/2025

Organismo: Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca Y Alimentación

Naturaleza de proyecto: Desarrollo Empresarial - I+D+i - Eficiencia Energética, Renovables, Movilidad y Medio Ambiente

Cualquier persona física o jurídica, incluidas las comunidades de bienes, que realice alguna de las actuaciones subvencionables. No podrán ser beneficiarios de esta ayuda los titulares de explotaciones ganaderas.

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Subvención del 25% de los gastos subvencionables por beneficiario y solicitud.

Este límite se podrá incrementar en 10 puntos porcentuales en caso de que las ayudas se concedan a medianas empresas, y en 20 puntos porcentuales en el caso de pequeñas empresas.

El gasto mínimo, realizado y justificado de la actividad subvencionada exigible para poder considerar cumplidos el objeto y la finalidad de la subvención es del 40%.

Material inventariable, el equipamiento científico, gastos para la instalación del sistema piloto de tratamiento indispensables para la realización del proyecto, la adquisición de material fungible y otros gastos complementarios directamente relacionados con la ejecución del proyecto. De acuerdo con el artículo 25.3 b) del Reglamento (UE) 651/2014, en caso de que el instrumental y el material no se utilicen en toda la vida útil para el proyecto, únicamente se considerarán subvencionables los costes de amortización correspondientes a la duración del proyecto, calculados con arreglo a los principios, contables generalmente aceptados.

Gastos de consultoría tecnológica y de asesoría: contratación de una entidad con suficiente capacidad técnica en este ámbito para la realización de la propuesta, seguimiento e informe de resultados de un tratamiento piloto de deyecciones ganaderas.