Ayudas a Comunidades Energéticas para la Transición Energética

  1. Inicio
  2. |
  3. Subvenciones y créditos
  4. |
  5. Ayudas a Comunidades Energéticas para la Transición Energética

Objetivo: La eficiencia energética de los edificios y la Directiva 2012/27/UE relativa a la eficiencia energética, son:

–Reducir en un 40% las emisiones de gases de efecto invernadero en relación con los niveles de 1990.

–Aumentar la proporción de energía renovable consumida.

–Conseguir un ahorro energético de acuerdo con las ambiciones a escala de la Unión.

La finalidad es contribuir a alcanzar los objetivos definidos anteriormente y alineados con lo establecido tanto en la Ley Foral 4/2022 del 22 de marzo de Cambio Climático y Transición Energética como en el Plan Energético de Navarra Horizonte 2030, donde se promueve e impulsa las comunidades energéticas para fomentar su participación en el desarrollo y la gestión de los sistemas de energía renovable.

El objeto es financiar las siguientes medidas:

  1. Procesos participativos para la definición y constitución de comunidades energéticas.
  2. Planificación, acompañamiento y asesoramiento de actuaciones a desarrollar por las comunidades energéticas ya constituidas.
  3. Redacción de proyectos de energías renovables, eficiencia energética y movilidad sostenible y compartida.
  4. Inversiones en energías renovables, eficiencia energética y movilidad sostenible y compartida.
  5. Desarrollo de convenios y/o cesiones de espacios a favor de comunidades energéticas.

Actuaciones subvencionables:

Será subvencionable la ejecución de proyectos de energías renovables, eficiencia energética y movilidad sostenible y gestión de la demanda energética.

En el caso de actuaciones para instalaciones de autoconsumo eléctrico, serán subvencionables gastos relacionados con los trabajos necesarios para la conexión de la instalación de generación con la red de distribución y los relacionados con eliminación del amianto en la parte de la cubierta objeto de las actuaciones.

En el caso de actuaciones para instalaciones de autoconsumo eléctrico, no serán subvencionables trabajos de refuerzo, adecuación, adaptación o reforma de instalaciones de la red de distribución de la red existente en servicio, que son necesarios para incorporar las nuevas instalaciones.

En el caso de actuaciones para instalaciones de autoconsumo eléctrico serán subvencionables gastos relacionados con la eliminación del amianto en la parte de la cubierta objeto de las actuaciones.

Características de la ayuda:

  • Ejecución será el comprendido entre el 1 de enero de 2025 y el 15 de octubre de 2025.
  • Concurrencia competitiva.
  • Incompatibles, para los mismos gastos.

Ámbito: Navarra

Presupuesto: 800.000 €

Plazo de solicitud: Del 29/01/2025 al 28/02/2025

Organismo: Comunidad Foral de Navarra

Naturaleza de proyecto: Eficiencia Energética, Renovables, Movilidad y Medio Ambiente

Comunidades energéticas que se encuentren en proceso de constitución y las constituidas entre el 1 de enero de 2025 y el fin de plazo de solicitud de ayudas de esta convocatoria. 

Entidades jurídicas que, sin perjuicio de los requisitos que para cada una de las modalidades se exigen, tengan capacidad para ejercer derechos y estar sujetas a obligaciones.

Subvención.

Importe de la ayuda será del 70% del gasto subvencionable con un máximo de 10.000 euros. El porcentaje de ayuda podrá incrementarse un 10% adicional por cada una de estas características:

–Participa al menos una PYME en la comunidad energética y/o grupo motor.

–Participa la entidad local donde está previsto el desarrollo de la comunidad energética.

Podrán, sin necesidad de acreditar la falta de recursos suficientes, recibir un pago anticipado cuando el importe concedido no exceda de 15.000 euros y el pago anticipado no supere el 60% de la cuantía de la subvención concedida.

Porcentajes de ayuda:

  • Energías renovables eléctricas 55%.
  • Energías renovables térmicas 55%.
  • Movilidad sostenible 35%.
  • Gestión de la demanda energética 35%.
  • Eficiencia energética 25%.

Ayudas de minimis.

1.1. Proceso participativo:

–Fase 1: Diseño del proceso participativo.

–Fase 2: Sensibilización, información y creación del grupo motor que será el germen de la comunidad energética.

–Fase 3: Proceso participativo para la formación y capacitación del grupo motor de la comunidad energética.

–Fase 4: Definición de las primeras iniciativas de la comunidad energética.

1.2. Proceso constituyente:

–Fase 5: Constitución de la comunidad energética como entidad jurídica.

–Fase 6: Devolución y difusión del resultado del proceso participativo y constituyente