Promoción de las Energías Renovables, el Ahorro y Eficiencia Energética y la Protección del Medio Ambiente
- Inicio
- |
- Subvenciones y créditos
- |
- Promoción de las Energías Renovables, el Ahorro y Eficiencia Energética...
Objetivo: Fomentar la transición hacia una economía circular, el uso racional y eficiente de la energía y de fuentes de energía renovable, incluido el hidrógeno y la implantación de medidas para incrementar el nivel de protección medioambiental y la descarbonización en la Rioja, creando incentivos encaminados a incrementar la competitividad de las empresas de región en base a un desarrollo sostenible que permita aprovechar las oportunidades que ofrece la protección del medio ambiente para la innovación, la creación de nuevos mercados, la mayor eficacia en el uso de los recursos y la mejora de la eficiencia en la utilización de la energía, con un peso destacado de las energías renovables.
Tipología de proyectos
- Programa 1: Proyectos que permitan incrementar el nivel de protección medioambiental en las empresas.
- Programa 2: Proyectos en medidas de ahorro y eficiencia energética distintas de las de los edificios.
- Programa 3: Proyectos en medidas de ahorro y eficiencia energética en edificios.
- Programa 4. Proyectos de energía procedente de fuentes renovables, de hidrógeno y de cogeneración de alta eficiencia.
- Programa 5. Proyectos para la transición hacia una economía circular.
- Programa 6: Proyectos para la promoción de vehículos limpios y eficientes.
- Programa 7: Estudios medioambientales directamente vinculados a inversiones.
Serán subvencionables aquellos proyectos encaminados a proteger el medio ambiente y mitigar el cambio climático, incluidos los destinados a la descarbonización, reducción y eliminación de gases de efecto invernadero en las empresas.
Características de la ayuda:
- Efecto incentivador.
- Régimen de concesión directa.
- Plazo máximo para la realización del proyecto y justificación de la subvención es de 3 años desde la notificación de la resolución de concesión de beneficios.
- La solicitud de ayuda podrá comprender uno o varios de los programas convocados.
- Incompatibilidad de las ayudas.
- Principio de DNSH.
- Programas 2, 3, 4 y 7 del Capítulo II de la Orden reguladora: Son cofinanciación por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) en un porcentaje del 60%, a través del Programa La Rioja FEDER 2021-2027.
Ámbito: La Rioja
Presupuesto: 2.000.000 €
Plazo de solicitud: 21/10/2024 al 13/12/2024
Organismo: Consejería de Economía, Innovación, Empresa y Trabajo Autónomo
Naturaleza de proyecto: Eficiencia Energética, Renovables, Movilidad y Medio Ambiente - Sostenibilidad y Economía Circular
BENEFICIARIO
Empresas personas físicas o jurídicas válidamente constituidas que cuenten con establecimiento operativo en la Comunidad Autónoma de La Rioja, ejerzan la actividad económica para la que se solicita la ayuda en La Rioja, realicen el proyecto subvencionable.
Los solicitantes deberán de realizar el proyecto subvencionable en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Se admitirán un máximo de dos solicitudes por empresa y convocatoria.
TIPO Y CUANTÍA DE LA FINANCIACIÓN
Intensidades establecidas para cada programa podrán incrementarse hasta el máximo de ayuda prevista en cada caso, límite de subvención máxima de 400.000 euros.
Subvención máxima total asignada a cada beneficiario no excederá de 200.000 euros.
Costes mínimos subvencionables por solicitud deberán ser de 2.000 euros si se refieren únicamente a estudios medioambientales directamente vinculados a inversiones (programa 7) y de 6.000 euros en el resto de los supuestos.
Programa 1: Proyectos que permitan incrementar el nivel de protección medioambiental en las empresas.
Intensidad máxima de ayuda será del 65% para las pequeñas empresas, del 55% para las medianas empresas y del 45% para las grandes empresas.
Cuando las inversiones, basadas en el uso de biomasa, redunden en una reducción del 100% de las emisiones directas de gases de efecto invernadero, las intensidades podrán alcanzar el 75% para las pequeñas empresas, el 65% para las medianas empresas y el 55% para las grandes empresas.
En el caso de inversiones relacionadas con la CAC y/o CUC, la intensidad máxima de ayuda será del 55% para las pequeñas empresas, del 45% para las medianas empresas y del 35% para las grandes empresas.
Programa 2: Proyectos en medidas de ahorro y eficiencia energética distintas de las de los edificios.
Intensidad máxima de ayuda será del 55% para las pequeñas empresas, del 45% para las medianas empresas y del 35% para las grandes empresas.
En caso de proyectos cofinanciados con fondos FEDER, la subvención máxima no podrá superar los 750.000 euros.
Programa 3: Proyectos en medidas de ahorro y eficiencia energética en edificios.
Intensidades máximas de ayuda a aplicar serán las siguientes: 55% para las pequeñas empresas; 45% para las medianas empresas y 35% para las grandes empresas.
Las intensidades anteriores podrán incrementarse un 15% en el caso de las ayudas concedidas para mejorar la eficiencia energética de los edificios existentes, cuando las ayudas induzcan una mejora de la eficiencia energética del edificio medio en energía primaria de al menos un 40 % en comparación con la situación anterior a la inversión.
En caso de proyectos cofinanciados con fondos FEDER, la subvención máxima no podrá superar los 750.000 euros.
Programa 4: Proyectos de energía procedente de fuentes renovables, de hidrógeno y de cogeneración de alta eficiencia.
En el caso de inversiones para la producción de energía procedente de fuentes renovables, incluidas las bombas de calor, el hidrógeno renovable y la cogeneración de alta eficiencia basada en fuentes de energía renovables, las intensidades máximas de ayuda a aplicar serán las siguientes: 65% para las pequeñas empresas; 55% para las medianas empresas y 45% para las grandes empresas.
Para las demás inversiones, intensidades máximas de ayuda a aplicar serán las siguientes: 50% para las pequeñas empresas; 40% para las medianas empresas y 30% para las grandes empresas.
En caso de proyectos cofinanciados con fondos FEDER, la subvención máxima no podrá superar los 750.000 euros.
Programa 5: Proyectos para la transición hacia una economía circular.
Intensidades máximas de ayuda a aplicar serán las siguientes: 65% para las pequeñas empresas, 55% para las medianas empresas y 45% para las grandes empresas.
Programa 6: Proyectos para la promoción de vehículos limpios y eficientes.
Intensidades máximas de ayuda a aplicar serán las siguientes: 55% para las pequeñas empresas, 45% para las medianas empresas y 25% para las grandes empresas.
Estas intensidades podrán incrementarse un 10% para los vehículos de emisión cero.
Programa 7: Estudios medioambientales directamente vinculados a inversiones.
Intensidades máximas de ayuda a aplicar serán las siguientes: 80% para las pequeñas empresas; 70% para las medianas empresas; 60% para las grandes empresas.
Podrán subcontratar la ejecución de hasta el 100% del importe de la actividad subvencionada.
Sólo serán subvencionables los gastos que hayan sido abonados en los plazos de pago previstos en la normativa sectorial que le sea de aplicación o, en su defecto, en los establecidos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
GASTOS FINANCIABLES
Será subvencionable el gasto efectivamente pagado antes de la finalización del plazo de justificación de la actuación subvencionable.
Seran subvencionables los costes de inversión que podrán incluir: Costes de elaboración de los proyectos técnicos; de dirección facultativa; de ejecución de la obra civil necesaria y de montaje de las instalaciones, en su caso; los equipos, materiales e instalaciones auxiliares necesarias; los costes de transporte; los de asistencia técnica y todos aquellos necesarios que demuestren estar vinculados directamente a la ejecución del proyecto, así como los costes necesarios para la legalización de las instalaciones de los colegios profesionales.
Programa 1: Proyectos que permitan incrementar el nivel de protección medioambiental en las empresas.
Intensidad de ayuda a aplicar sobre los costes subvencionables será del 22%, con un incremento de +5% si el beneficiario es una pequeña empresa.
Programa 2: Proyectos en medidas de ahorro y eficiencia energética distintas de las de los edificios:
Intensidad de ayuda a aplicar sobre los costes subvencionables será del 17%, con un incremento de +5% si el beneficiario es una pequeña empresa.
Programa 3: Proyectos en medidas de ahorro y eficiencia energética en edificios:
La intensidad de ayuda a aplicar sobre los costes subvencionables será del 17%, con un incremento de +5% si el beneficiario es una pequeña empresa.
Programa 4: Proyectos de energía procedente de fuentes renovables, de hidrógeno y de cogeneración de alta eficiencia:
La intensidad de ayuda a aplicar sobre los costes subvencionables será del 30%, con un incremento de +5% si el beneficiario es una pequeña empresa.
Programa 5: Proyectos para la transición hacia una economía circular.
La intensidad de ayuda a aplicar sobre los costes subvencionables será del 45%, con un incremento de +5% si el beneficiario es una pequeña empresa.
Programa 7: Estudios medioambientales directamente vinculados a inversiones.
Costes del estudio o el servicio de consultoría realizados por técnico/s o entidades especializadas en la materia objeto de estudio o consultoría.
Cuando solo una parte del estudio o el servicio de consultoría se refiera a inversiones a las que puedan concederse ayudas, los costes subvencionables serán los costes de la parte del estudio o el servicio de consultoría relacionada con dichas inversiones.
La intensidad de ayuda a aplicar sobre los costes subvencionables será del 60%, con un incremento de + 5% si el beneficiario es una pequeña empresa.