Descarbonización Industria Manufacturera

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Objetivo: Impulsar la descarbonización de los procesos de empresas pertenecientes a los sectores de la industria manufacturera en España.

Tipos de proyectos:

Proyecto tractor conformado por diferentes proyectos primarios ejecutados de forma individual o por una agrupación. Cada proyecto primario se enmarcará en alguna tipología:

  1. 1. Línea de I+D: Investigación industrial – Desarrollo experimental- Estudio de viabilidad previos a proyectos de I+D.
  2. Línea proyectos de innovación en materia de organización y en materia de procesos.
  3. Línea Inversión para la protección del medio ambiente y la descarbonización industrial con carácter innovador:
  4. a) Inversiones destinadas a la descarbonización industrial con carácter innovador, siempre que permitan a la entidad incrementar el nivel de protección del medioambiente y descarbonización, con carácter general.
  5. b) Inversiones destinadas a la captura de carbono de procesos industriales.
  6. Línea inversión en medidas de ahorro o eficiencia energéticos con carácter innovador, siempre que permitan a la instalación industrial lograr un nivel más elevado de eficiencia energética en sus procesos de producción.
  7. Línea inversiones para la promoción de la energía procedente de fuentes renovables para el autoconsumo de energía directamente utilizada por procesos industriales
  8. Estudios medioambientales, incluidas las auditorías energéticas, directamente vinculados a las inversiones contempladas en las líneas de ayudas de los apartados 3, 4 y 5.
  9. Inversiones a favor de las Pymes: inversión en activos materiales o inmateriales destinados a un cambio esencial en el proceso general de producción de una PYME existente, complementaria a alguna de las líneas de actuación.

Líneas de actuación por proyecto primario:

  • Reducción de emisiones directas de la instalación, que se podrá dirigir a:
    1. Descarbonización de fuentes de energía: electrificación de procesos, incorporación de hidrógeno renovable y sustitución de combustibles fósiles por combustibles renovables, uso de calor renovable como la energía solar térmica.
    2. Gestión energética integral de procesos industriales: recuperación de calor en procesos productivos, aprovechamiento energético de flujos secundarios, digitalización para la mejora de la eficiencia energética y la gestión de flujos térmicos.
    3. Descarbonización por reducción de recursos naturales: utilización de materias primas secundarias, utilización de subproductos de residuos y valorización de residuos en sustitución de combustibles y materias primas fósiles.
    4. Captura, almacenamiento y uso de carbono. Se considerará que estos proyectos no contravienen el principio DNSH y se podrán financiar mediante esta línea de ayudas si cumplen las siguientes condiciones.
  • Mejora sustancial de la eficiencia energética por el ahorro de energía eléctrica.
  • Instalaciones de energías renovables para autoconsumo de la instalación principal en la que se realiza la descarbonización.
  • I+D+i para impulsar la descarbonización de la instalación principal en la que se realiza la descarbonización.

Un proyecto tractor deberá contener obligatoriamente, al menos, un proyecto primario en una de estas líneas:

  • Reducción de emisiones directas de la instalación (excepto el subtipo d) Captura, almacenamiento y uso de carbono).
  • Mejora sustancial de la eficiencia energética para el ahorro de energía eléctrica.

Características de la ayuda:

  • Plazo ejecución: desde presentación solicitud hasta 31/03/2026. Prórrogas hasta 30/06/2026.
  • Presupuesto mínimo proyecto tractor: 1.000.000 €.
  • Proyecto tractor: Contiene uno o varios proyectos primarios conducentes a la descarbonización de una única instalación industrial en operación, denominada «instalación principal».
  • Concurrencia no competitiva.
  • Efecto incentivador.
  • Compatibilidad con otras ayudas.
  • Cumplimiento
  • Fondos del PRTR (Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia).
  • Estas ayudas priorizan las actividades que se integren en alguna de las etiquetas definidas en el Anexo I y el 85% de la ayuda concedida debe destinarse a actuaciones incluidas en alguna de ellas:

Ámbito: Nacional

Presupuesto: 999.800.000 €

Plazo de solicitud: 24/01/2024 al 17/04/2024

Organismo: Ministerio de Industria, Comercio y Turismo

Naturaleza de proyecto: Desarrollo Empresarial - Eficiencia Energética, Renovables, Movilidad y Medio Ambiente - I+D+i - Inversión Industrial Productiva

CAMPO DE INTERVENCIÓN

Coeficiente para el cálculo de la ayuda a los
objetivos climáticos

Procesos de investigación e innovación, transferencia de tecnología y cooperación entre empresas, con especial hincapié en la economía con bajas emisiones de carbono, la resiliencia y la adaptación al cambio climático.

100%

Procesos de investigación e innovación, transferencia de tecnología y cooperación entre empresas, con especial hincapié en la economía circular.

40% 

Eficiencia energética y proyectos de demostración en pymes y medidas de apoyo.

40% 

Eficiencia energética y proyectos de demostración en grandes empresas y medidas de apoyo.

40% 

Eficiencia energética y proyectos de demostración en pymes o grandes empresas y medidas de apoyo
conformes con los criterios de eficiencia energética.

100% 

Energía renovable: eólica.

100% 

Energía renovable: solar.

100% 

Energía renovable: biomasa. 

40% 

Energía renovable: biomasa con grandes reducciones de gases de efecto invernadero.

100% 

Otras energías renovables (incluida la geotérmica).

100% 

Sistemas de energía inteligentes (incluidos las redes inteligentes y los sistemas de TIC) y su almacenamiento.

100% 

Cogeneración de alta eficiencia, calefacción y refrigeración urbanas.

40% 

Cogeneración de alta eficiencia, calefacción y refrigeración urbanas con pocas emisiones a lo largo del ciclo de vida útil.

100% 

Uso de materiales reciclados como materias primas de acuerdo con los criterios de eficiencia.

100% 

 
  • Cumplir con el requisito de alcanzar una contribución climática de al menos el 40%.
  • Cada proyecto tractor deberá acompañarse de un Plan de Eficiencia Energética y Transición Ecológica.
 
  • Entidades válidamente constituidas y tener residencia fiscal o un establecimiento permanente en España:
  1. Sociedades mercantiles estatales según la definición del artículo 111 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, que realicen alguna actividad industrial
  2. Sociedad con personalidad jurídica propia: Gran empresa, Pyme (mediana empresa, pequeña empresa) y micropyme con actividad industrial.
  • Agrupación empresarial sin personalidad jurídica propia en las que participe una entidad del apartado.

Requisitos:  

  • Las entidades deberán haber desarrollado actividades industriales al menos durante un periodo de tres años contados hasta la fecha de presentación de la solicitud. Se entenderá que se cumple este requisito si la entidad, los accionistas o el equipo directivo demuestran experiencia en producción industrial comparable en la actividad en planta piloto o a escala experimental. Esta experiencia deberá acreditarse.
  • La agrupación:
    • Agrupación organizada en torno a una única instalación del sector de la industria manufacturera, a cuya descarbonización se dirigirán los esfuerzos de la agrupación, y que se conocerá como «instalación principal». Otras instalaciones industriales podrán participar en el proyecto tractor para facilitar la descarbonización de la instalación principal si esta depende de inversiones que se realicen en esas otras instalaciones. No se tendrá en cuenta las inversiones para la descarbonización de estas otras instalaciones industriales distintas de la instalación principal del proyecto tractor
    • Tener suscrito un Acuerdo de Agrupación antes de presentar la solicitud conforme los requisitos establecidos en el Anexo II de las bases
    • Las entidades participantes serán solidariamente responsables hasta un límite, constituido por las cantidades recibidas en razón de ese proyecto tractor, que será la suma de la subvención bruta equivalente del préstamo más la subvención.
    • Las empresas de servicios energéticos que inviertan en una instalación industrial y formalicen un contrato de rendimiento energético con la empresa industrial. 
    • Entidades privadas proveedoras de conocimiento que aporten tecnología o conocimientos técnicos necesarios para la descarbonización de la instalación principal, así como otras entidades de la industria manufacturera que vayan a realizar inversiones en sus instalaciones que sean necesarias para la descarbonización de la instalación principal.
  • No estar en crisis según el artículo 2, apartado 18, del Reglamento (UE) nº 651/2014, de la Comisión, de 17 de junio de 2014 (Reglamento General de Exención por Categorías o RGEC).
  • Cumplir con la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, que incumplan los plazos de pago previstos en dicha Ley para ayudas superiores a 30.000€.

Subvención, préstamo reembolsable o una combinación de ambas.

Importe del préstamo no podrá ser superior a 5 veces los fondos propios de la entidad beneficiaria acreditados en el momento de la solicitud.

Interés 3.26% ,3 años carencia, 10 años devolución, garantías antes de la resolución de concesión tanto para el préstamo como para la subvención para cada entidad:

Ayuda en forma de subvención a percibir por la entidad beneficiaria, considerando todos los
proyectos primarios en los que participe dentro de un proyecto tractor, sobre el total de la ayuda en forma de subvención del proyecto tractor.

Porcentaje

Garantía exigida por proyecto primario.

Porcentaje

≤ 20

15

Entre 20 y 40

30

≥ 40 (o solicitud individual)

50

Importe máximo de la ayuda por proyecto primario y por empresa:

Financiación máxima por proyecto primario y entidad beneficiaria (préstamo nominal + subvención) 80% máximo sobre el presupuesto financiable con los límites establecidos en el Reglamento (US) 651/2014 de la Comisión de 17 de junio 2014 en relación con la subvención concedida entiendo como tal subvención más subvención bruta equivalente del préstamo, así como la intensidad (%) máxima:

Intensidad máxima (%) de subvención bruta equivalente por beneficiario:

Tipos de proyecto
primario

Empresas no PYME

Medianas empresas

Pequeñas empresas y microempresas

Proyectos de
investigación industrial

Hasta el 50%

Hasta el 60%

Hasta el 70%

Proyectos de desarrollo experimental

Hasta el 25%

Hasta el 35%

Hasta el 45%

Estudios de viabilidad previos a proyectos de investigación industrial o desarrollo experimental.

Hasta el 50%

Hasta el 60%

Hasta el 70%

Proyectos de innovación en materia
de organización y procesos.

Hasta el 15%

Hasta el 50%

Hasta el 50%

Proyectos de protección del
medioambiente y descarbonización
industrial.

Hasta el 40%

Hasta el 50%

Hasta el 60%

Proyectos de
protección del medio ambiente y
descarbonización industrial: proyectos de captura de carbono.

Hasta el 30%

Hasta el 40%

Hasta el 50%

Proyectos de eficiencia
energética.

Hasta el 30%

Hasta el 40%

Hasta el 50%

Proyectos de
promoción de la
energía procedente de fuentes renovables
para el autoconsumo
de energía: producción de energía renovable,
incluida la cogeneración, y de
hidrógeno renovable.

Hasta el 45%

Hasta el 55%

Hasta el 65%

Proyectos de
promoción de la
energía procedente de fuentes renovables
para el autoconsumo
de energía: resto de
inversiones, incluido el almacenamiento de
energía.

Hasta el 30%

Hasta el 40%

Hasta el 50%

Proyectos de estudios medioambientales.

Hasta el 60%

Hasta el 70%

Hasta el 80%

Proyectos de ayudas a la inversión en favor de las PYME.

Ayuda no contemplada.

Hasta el 10%

Hasta el 20%

Estos % pueden aumentar:

  • En proyectos de I+D y de descarbonización industrial un 15% si las inversiones se sitúan en zonas asistidas que cumplan las condiciones del artículo 107, apartado 3, letra a), del Tratado de la UE y en un 5% en el caso de las situadas en zonas asistidas que cumplan las condiciones del artículo 107, apartado 3, letra c), del Tratado de la UE:
  • En proyectos de I+D aumenta un 15% con el límite del 80% si:
    • Se produce una colaboración efectiva entre empresas en un proyecto primario, siempre que participe al menos una PYME y que ninguna de las empresas colaboradoras corra con más del 70 por ciento de los gastos subvencionables según.
    • Se produce una colaboración efectiva en un proyecto primario entre una empresa y uno o varios organismos de investigación y difusión de conocimientos, asumiendo estos como mínimo el 10 % de los costes subvencionables y teniendo derecho a publicar los resultados de su propia investigación.
    • Se garantiza que los resultados del proyecto se difundirán ampliamente por medio de conferencias, publicaciones, bases de libre acceso o programas informáticos.
  • En proyectos descarbonización industrial se aumenta en un 10% si se logra una reducción de las emisiones directas de gases de efecto invernadero del 100%.

Máximos:

  • Proyecto primario Línea I+D: Investigación industrial: 35.000.000 €; Desarrollo experimental 25.000.000€ y Estudios de viabilidad; 8.250.000 €
  • Proyecto primario Línea Innovación en materia de organización y procesos: 5000.000 €
  • Proyecto primario línea inversión para la protección del medio ambiente y la descarbonización industrial: 000.000 €, en general, para infraestructura específica y almacenamiento: 25.000.000 €
  • Proyecto primario línea Inversión para la mejora de la eficiencia energética: 000.000
  • Proyecto primario línea Inversión promoción de la energía procedente de fuentes renovables para el autoconsumo de energía:
    • Generación de energía eléctrica para autoconsumo que no incluyan una instalación de almacenamiento, excepto proyectos de cogeneración de energía eléctrica y térmica: 2.000.000 €
    • Resto: 15.000.000 €
  • Proyecto primario línea de ayudas a la inversión en favor de las PYME: 250.000 €.

Se podrá subcontratar con terceros hasta el 90 % de la actividad subvencionada.

Se exigirá antes de la resolución de concesión de la ayuda, la constitución y la presentación de resguardo de constitución de garantía tanto para la ayuda en forma de subvención como en forma de préstamo.

Proyecto primario Línea I+D

  • Gastos de personal.
  • Gastos de instrumental y material inventariable, en la medida y durante el periodo en que se utilicen para el proyecto. Se deben asociar a un proyecto primario y no deben suponer más del 60% del presupuesto financiable del proyecto primario.
  • Gastos investigación contractual y conocimientos técnicos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia. NO consultoría gestión y tramitación de ayudas.
  • Gastos certificación Informe de certificación ex-ante.
  • Gastos relativos a consultoría destinados exclusivamente al proyecto para los desarrollos conceptuales de I+D.
  • Gastos generales y otros gastos de explotación: 20% sobre los gastos de personal.
  • Gastos estudio de viabilidad.

Proyecto primario Línea Innovación en materia de organización y procesos

  • Gastos de personal.
  • Gastos de instrumental y material inventariable, en la medida y durante el periodo en que se utilicen para el proyecto. Se deben asociar a un proyecto primario y no deben suponer más del 60% del presupuesto financiable del proyecto primario.
  • Gastos investigación contractual y conocimientos técnicos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia. NO consultoría gestión y tramitación de ayudas.
  • Gastos generales y otros gastos de explotación: 20% sobre los gastos de personal.

Proyecto primario línea inversión para la protección del medio ambiente y la descarbonización industrial con carácter innovador.

1.ª Aparatos y equipos de producción. Adquisición de activos fijos materiales vinculados directamente a la producción y a los objetivos del proyecto. Quedan excluidos los elementos de transporte exterior.

2.ª Edificación e instalaciones. Inversiones materiales para la adecuación de naves industriales existentes, así como de sus instalaciones y equipos no vinculados directamente al proceso productivo. No podrán suponer más del 70 por ciento del gasto financiable del proyecto primario.

3.ª Activos inmateriales. Inversiones en activos vinculados a la transferencia de tecnología mediante la adquisición de derechos de patentes, licencias, «know-how» o conocimientos técnicos no patentados.

4.ª Colaboraciones externas. Las necesarias para el diseño y/o rediseño de procesos directamente vinculados con las inversiones vinculadas a los objetivos del proyecto. 

Queda expresamente excluida cualquier forma de consultoría asociada a la gestión y tramitación de la financiación solicitada.

5.ª Los costes de los estudios medioambientales o auditorías energéticas.

Los costes subvencionables se determinarán de acuerdo con los criterios establecidos en las Bases.

No se concederán ayudas en esta línea en caso de que las inversiones se realicen para que las empresas se adecuen a normas de la Unión Europea ya adoptadas pero que no estén aún en vigor, excepto si la inversión para la cual se conceda la ayuda se realiza y se termina al menos dieciocho meses antes de la fecha de entrada en vigor de la norma en cuestión.

Proyecto primario línea Inversión para la mejora de la eficiencia energética con carácter innovador

Gastos idénticos al punto inversión para la protección del medio ambiente y la descarbonización industrial.

Los costes subvencionables se determinarán de acuerdo con los criterios establecidos en las Bases.

Proyecto primario línea Inversión promoción de la energía procedente de fuentes renovables para el autoconsumo de energía

Gastos idénticos al punto inversión para la protección del medio ambiente y la descarbonización industrial.

Solo se concederán a nuevas instalaciones de producción de energía a partir de fuentes renovables, siempre que se destinen al autoconsumo de energía en una instalación industrial operada por el beneficiario o un miembro de la agrupación incluida en el proyecto tractor. Estas inversiones podrán dedicarse a

1.º La producción de energía eléctrica y térmica a partir de fuentes de energía renovables, incluida la cogeneración, excepto la generación de energía eléctrica a partir de hidrógeno, siempre que se destinen al autoconsumo de energía en una instalación industrial operada por el beneficiario o un miembro de la agrupación incluida en el proyecto tractor.

2.º La producción de biocombustibles, biolíquidos, biogás y biometano que cumplan con los criterios de sostenibilidad y emisiones de gases de efecto invernadero de la Directiva (UE) 2018/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2018 y sus actos de ejecución o actos delegados, fabricados a partir de materias primas del anexo IX de la citada directiva.

3.º La producción de hidrógeno en instalaciones que produzcan exclusivamente hidrógeno renovable, incluyendo la infraestructura específica e instalaciones de almacenamiento de hidrógeno.

El coste subvencionable será el coste total de inversión.

Proyecto primario estudios y servicios de consultoría

Costes de dichos estudios directamente relacionados con inversiones en la mejora de la protección medioambiental o de la eficiencia energética.

Proyecto primario línea de ayudas a la inversión en favor de las PYME

Costes de la inversión en activos materiales e inmateriales siguientes, siempre que contribuyan a los objetivos de descarbonización del proyecto tractor y conlleven un cambio sustancial en el proceso de producción.

a) Aparatos y equipos de producción: Adquisición de activos fijos materiales vinculados a la producción y a los objetivos del proyecto. Quedan excluidos los elementos de transporte exterior.

b) Edificación e instalaciones: Inversiones materiales para la adecuación de naves industriales, así como de sus instalaciones y equipos no vinculados directamente al proceso productivo. No podrán suponer más del 70 por ciento del gasto financiable del proyecto primario.

c) Activos inmateriales: Inversiones en activos vinculados a la transferencia de tecnología mediante la adquisición de derechos de patentes, licencias, «know-how» o conocimientos técnicos no patentados. Para ser financiables, los activos inmateriales deberán cumplir todas las condiciones siguientes:

1.ª Se utilizarán exclusivamente en el establecimiento beneficiario de la ayuda.

2.ª Serán amortizables.

3.ª Se adquirirán en condiciones de mercado a terceros no relacionados con el comprador.

4.ª Estarán incluidos en los activos de la empresa durante al menos tres años.