Adquisición de maquinaria industrial nueva en empresas industriales

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Objetivo: Apoyar la adquisición de maquinaria industrial nueva que forme parte del proceso productivo en industrias situadas en Castilla y León. Se pretende mejorar su competitividad y alcanzar un alto grado de modernización del tejido empresarial industrial de Castilla y León bajo criterios de productividad, eficiencia energética y sostenibilidad.

Actuaciones subvencionables.

Serán actuaciones subvencionables las inversiones para la adquisición de maquinaria industrial nueva, que cumpla alguna de las siguientes condiciones:

  • Suponga la ampliación de la capacidad productiva de un establecimiento existente.
  • Suponga la diversificación de la producción de un establecimiento existente en nuevos productos adicionales.
  • Implique un cambio esencial en el proceso general de producción de un establecimiento existente.

Características de la ayuda:

  • Concurrencia competitiva.
  • Plazo ejecución: entre el 12/05/2025 y el 15/09/2025.
  • Incompatibles con cualquier otra ayuda pública.
  • Sujeta a régimen de mínimis
  • Cumplimiento Ley de Morosidad (plazo de pago a proveedores)

Ámbito: Castilla y Leon

Presupuesto: 2.018.999 €

Plazo de solicitud: Del 12/04/2025 al 12/05/2025

Organismo: Gobierno de Castilla y Léon. Consejería de Industria, Comercio y Empleo

Naturaleza de proyecto: Inversión Industrial Productiva

Empresas industriales y los empresarios autónomos industriales, de carácter privado, que cumplan los requisitos de Pyme, que estén válidamente constituidas y que cuenten con algún centro de trabajo en Castilla y León.

De acuerdo con el artículo 1 del Reglamento (UE) N.º 2023/2831, de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023, estas bases no serán de aplicación a:

1. Las empresas dedicadas a la producción primaria de productos de la pesca y de la acuicultura.

2. Las empresas dedicadas a la transformación y comercialización de productos de la pesca y de la acuicultura, cuando el importe de la ayuda se determine en función del precio o de la cantidad de productos adquiridos o comercializados.

3. Las empresas dedicadas a la producción primaria de productos agrícolas.

4. Las empresas dedicadas a la transformación y comercialización de productos agrícolas, en uno de los supuestos siguientes:

    1. Cuando el importe de la ayuda se determine en función del precio o de la cantidad de dichos productos adquiridos a productores primarios o comercializados por las empresas interesadas.
    2. Cuando la ayuda se supedite a su repercusión, total o parcial, a los productores primarios.

5. Actividades relacionadas con la exportación a terceros países o a Estados miembros, en concreto las ayudas directamente vinculadas a las cantidades exportadas, al establecimiento y la explotación de una red de distribución o a otros gastos corrientes relacionados con la actividad exportadora.

6. Las ayudas condicionadas a la utilización de productos y servicios nacionales frente a los productos y servicios importados.

Subvenciones a fondo perdido, calculada como un porcentaje de los gastos considerados subvencionables. El porcentaje de subvención concedido será del 65% de los gastos considerados subvencionables con un límite máximo por solicitud de 100.000 €.

Incremento en un 10% adicional para aquellos proyectos que se ejecuten en un centro de trabajo en alguna de las zonas con Programas Territoriales de Fomento vigentes.

Nueva maquinaria que forme parte de un proceso productivo industrial. En particular, podrá estar destinada a la transformación de materia prima y productos semielaborados, a la manipulación en los procesos productivos, al ensamblaje de componentes, a la distribución de la producción en planta, a equipamiento de metrología y de calidad, al envasado y al embalaje.

No se considerarán gastos subvencionables la instalación de la maquinaria adquirida, ni sus instalaciones auxiliares, ni la obra civil asociada.