Inversiones en instalaciones de transformación y en infraestructuras vinícolas (Vinati)
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Ayudas en inversiones materiales e inmateriales en instalaciones de transformación y en infraestructuras vitivinícolas, así como en estructuras e instrumentos de comercialización (VINATÏ)
Actuaciones subvencionables
- Construcción, adquisición o mejora de bienes inmuebles.
- Compra de nueva maquinaria y equipo hasta el valor de mercado del producto.
- Gastos administrativos vinculados y gastos como honorarios de arquitectura, ingeniería y asesoría, así como estudios de viabilidad.
- Adquisición o el desarrollo de soportes lógicos de ordenador y la adquisición de patentes, licencias, derechos de autor y el registro de marcas colectivas.
Características de la ayuda
Estas ayudas serán será incompatibles con la de cualesquiera otras que, para la misma finalidad y objeto, pudieran establecer otras administraciones públicas u otros entes públicos o privados, nacionales o internacionales.
La fecha límite de justificación y solicitud de pago el 30 de abril del año siguiente al de finalización del plazo de presentación de solicitudes de ayuda.
El presupuesto de inversión solicitado debe ser igual o superior a 100.000 euros.
Ámbito: Castilla la Mancha
Presupuesto: 56.000.000 €
Plazo de solicitud: Desde el l 16/03/2023 hasta el 01/04/2023
Organismo: Gobierno de Castilla-La Mancha, Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural
Naturaleza de proyecto: Desarrollo empresarial
BENEFICIARIO
- Empresas vitivinícolas constituidas con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud
- Organizaciones de productores vitivinícolas
- Asociaciones de dos o más productores de productos vitivinícolas
- Organizaciones interprofesionales
- Organizaciones profesionales
TIPO Y CUANTÍA DE LA FINANCIACIÓN
Ayudas en forma de subvención en concurrencia competitivca con las siguientes intensidades de ayuda.
El tipo de ayuda será como máximo un 50 por ciento del presupuesto subvencionable de la operación.
Categoría de empresa | Intensidad de ayuda |
Microempresas y pequeñas y medianas empresas | 50% |
No Pyme intermedias | 25% |
no Pyme grandes | 12,5% |
GASTOS FINANCIABLES
Costes relacionados con las actuaciones subvencionables de la ayuda.
Los gastos subvencionables deberán respetar el principio de moderación de costes, por lo que solo serán admisibles aquellos gastos que sean acordes con los precios de mercado.